Ana cometió el error de presentarse y ganar una plaza en la universidad que, como sucede a menudo en los campus, tenía nombres y apellidos. Pero no eran los suyos y lo pagó. Esta profesora (el nombre se ha cambiado para preservar su intimidad) sufrió durante ocho años el acoso laboral de quien acabó siendo la directora de su departamento en la Universidad de Granada, que quería a otra candidata y maniobró para que Ana renunciara a la plaza que había ganado.
Esta otra profesora (la llamaremos Inés) ha sido sancionada por la Universidad de Granada, donde han ocurrido los hechos, a ocho meses de suspensión de empleo y sueldo por una falta muy grave de acoso laboral, una sanción rara por infrecuente en el ámbito universitario.
“Todas las acciones realizadas desde 2012 [por Inés] están encaminadas a que se resuelva el contrato de Ana o bien sea ella quien renuncie por el 'hostigamiento' continuo al que la somete durante los siguientes años”, sostiene el expediente sancionador elaborado por la UGR, al que ha tenido acceso este diario. De hecho, la UGR rebajó la sanción propuesta por la instructora (pedía inicialmente 18 meses de suspensión) al considerar que no logró su objetivo, porque Ana sigue en la universidad.
Hoy Ana siente el “alivio” de que se haya reconocido el acoso, pero también que ha perdido mucho durante toda la situación. “No he sufrido menos durante el proceso de reclamación que durante el hecho en sí. No sé si estoy peor por el acoso en sí o por la victimización secundaria o terciaria que he sufrido luchando por que se reconociera. Pasa como con el acoso sexual: la gente piensa que algo habrás hecho, que llevabas la minifalda demasiado corta”, explica.
Ni la Universidad de Granada ni la profesora sancionada han respondido a las preguntas de este diario sobre el tema ni han confirmado las informaciones que apuntan que la profesora sancionada habría recurrido la sanción impuesta.
“Rigen los principios de jerarquía y antigüedad”
El caso empezó en 2011 con la convocatoria de la plaza, pero la animadversión de Inés hacia Ana que lo motivó viene de más atrás, según recoge el expediente de sanción de la UGR entre los hechos probados. En 2005, Ana era doctoranda e Inés su tutora del anteproyecto de tesis. Pero Ana decidió abandonar a Inés porque consideraba que estaba haciendo “un seguimiento negligente” e “inexistente prácticamente” de su trabajo.
Este hecho tiene más importancia de la que podría parecer. La instructora del caso explica que “en las Universidades españolas, en las que rigen todavía los principios de jerarquía y antigüedad, así como una intensa dependencia entre los tutores de tesis y sus pupilos, constituye una situación considerablemente insólita ese hecho”.
Y añade que “en tal contexto, puede resultar hasta cierto punto previsible (que no justificable) una reacción de profundo desagrado y aversión en esa tutora, quien puede experimentar dicha situación como un suceso que le desprestigia y pone en evidencia frente a sus compañeros”.
El campo ya estaba sembrado. Al año siguiente, cuando Ana se fue a realizar una estancia en un centro de Lisboa, Inés coincidió en un congreso con quien sería la tutora de Ana y aprovechó para “desprestigiarla internacionalmente (...) indicándole [a la profesora portuguesa] que Ana era una persona arrogante, con la que era difícil trabajar”.
Así se llegó a 2011, cuando salió la convocatoria de la plaza que derivaría en el acoso laboral. Ana se presentó, junto a otros candidatos, a una plaza de Ayudante Doctor en un concurso en el que Inés era parte de la Comisión evaluadora.
La persona que finalmente obtuvo el puesto “precisamente, había leído la tesis bajo la dirección de Inés años atrás y colaboraba, y sigue colaborando, (...) con Inés”, destaca la instructora del caso respecto a esta profesora.
Ana recurrió porque no se habían considerado sus méritos, el rectorado de la UGR le dio la razón, y pasó a ocupar la plaza. “Desde ese momento, Inés considera que Ana no debía ser profesora del departamento, sino que quien debía ocupar su plaza era su doctoranda”, explica la instructora. “De hecho, seis años después seguía manteniendo que Ana 'expulsó del departamento'” a la otra profesora, añade.
