“Nunca pensé que tendría que ir a juicio por llegar tarde a la mesa electoral”
Apagar el despertador y seguir durmiendo una mañana de domingo, ha acarreado a Cristina días de juicios, ser condenada por un delito electoral y hacer frente a una sanción de 540 euros. Ese día se celebraban elecciones generales y ella estaba citada a las ocho de la mañana en un colegio de Barcelona como suplente del presidente de mesa. “El hecho de no presentarse de forma injustificada a una mesa puede conllevar una sanción penal de tres a doce meses de prisión o una sanción administrativa, con una multa de seis a 24 meses”, explica José Carlos Cano, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Complutense.
La sanción económica la decide el magistrado que juzgue el caso y varía en cada sentencia. Este año, un juzgado de lo Penal de Palma de Mallorca condenó a un elector a una multa de 2.880 euros (una cuota diaria de doce euros durante ocho meses) por no acudir a la presidencia de la mesa que le habían asignado en los últimos comicios europeos.
Cristina era una de las 500.000 personas seleccionadas para formar parte de la organización de la jornada electoral del pasado 20 de noviembre del 2011. “Me quedé frita. No me pasé por el colegio electoral a lo largo de todo el día. Ingenua de mí, pensé que si me necesitaban, me llamarían; ya que era suplente del presidente”, apunta esta joven catalana que tenía 18 años la noche en la que el Partido Popular, liderado por Mariano Rajoy, consiguió mayoría absoluta.
Jesús también acababa de alcanzar la mayoría de edad cuando le tocó por sorteo ser suplente en una de las mesas electorales de las elecciones al Parlamento Europeo del año pasado. “Yo quería ir porque los 60 euros que pagaban me venían genial. Llegué 40 minutos tarde y me dijeron que no era necesario que me quedase porque el titular se había presentado, pero no firmé la asistencia”, recuerda este joven que esa misma madrugada se había acostado a las seis de la mañana. “Nos citaron un domingo para la mesa, yo era joven y salí de fiesta. Por eso me costó levantarme para llegar puntual”.
Pasaron unas semanas y los dos se llevaron una sorpresa cuando recibieron la carta con una citación judicial. “La gente me decía: 'Vete al médico, di que has estado mala'. Les dije que no iba a hacer tantas movidas. Si llego a saber lo que me esperaba, me hubiese buscado una buena excusa”, cuenta Cristina.
“Tuve que ir a declarar varias veces a la Audiencia Provincial de Barcelona. Llevé el contrato de trabajo, la matrícula del módulo de Educación Infantil que estaba estudiando. Todo para poder demostrar que no fui porque llevaba un ritmo de vida frenético, no por dejadez”. Esta joven buscó un abogado de oficio después de que, según señala, en un principio le pidiesen hacer frente a una multa de 6.000 euros.
Al final, la Audiencia Provincial de Barcelona condenó a Cristina y a Jesús a la sanción mínima, una multa administrativa de seis meses. Cristina ha tenido que pagar tres euros al día, en total 540 euros, y Jesús dos euros por jornada, 360 euros. “Ha sido un año duro. Mi madre ha estado muy enfadada y yo he temido entrar en la cárcel”, añade el joven, nacido en República Dominicana. Asegura que nunca se pudo imaginar que se iba a sentar en un juicio por haber llegado tarde: “No tenía experiencia en elecciones, no sabía cómo funcionaban. Acababa de adquirir la nacionalidad española y desconocía las consecuencias”.
La ignorancia no es absolutoria
El profesor Cano asegura que “si la ignorancia de la ley es absolutamente insalvable, se puede excusar su incumplimiento”. Sin embargo, no considera que en estos casos se pueda eximir a los afectados: “Actualmente, casi todo el mundo tiene un móvil con conexión a internet para consultar estas consecuencias en la web de la Junta Electoral Central”.
Pero los jóvenes no son los únicos que se ausentan de la mesa electoral. Alfonso es padre separado y asegura que decidió no acudir a la composición de los puntos de votación de las últimas elecciones generales porque tenía que cuidar a su hija. “Cuando me enviaron la notificación, intenté justificar ante la Junta Electoral que no podía acudir. Aporté el libro de familia y la sentencia con los días en los que tenía la custodia de la pequeña”, cuenta este gallego que fue condenado por delito electoral y multado con 800 euros por la Audiencia Provincial de A Coruña, ya que a pesar de que la Junta rechazó su recurso él no se presentó en el colegio.
Ni Cristina ni Alfonso ni Jesús están de acuerdo con la condena recibida, les parece que es desproporcionada. “Entiendo que me penalicen, pero no que me acusen de haber cometido un delito. No lo veo coherente”, explica la joven catalana.
El docente de Derecho Constitucional indica que las mesas son “las patas que sostienen al sistema electoral”, ya que sin ellas no hay elecciones. “No creo que a mucha gente le apetezca pasarse un domingo hasta las 12 de la noche contando papeletas, por eso reciben una dieta de 62 euros”, explica José Carlos Cano para justificar las penas que acompañan al delito electoral.
Las monjas de clausura se libran
En las votaciones como la de este domingo, para elegir la composición de las Cortes Generales, los ayuntamientos designan mediante sorteo a nueve ciudadanos por cada una de las mesas distribuidas en el municipio. Solo tres de ellos, presidente/a y dos vocales, desempeñarán las tareas electorales. Los seleccionados por los consistorios cuentan con un plazo de siete días, desde que se les notifica, para recurrir su nombramiento alegando algunas de las causas recogidas en la Ley Electoral.
Entre los motivos eximentes destacan: pertenencia a confesiones religiosas incompatibles con la participación en una mesa, previsión de intervención quirúrgica, embarazo de riesgo, estar en la cárcel, ser mayor de 65 años o dirigir un medio de comunicación. Aunque según advierte Emilio José Pajares, docente de Derecho Constitucional en la Universidad Carlos III: “El listado de causas no está cerrado, la Junta Electoral Central explica en la normativa que se pueden incluir nuevos casos”.