La violación en relaciones de maltrato, invisible para la justicia: solo un 1% de los casos instruidos son delitos sexuales
Nueve meses de prisión y una orden de alejamiento durante dos años. Es la condena que interpuso la Audiencia Provincial de Vizcaya en junio de 2017 a un hombre como autor de un delito de maltrato no habitual contra su pareja, a la que tras una discusión tiró al suelo y le produjo un esguince en el tobillo. Según la sentencia, ambos llevaban diez años viviendo juntos y manteniendo una relación “deteriorada en los últimos años” siendo “frecuentes las discusiones”. Al mismo tiempo, el tribunal dictó la absolución del hombre del delito de agresión sexual del que venía siendo acusado por consideralo “insuficientemente acreditado”. Hace unos meses, el Tribunal Supremo ha confirmado en su totalidad el fallo.
La decisión recuerda a la sentencia hecha pública hace un par de semanas por la Cadena Ser que relataba cómo la Audiencia Provincial de Navarra, que condenó a 'la manada' por un delito de abuso sexual, fallo confirmado esta semana por el Tribunal Superior de Justicia, impuso la pena de diez meses de prisión a un hombre por pegar puñetazos a su pareja, pero le absolvió del delito de agresión sexual. También ocurrió el pasado mes de abril, cuando la Audiencia de Cantabria absolvió a un hombre acusado de violar a su exmujer en compañía de otros dos hombres, tal y como pedía la Fiscalía, pero sí le condenó por quebrantamiento de la orden de alejamiento y por enviar a la mujer mensajes con insultos y amenazas.
La invisibilidad a ojos de la justicia de las agresiones sexuales que se dan en las relaciones marcadas por la violencia de género es algo común. Es la principal conclusión de las juristas y expertas consultadas para este reportaje, que coinciden en señalar este tipo de violencia como una de las más ocultas. “Estas sentencias no son excepciones. Hay una enorme dificultad de prueba porque son delitos que se producen en la intimidad y no suele haber lesiones. A ello se une que la palabra de la mujer suele ser poco valorada, así que en la práctica te topas casi siempre con la incredulidad judicial”, explica la abogada Marisa Fernández, que lleva este tipo de casos.
Así lo corrobora el informe de Amnistía Internacional Qué justicia especializada, publicado en 2012 pero aún vigente en sus análisis, según las expertas. Entre otras cosas, el estudio desarrolla cómo, cuando las denunciantes no cuentan con partes de lesiones ni marcas físicas, los obstáculos con los que se topan en el laberinto judicial se multiplican y “las deficiencias en la investigación se incrementan”. La ONG constató “que en casos de violencia psicológica y/o sexual o de violencia habitual, sin lesiones físicas recientes, existen aún mayores dificultades para que las denuncias de las víctimas prosperen” y en todos los casos documentados –que denunciaron violencia física, psíquica y sexual–, solo se logró enjuiciar una conducta y de escasa entidad.
De hecho, lo demuestran los datos que trimestralmente publica el Consejo General del Poder Judicial. Según las últimas cifras, en el segundo trimestre de este año solo un 1,1% de los delitos instruidos por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer se corresponden con el título del Código Penal relativo a los delitos contra la libertad e indemnidad sexual. El 53,3% se encaja con episodios de maltrato ocasional, es decir, agresiones aisladas, y el 11,6% con maltrato habitual, el que se da sostenido en el tiempo, otro de los tipos más difíciles de detectar. Aunque se trata de la calificación inicial que se hace de los delitos (lo único que ofrece el CGPJ), y puede variar posteriormente, la cifra siempre es muy baja: en el primer trimestre de este año fue el 0,8% y 0,6% en 2017, la misma que en 2016.
Denunciarlo es “contraproducente”
Con Amnistía Internacional coincide la también abogada penalista y miembro de Dones Juristes Carla Vall, que hace hincapié en las limitaciones para sacar a la luz este tipo de violencia. “En el ámbito judicial se dan muchas trabas para investigar la violencia sexual en el seno de la pareja o expareja. La absolución es lo más común, no porque no se pueda probar, sino porque en muchas ocasiones la palabra de la mujer no se toma en serio y acaba considerándose que 'no se entendieron' o 'él no podía interpretar que no había consentimiento”. De hecho, tanto en el caso del tribunal de 'la manada' como en el de la Audiencia de Cantabria, el testimonio de la mujer no fue considerado prueba suficiente debido a que los magistrados sostuvieron que las mujeres habían “incurrido en contradicciones”.
