La Audiencia Provincial ordena volver a imputar a once miembros del grupo neonazi Hogar Social por el ataque a la mezquita de la M30
La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado al juzgado de instrucción que vuelva a imputar a once miembros de Hogar Social por el ataque a la mezquita madrileña de la M30 después de los atentados yihadistas perpetrados en Bruselas por presuntos delitos de incitación al odio, amenazas y desórdenes públicos. También mantiene como investigada a Melisa Domínguez, la líder de este grupo neonazi, que ya fue imputada por estos hechos.
Los hechos investigados sucedieron el 22 de marzo del 2016 tras el ataque terrorista en la capital belga. Miembros de este colectivo lanzaron bengalas y botes de humo cerca de este centro de culto. En sus alrededores también colocaron un cartel con el lema “Hoy Bruselas ¿Mañana Madrid?”.
La Red Española de Inmigración y de Ayuda al Refugiado llevó esta actuación ante la Fiscalía al considerar que constituía “una vulneración del derecho de culto”. Durante la investigación policial, los agentes llegaron a identificar las huellas dactilares de Domínguez en una bolsa de plástico que abandonaron tras el ataque.
El pasado 8 de mayo el juzgado de instrucción número nueve de Madrid mantuvo la imputación únicamente contra Melisa Domínguez por un delito de incitación al odio. Respecto al resto de miembros del colectivo identificados, la magistrada decretó el sobreseimiento “al no quedar acreditada la intervención concreta en los hechos” y determinó la continuación de las diligencias exclusivamente contra Domínguez. La ONG interpuso un recurso contra esta decisión al considerar que la magistrada “no especificó los motivos por los que ha solicitado el sobreseimiento” de los once investigados.
La Audiencia Provincial ha dado la razón a este colectivo social y destaca en el escrito que el juzgado de instrucción “no explicita los motivos por los cuales llega a la cita conclusión”, por lo tanto subraya que “no queda acreditada” la intervención de esta decena de miembros “en los hechos de estos investigados”. La Fiscalía también mantuvo la acusación únicamente contra Domínguez pero el tribunal considera que el Ministerio Público sí que expuso su argumentación. Basaron su defensa en que la líder del colectivo neonazi fue la única que justificó esta actuación ante los medios de comunicación.
No fue “una mera manifestación pacífica”
En este auto, emitido el 13 de septiembre, el tribunal reseña que el atestado policial recogió que esta actuación no se limitó a ser “una mera manifestación pacífica”, que los investigados fueron “identificados como participantes en la manifestación” y reseñan que por estos hechos el vigilante del centro de culto “se vio obligado a avisar a los agentes”. “Al parece se utilizaron bengalas por parte de algunos de los asistentes y se profirieron gritos de contenido xenófobo contra las personas que se encontraban en su interior”, apuntan.
Finalmente, los magistrados concluyen que “se continúe el procedimiento contra todos los investigados pues todos ellos constan identificados en el atestado como participantes en la manifestación y ello por considerar que concurren indicios de la comisión de un delito de incitación al odio y/o un delito de amenazas y/o un delito de desórdenes públicos”.
Desde la Red Española de Ayuda al Refugiado valoran positivamente esta decisión. “Demuestra que es imposible que las actuaciones de Hogar Social recaigan sobre una persona, este colectivo es una organización creada para delinquir”, apunta su letrado. Por otro lado, “lamentan” que ninguna institución pública se haya sumado a este procedimiento desde que se inició hace 2 años y medio.