El Gobierno aprueba por decreto un permiso retribuido de cinco días para atender a familiares o convivientes
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes varias medidas que estaban incluidas en la Ley de Familias liderada por el Ministerio de Derechos Sociales, cuya tramitación quedó interrumpida por el adelanto de las elecciones generales al 23 de julio. Así, si bien el texto completo no saldrá adelante, sí lo harán algunas de las políticas que incluía, como un permiso retribuido de hasta cinco días al año para atender a familiares o convivientes enfermos, u otro permiso que permitirá a madres y padres ausentarse del trabajo para atender urgencias relacionadas con sus hijos. El Gobierno ha aprovechado la última prorroga del Real Decreto de medidas anticrisis para incluir estas iniciativas “para la conciliación”.
El permiso retribuido de cinco días al año podrá utilizarse para atender a un familiar de hasta segundo grado o a un conviviente (algo que la norma no contemplaba hasta ahora) en caso de accidente o enfermedad grave, de hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.
El segundo permiso, que el Gobierno denomina “por causa de fuerza mayor”, se distribuirá por horas y podrá ser, en total, de hasta cuatro días al año. Este permiso también es retribuido; es decir, las personas que lo usen no verán menoscabado su salario, y servirá para que madres y padres se ausenten del trabajo “cuando haya motivos familiares urgentes”.
Entre las medidas aprobadas este martes está también un permiso parental de ocho semanas, que podrán tomarse de manera seguida o discontinua, a tiempo completo o parcial, hasta que el menor cumpla ocho años. Este permiso, sin embargo, no está retribuido, algo que ha sido criticado por los sindicatos, que apuntan a que carece de perspectiva de género y será, por tanto, tomado mayoritariamente solo por mujeres.
El decreto también incluye que las parejas de hecho tengan derecho a 15 días de permiso cuando se registran, igual que ya sucedía con los matrimonios.
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