En este sentido, la fiscala especializada en violencia de género y portavoz de la Fiscalía Provincial de Valencia, Susana Gisbert, apunta al incremento de la dificultad de prueba debido a la “vulnerabilidad” que suele caracterizar a este tipo de víctimas, muchas de ellas sometidas a un maltrato sostenido en el tiempo: “La prueba fundamental es el testimonio de la mujer, que se encuentra en muchas ocasiones en una situación de anulación. Además, estamos hablando de que no es un autor desconocido, sino que en muchos casos es el padre de tus hijos, la persona con la que habías concebido un proyecto vital. Debemos tener en cuenta que puede caer en testimonio incoherente”.
Todas las expertas inciden en la necesidad de una formación transversal en perspectiva de género para todos los operadores jurídicos y en la urgencia de alejar los mitos y estereotipos que rodean a la denuncia por violencia sexual del ámbito judicial. “Si estos prejuicios se dan cuando se denuncia una agresión por parte de un desconocido, imagínate en el seno de la pareja...”, lamenta Vall.
Por su parte, Fernández, miembro de Dones Juristes, celebra que el Derecho Penal tenga “la gran servidumbre democrática” de la presunción de inocencia, pero al mismo tiempo apunta a la exigencia de “desterrar la imagen de mujer perversa que quiere destruir a su marido en base a estas acusaciones”. La letrada, que lleva 33 años ejerciendo labores de defensa en temas de violencia machista, reconoce que, en base a su propia experiencia, “acusar de violencia sexual puede tener un efecto contraproducente ante el riesgo de que salga a relucir el cuestionamiento de la mujer”. A pesar de que reconoce lo necesario de otorgar una mayor visibilidad a esta violencia, “muchas veces ni denunciamos porque tú no actúas para que sea visible, sino para que tu clienta pueda escapar de esa situación de violencia lo antes posible y se vea lo menos perjudicada posible”.
Se denuncia poco
De hecho, la realidad es que las víctimas que acaban incluyendo en sus denuncias por violencia de género agresiones o abuso sexual son una minoría, según las expertas. “Es una violencia oculta. Las mujeres no suelen denunciar porque no le ponen el nombre que se merece y utilizan eufemismos: 'me presiona, insiste'...pero muy difícilmente le llegan a llamar agresión sexual o violación”, cuenta Vall.
Eso a pesar de que prácticamente siempre la violencia sexual va asociada a la violencia de género, según apunta la educadora social Pilar Montes, que trabaja en una casa de acogida de la Dirección General de la Mujer de la Comunidad de Madrid. “Algunas lo hablan abiertamente, pero las menos. La mayoría, cuando les hacemos la entrevista inicial, no lo mencionan. Al final, con terapia, va saliendo”.
La educadora social asegura que hay diversidad de situaciones, pero en muchos casos es violencia normalizada, sostenida en el tiempo y en la que no media una violencia evidente y física. “No lo necesitan, están tan amedrentadas que ya con el portazo que da él al entrar en casa están temblando”, ilustra. “Muchas se sienten presionadas a realizar sexo cuando ellos quieren, pero hay casos más graves, en los que sí media intimidación física y en los que ellos lo usan como moneda de cambio o de chantaje”.
Ante este escenario, las expertas apuestan por dejar de silenciar una violencia que “se ha venido negando durante décadas”, dice Vall, que asegura que los protocolos policiales que aplican las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en comisaría para valorar el riesgo de la denunciante deberían contemplarlo como eje fundamental. “Muchas veces no son preguntadas lo suficiente por este tema y se sigue tomando como una lesión menor”. De hecho, ejemplifica la abogada, cuando se ilustra la violencia machista con un iceberg que contiene diferentes violencias hasta llegar al asesinato, la agresión sexual se coloca debajo del maltrato físico: “En la judicatura y en la sociedad, la violencia sexual en el ámbito de la pareja o expareja sigue estando en la parte oculta del iceberg”.