El Supremo rechaza las acusaciones de “elevada carga ideológica” de Ayuso contra el currículo de Bachillerato
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso que la Comunidad de Madrid interpuso el año pasado contra el currículo de Bachillerato que el Gobierno puso en marcha. Entienden los jueces que la normativa no ha vulnerado las competencias del ejecutivo regional: “Podría habernos ilustrado en qué medida no habría podido complementar la norma estatal”, reprochan los magistrados de la sala de lo contencioso al recurso interpuesto entre acusaciones de Isabel Díaz Ayuso de carga ideológica.
La presidenta regional madrileña anunció que este Bachillerato de la Lomloe quedaba “vaciado de contenido” y que estaba “cargado de ideología” para hacer “ingeniería social” y poner en marcha un “rediseño” del país. Su recurso, sin embargo, se centraba en aspectos más técnicos y denunciaba que el currículo era tan exhaustivo que impedía a la Comunidad de Madrid ejercer sus competencias y complementar las enseñanzas mínimas.
Su reproche, explica el Supremo, “no se basa en aspectos objetivables” sobre cada materia sino que hace acusaciones genéricas: “Lanza a la consideración de la Sala toda esa masa de materias, con sus contenidos mínimos y criterios de evaluación”, lamenta el Supremo. Y dice que la administración que dirige Isabel Díaz Ayuso “mal puede reprochar” esa exhaustividad cuando la propia Comunidad de Madrid ha puesto en marcha un decreto “por la que ha establecido la ordenación y el currículo del Bachillerato”.
La Comunidad de Madrid, en su recurso, “silencia” este aspecto, recuerda el Supremo. Pero en el propio preámbulo de su decreto expone que esta ejerciendo sus competencias, lo que no cuadra con una denuncia de que la normativa estatal se lo impide. Y en cuanto a las denuncias de sesgos ideológicos en asignaturas como Historia de España o Historia del Mundo Contemporáneo, el Supremo reprocha a la Comunidad que haya “silenciado” que con su propia normativa ha podido completarlas o “reorientarlas hacia planteamientos neutrales”.
El Supremo también rechaza la alegación de la Comunidad de Madrid sobre la falta de un trámite de consulta previa a las comunidades autónomas antes de poner la normativa en marcha. Una consulta que, recuerda el Supremo, no implica una “decisión conjunta”.
La presidenta de la Comunidad de Madrid ha convertido en el último año la educación en un campo de batalla en su enfrentamiento con el ejecutivo central. Desde la implantación de la Ley Celáa, recientemente avalada por el Tribunal Constitucional, hasta diversos recursos presentados en el Tribunal Supremo. La Consejería de Educación, de hecho, llegó a anunciar la retirada de una treintena de conceptos incluidos por el ejecutivo central, desde “ciudadanía resiliente” hasta “emergencia climática”.
13