Los tribunales castigan menos las violaciones cometidas por la pareja o expareja
Las violaciones cometidas por una pareja o expareja se castigan menos que las ejecutadas por otro tipo de agresor. Una investigación de varios autores publicada en el European Journal on Criminal Policy and Research muestra de qué manera el imaginario social que percibe como menos graves las agresiones sexuales cometidas en el ámbito de la pareja se cuela en las sentencias dictadas. El estudio analiza cerca de un millar de sentencias emitidas por las audiencias provinciales entre el 2015 y el 2022 y que afectaban a mujeres adultas. De todos esos casos, un 37% fueron cometidos por la pareja o expareja; el 22,7% por un desconocido; el 20,9% por algún familiar; y el 17,6% por un hombre que conocían.
Los investigadores encontraron una diferencia significativa entre el porcentaje de sentencias condenatorias cuando el agresor era la pareja o expareja de la víctima a cuando era un extraño u otro tipo de conocido. El 62,5% de los casos en los que había involucrado un compañero íntimo terminaron en sentencia condenatoria, una cifra que se eleva al 79,1% en las sentencias donde el agresor era otro. “Es una diferencia estadísticamente significativa”, dice el catedrático de Derecho Penal de la Universitat Oberta de Catalunya Josep María Tamarit Sumalla, uno de los autores. El estudio divide aún más estas categorías y encuentra que son los casos de violación cometidos por un extraño los que tienen tasas más altas de condena: un 88,6%.
Además de la existencia o no de una condena, la investigación analiza otros factores, por ejemplo, la duración de esa condena. También ahí se encuentra una brecha. Los agresores que eran pareja o expareja de la víctima tuvieron condenas de una media de 83,4 meses de prisión, frente a los 87,8 cuando era un conocido, los 96,5 meses en caso de ser familiar o los 98,7 meses de media si era un desconocido.
Tamarit explica que la investigación concluye que solo en el 22% de los casos se consideró un agravante que la violación se hubiera cometido dentro de la pareja. “En la mayoría de sentencias no han dicho nada al respecto, y el resultado es que han puesto penas más bajas”, apunta el catedrático, que recuerda que en las agresiones sexuales cometidas por la pareja es frecuente que exista escasez de pruebas. A eso se añade que la ley permite que las víctimas no declaren contra sus parejas.
Las diferencias afectan incluso a las indemnizaciones que los tribunales establecen para las víctimas. En los casos de agresión sexual en la pareja o expareja, la compensación asciende de media a los 12.572 euros frente a los 17.778 fijada cuando los agresores tienen otra relación con la víctima. El resumen de los datos muestra, según Tamarit, que en las violaciones cometidas por novios o exnovios o por maridos o exmaridos “se condena menos, se castiga menos y se reconoce una menor indemnización”.
El mito de la “violación real”
La investigación habla del impacto judicial que sigue teniendo el mito de la “violación real”. La percepción de la violencia sexual, explica, está tradicionalmente condicionada por ese estereotipo, que establece la idea de que la “violación real” es la cometida por un hombre extraño contra una mujer joven. Los autores constatan que hoy en día se ha extendido la idea de que son frecuentes las agresiones sexuales cometidas por familiares o personas con relación estrecha con la víctima, pero sigue habiendo resistencias a asumir que la violencia sexual contra una pareja con la que se comparte una relación continua, incluso de convivencia, existe y no es una rareza.
“El estereotipo es que una violación real es la que comete un extraño contra una chica joven y atractiva. Todo lo que se sale de este retrato robot puede tener más dificultades de ser reconocido, ya sea la violación de un hombre, una mujer mayor o una violación en el ámbito de la pareja”, sostiene el catedrático de Derecho Penal de la UOC.
La Encuesta sobre cuestiones de actualidad: La violencia sexual contra las mujeres publicada por el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) a finales de enero de 2023 mostraba, de hecho, que el 20% de la población cree que obligar a tu pareja a tener sexo no debe ser castigado por ley. La última Macroencuesta de Violencia contra la Mujer, publicada por el Ministerio de Igualdad en septiembre de 2020, señalaba que el 32,4% de las mujeres ha sufrido violencia física, sexual o psicológica (una o varias de estas categorías al mismo tempo) por parte de sus parejas o exparejas en algún momento de su vida. El 14,2% experimentó violencia física y/o sexual en el contexto de una relación sentimental o posteriormente.
La investigación publicada ahora encuentra una “brecha” en la justicia que afecta a la violencia sexual cometida por compañeros íntimos que, subrayan, supone una “barrera añadida” para que las víctimas consigan una sentencia condenatoria. Los autores lamentan, no obstante, la falta de información para indagar más en el impacto que los estereotipos pueden estar teniendo en los fallos de la justicia. Añaden, por ejemplo, que la mayoría de sentencias de agresiones sexuales en parejas o exparejas no aportan razonamientos jurídicos que sirvan para explicar por qué algunas conductas se consideran menos graves que en otros casos. En el caso de las indemnizaciones, el estudio apunta a que es posible que afecte el prejuicio de que una violación cometida por un compañero íntimo afecta menos psicológicamente.
El catedrático de Derecho Penal de la Universitat Oberta de Catalunya Josep María Tamarit Sumalla concluye, en cualquier caso, que esta diferencia de penas debe entenderse “en el marco de un Código Penal, el español, que, comparado con otros países, pone penas muy elevadas en los casos de violación”. “No queremos decir si debe castigarse con más prisión. Pero sí que hemos visto que hay una cierta inercia a no tomarse tan seriamente los casos de violencia sexual dentro de la relación de pareja. Y deben tomarse seriamente”, asegura.
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