Acciones destinadas a que renuncie por hostigamiento
A partir de ese momento, “todas las actuaciones realizadas desde el año 2012 están encaminadas a que se resuelva el contrato de Ana, o bien sea ella quien renuncie por el hostigamiento continuo”, escribe la instructora, que pasa a señalar las conductas de Inés que llevaron a su sanción por acoso laboral.
Primero maniobró manipulando a la que había sido la tutora de Ana en Lisboa para intentar anular ese “mérito” académico de Ana, que fue el que le consiguió la plaza, y además le pasó la información a su doctoranda. Tampoco se abstuvo en la comisión como debería haber hecho, “pues era evidente su interés en que la plaza la ocupara su doctoranda”.
Continuó su cruzada tratando de impedir que Ana fuera la responsable de una asignatura en un máster que estaba preparando su departamento (Inés no era la directora del departamento aún, eso llegaría más tarde, pero coordinaba aquel proyecto). Cuando vio que no podía impedirlo, anuló la asignatura. En 2014, el departamento en el que trabajaban ambas convocó tres plazas de Profesor Contratado Doctor “con perfiles idóneos” para tres profesoras concretas, una de ellas Ana. Inés engañó al Consejo de Departamento, dice el expediente, para que no saliera la plaza, aunque supusiera “perjudicar los intereses del Departamento” porque se quedaría sin una plaza consolidada. Mejor nadie que Ana.
Inés también emitió “un comentario objetivamente ofensivo y con capacidad para perjudicar el prestigio y la imagen profesional” de Ana en un Consejo de departamento.
La resolución sancionadora también destaca lo que califica como “acoso y derribo” de Inés a Ana al limitar al máximo la comunicación entre ellas, ignorando sus correos incluso, en situaciones laborales. Y ejemplifica: “Durante estos años no recibe respuesta a sus solicitudes o la recibe a través de terceros”.
Por último, a la instructora le “llama la atención” que toda esta situación “sea de público conocimiento entre los integrantes del Departamento y sin embargo sea aceptada como 'normal' y nadie la haya denunciado”.
Las consecuencias
Ocho años después, Ana ha ganado. Pero no se siente vencedora. “Es una victoria pírrica”, valora. “Quiero pensar que ha merecido la pena porque ha salido bien, pero pierdes en bienestar, en credibilidad... En el acoso laboral está reconocido un efecto de estigma llamado mancha de aceite: algo habrás hecho para que te ocurra”, reflexiona.
Uno de los aspectos que más le ha dolido es que sus compañeros, como destaca el texto sancionador, hayan infravalorado la situación y el daño que le ha producido. En el departamento se han producido incluso dimisiones solidarias con Inés (la acosadora).
“He pensado mucho en la relación que tienen el acoso laboral y el sexual. No quiero restarle un ápice de importancia a este, pero hay un agravio comparativo. Hace unos meses salió un escándalo de que un profesor de Educación le estaba mandando a una alumna unos whatsapp asquerosos. Inmediatamente salieron a la luz, se manifestaron las alumnas, la rectora [Pilar Aranda] emitió un comunicado público a los dos días... Y ni siquiera había habido investigación ni sanción. En mi caso no es que haya indicios, hay una sanción. Pero no ha habido nada parecido, de hecho ha habido manifestaciones públicas de apoyo a la acosadora”, explica.
“Y el acoso laboral no se tipifica hasta 2010, pero los estudios señalan que la afectación de las víctimas no tiene por qué ser menor, que no es menos denigrante [que el sexual]”, advierte. “Y nadie daría la cara por un acusado de acoso sexual”.
Al final, aunque la universidad argumente lo contrario para rebajar la sanción a Inés, esta ha conseguido su objetivo de alguna manera. Ana se cambia de departamento, no puede más. “A mí la sanción no me arregla nada”. Aunque no expresa en voz alta una queja decidida contra la UGR porque, aunque con reservas se tomó el caso en serio, cree que el sistema es excesivamente garantista para la persona acusada y que sin embargo protege poco o nada a la víctima desde la triple perspectiva que incluye la tutela preventiva, la tutela proactiva y la tutela reactiva que establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.