En España, según los datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística, existen casi dos millones de familias de un solo progenitor, un 81%, mujeres. Esta semana el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia con la que cierra la puerta a que, con la legislación actual, estas personas puedan disfrutar de sus 16 semanas de permiso tras el nacimiento de un hijo pero también de las que le corresponderían al otro progenitor. Es una reivindicación clave para el colectivo, que lamenta el reciente fallo: “Han dictado una sentencia que sostiene una desigualdad”, explica a elDiario.es Miriam Tormo, portavoz de la Asociación Madres Solteras por Elección.
En los últimos años, tribunales territoriales de todo el país han dictado todo tipo de sentencias sobre este asunto. Desde las que rechazan ampliar las 16 semanas del progenitor hasta las que reconocen el doble permiso íntegro pasando por otras resoluciones que han optado por un camino intermedio y permiten disfrutar de parte del permiso que correspondería al otro progenitor.
En Castilla-La Mancha, por ejemplo, recientemente un juzgado ha reconocido este doble permiso de manera íntegra a una mujer. En León, otro juzgado avaló diez semanas más a otra mujer, al igual que la decisión tomada por el Tribunal Superior de Extremadura en otro caso similar. En Balears, el Tribunal Superior permitió ampliar 12 semanas más a otra mujer que recurrió la negativa de la Seguridad Social. En Catalunya otra sentencia reconoció 24 semanas a una madre. En la Comunidad Valenciana, sin embargo, otra resolución rechazó este derecho para una mujer, que no recurrió la negativa judicial.
El primer caso en llegar hasta el Tribunal Supremo fue uno del País Vasco, una sentencia que reconoció el doble permiso íntegro a una mujer y que sentó las bases para que tribunales de todo el país también lo hicieran. En ese caso el tribunal territorial entendió que, por encima de todo, debían primar los derechos del niño de una familia monoparental para que reciba el mismo trato y los mismos cuidados que otro con dos progenitores. También por resultar discriminatorio para la mujer. Esos argumentos, por ejemplo, no eran válidos en la Comunidad Valenciana: “El argumento de la protección del menor como sustento del recurso es falaz”, dijo el TSJ de esa comunidad en otra resolución sobre un caso similar.
La solución del Supremo no ha sido pacífica. Entiende la mayoría de la sala de lo social que darle la razón a esta mujer equivaldría a modificar las leyes sobre estos permisos, algo fuera del alcance de los tribunales. Pero dos integrantes del total de ocho que forman la sala, Ignacio García-Perrote y Rosa María Virolés, votaron en contra. Una de las razones por las que el caso se demoró tanto es porque, de hecho, García-Perrote iba a ser el primer ponente y hubo que cambiar porque apostaba por desestimar el recurso de la Fiscalía y dar la razón a la mujer.
Estos dos magistrados creen que el Supremo se niega a aplicar un criterio integrador que tenga en cuenta la perspectiva de género y el interés superior del menor, que, aseguran, sí se ha aplicado otras veces. Lo ejemplifican los jueces con la sentencia que en 2016 reconoció el derecho al permiso parental para los progenitores por gestación subrogada poniendo el foco en la protección del niño o niña.
Menos tiempo para sus hijos
En su sentencia, el Supremo explica que si el poder legislativo quiere hacer ese cambio, puede hacerlo a través de una iniciativa legal, pero que no deben ser los jueces los que lo introduzcan de facto con una sentencia. “No se entiende que quien tiene que garantizar la igualdad se haya puesto de perfil”, lamenta Tormo. “La sentencia la hemos recibido con mucha decepción, las madres están muy enfadadas y cansadas. Pleitear está suponiendo un esfuerzo y encontrarse con este varapalo... mucho enfado, decepción e incomprensión”, explica.
El recorrido legislativo de esta medida ha sido también un jarro de agua fría para estas familias. El Gobierno se abrió a reconocer este doble permiso en noviembre de 2021, reconociendo incluso el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, que la situación actual supone “un problema de equidad”. Desde el Ministerio de Derechos Sociales de Ione Belarra se incluyó la ampliación en la Ley de Familias, ya aprobada en primera vuelta por el Consejo de Ministros, pero finalmente decayó del texto.
La portavoz de la Asociación de Madres Solteras por Elección explica la importancia que tiene para ellas el poder contar con las semanas de permiso que le corresponderían al otro progenitor: “Hay que ponerse en el lugar de que somos una única persona adulta a cargo de todo en un momento tan sensible como es la crianza”, expone. Atender al menor día y noche mientras se recupera del parto o se adapta a la lactancia, si opta por ella, recuerda, no es fácil “en cualquier familia” y tampoco lo es en casos de monoparentalidad. Allí donde una familia biparental cuenta con dos redes de apoyo, ya sea de familia o amigos, ellas solo tienen una.
Al tener que regresar al trabajo a las 16 semanas, sin poder alargar el cuidado en casa del bebé por parte de otra persona, como sí ocurre en las familias de dos progenitores, hace que la única alternativa sea “llevar al niño a la guardería o que sea atendido por alguien contratado”, con lo cual “el niño no está recibiendo lo mismo” que en las demás familias, asegura Tormo. Explica que las familias de un solo progenitor buscan “como cualquier otra familia darle a nuestro hijo lo mejor” y lamenta que la reforma que amplió y equiparó los permisos de paternidad para involucrar a los hombres en las tareas de cuidado “se haya olvidado de las mujeres que lo tienen mucho más difícil para conciliar”.
Un derecho reconocido por el Poder Judicial
Recuerda Tormo que hace ahora dos años el Consejo General del Poder Judicial reconoció estos permisos ampliados a una magistrada progenitora única. Fue en febrero de 2021 cuando la Comisión Permanente de este organismo entendió que era una opción aplicable para “proteger el interés superior del menor”. “El interés superior del menor no puede verse afectado ni limitado por el hecho de pertenecer a una familia monoparental y tener un solo progenitor legal”, dijo ese acuerdo tras una consulta elevada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.
La portavoz de la asociación lamenta que ese criterio no haya sido aplicado al otro lado de la calle de Marqués de la Ensenada, en la sala cuarta del Tribunal Supremo. “Entiendo que debía aplicarse en el mismo sentido. Las madres lo entienden menos cuando saben que los jueces y juezas, si fueran monoparentales, podrían disfrutar de ese permiso y han dictado una sentencia que sostiene una desigualdad”.
Ahora está por ver si otros casos en los que sí se había reconocido este derecho son recurridos o no por la Fiscalía o la Seguridad Social ante el Tribunal Supremo. La resolución, en el caso concreto llegado desde Bilbao, especifica que se anula la concesión pero que no debe afectar al caso concreto y a la madre que pleiteó durante años. Es decir, que si ya disfrutó del permiso no se le debe retirar.