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Los jueces solo usan el protocolo forense para conocer el riesgo de una mujer maltratada en un 2% de las valoraciones

Cartel contra el machismo en una manifestación.

Marta Borraz

El uso de la herramienta forense que pueden pedir los jueces para valorar si una víctima de violencia de género necesita o no protección no deja de descender desde 2015. Se trata de un protocolo puesto en marcha en 2011 que aplican los médicos forenses adscritos a los juzgados diseñado para realizar una evaluación del riesgo lo más objetiva posible de una forma urgente. Sin embargo, los jueces solo usaron este instrumento en un 2,2% de las órdenes de protección solicitadas en 2017 en las cinco comunidades autónomas que dependen del Ministerio de Justicia, según datos de la Fiscalía.

Son cifras incluidas en la Memoria Anual elaborada por el Ministerio Fiscal, que solo cuenta con estadísticas sobre las comunidades que no tienen las competencias transferidas. No obstante, fuentes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) reconocen que se trata de una situación extensible a todo el país, donde “el grado de implantación es bajo”. Algunas autonomías que no están incluidas en los datos de la Fiscalía, como Valencia, Euskadi o Andalucía, reconocen que apenas se aplica y desde Catalunya aseguran que “se utiliza”, pero sin ofrecer cifras concretas.

“Tenemos constancia de que no se pide, pero estamos trabajando en esa línea, en darle publicidad”, admiten fuentes de la Junta de Andalucía. Precisamente el desconocimiento es uno de los principales obstáculos que identifican las expertas y que dan lugar a que, según informa la Fiscalía, en Baleares, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Murcia y Extremadura solo se emitieran el año pasado 175 informes de conformidad con el protocolo. Lo que supone un 2,2% sobre las 7.666 órdenes de protección solicitadas, según el CGPJ, que no publica datos referidos a Ceuta y Melilla.

La cifra no ha dejado de mermar desde 2015, cuando se dictaron 421 para pasar un año después a los 284. Un dato que, para la Fiscalía, es “a todas luces insuficiente e insignificante”, explica en su memoria en el mismo sentido que en años anteriores.

“Se trata de una herramienta fundamental que nos ayuda a los jueces a pronunciarnos, pero no se pide. Los operadores jurídicos no tienen conocimiento de que esto es una posibilidad. Hay mucho desconocimiento. Yo creo que sería muy positivo que hubiera una campaña de información porque es un instrumento fundamental. En primer lugar porque lo elabora un profesional con capacidad para ello y, en segundo lugar, porque lo hace en el momento”, explica la magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instruccion nº3 de Carlet (Valencia), Lara Esteve.

El Protocolo Médico-Forense de Valoración Urgente del Riesgo es aplicado por el médico forense adscrito a los juzgados a petición del juez, el Ministerio Fiscal o las defensas y da como resultado un informe. El magistrado puede utilizar esta información de forma complementaria al atestado y la valoración policial del riesgo, los testimonios de las partes y otro tipo de pruebas para, en definitiva, decidir la conveniencia de que se dicten medidas cautelares (órdenes de protección, de alejamiento, prisión provisional...) o no durante el juicio rápido, es decir, pocas horas después de la denuncia.

“No hay coordinación”

Para el médico forense y profesor de la Universidad de Granada, Miguel Lorente, “más que una herramienta útil, se trata de algo necesario” porque “sabemos que, en muchas ocasiones, con el relato de los hechos no es suficiente, ya que precisamente la violencia de género se caracteriza por la normalización de lo que se está viviendo”. Fue en la época en la que Lorente ocupaba el cargo de delegado del Gobierno para la Violencia de Género (2008-2011) cuando la Delegación y el Ministerio de Justicia elaboraron el protocolo, que se aplica sobre el presunto agresor y establece una metodología formada por varios ítems que sirvan “de interés predictivo del comportamiento violento en el futuro”.

“¿Por qué no se aplica? –se pregunta Lorente– Porque hay una falta de voluntad”, reflexiona. “Sabemos que hay muchas mujeres asesinadas tras poner la denuncia e incluso con orden de alejamiento...Esta es una herramienta que nos sirve para acertar en qué medidas son las más adecuadas”.

La jueza de Violencia sobre la Mujer nº 2 de las Palmas, Auxiliadora Díaz, comparte la opinión de su compañera Esteve en cuanto al desconocimiento entre los operadores jurídicos y, aunque reconoce que la última palabra la tiene el magistrado, este instrumento “es muy útil y no se está pidiendo”. Además, llama la atención sobre el hecho de que los médicos forenses adscritos a los juzgados no siempre estén especializados en violencia machista y apunta a la conveniencia de que los profesionales que aplican el protocolo tengan una formación específica en la materia.

“Aquí en Valencia se conoce muy poco... pero además es que tienes que resolver muy rápido y a veces no tenemos tiempo porque son muchos casos en una jornada”, explica Rosa Guiralt, fiscal delegada de Violencia sobre la Mujer de Valencia. Y es que el protocolo está concebido para ser utilizado de urgencia, tras la denuncia y en el juicio rápido, con el objetivo de que las medidas de protección sean adoptadas lo más rápido posible. “Llevamos con la Ley de Violencia de Género desde 2004, pero aún no hay coordinación en este sentido”, incide Guiralt.

Cosa aparte son los juzgados que no tratan de forma exclusiva la violencia de género y que la compatibilizan con otras materias, como en el que ejerce Lara Esteve. “En estos casos los forenses atienden todo y muchas veces están sobrecargados. Esto hace que a veces tarden cuatro horas en llegar...y, claro, la mujer lo que quiere es irse a su casa protegida. Hay que sopesar todas las circunstancias, pero es que a veces los forenses tienen que recorrerse 60 o 70 kilómetros para ir de un sitio a otro. Es un problema estructural”, cuenta Esteve.

La falta de información suficiente sobre la situación del riesgo de la denunciante, alude el Ministerio Fiscal en su memoria, puede explicar junto a otros factores la situación de desigualdad que se vive entre unos juzgados y otros. Tal y como alerta la Fiscalía, los datos de órdenes de protección concedidas dibujan un mapa de grandes diferencias, hasta el punto de que dependiendo de dónde denuncie una víctima, tendrá más o menos posibilidades de ser protegida. Así, con datos correspondientes al periodo comprendido entre 2010 y 2016, hay partidos judiciales que rechazan el 80% de las órdenes y otros solo el 4%.

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