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El Supremo archiva la causa contra Ábalos por su encuentro con Delcy Rodríguez

26 noviembre 2020 - 13:57 h
El ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, en una foto de archivo.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha archivado la causa derivada de las querellas que Vox y el llamado Partido Laócrata presentaron contra el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, por un delito de prevaricación por su reunión del pasado 19 de enero en el aeropuerto de Barajas con la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez. El alto tribunal destaca que el incumplimiento de las decisiones de política exterior de la Unión Europea está sometido a control político, no a responsabilidad penal.

Vox y Laócratas señalaron a Ábalos por haber autorizado que Rodríguez “atravesara el espacio aéreo español y aterrizara en el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Bajaras”, a pesar de que “tenía prohibida su estancia y tránsito por el espacio europeo” debido a las sanciones dictadas por la UE. La Fiscalía solicitó el pasado octubre la inadmisión de las querellas al no existir “indicios suficientes” de que los hechos sean constitutivos de un delito de prevaricación, ni de la participación de Ábalos en los mismos.

El tribunal considera acreditado que Rodríguez accedió a territorio español incumpliendo el mecanismo sancionador de la UE y que Ábalos se entrevistó con ella, si bien rechaza que la infracción de una decisión de política europea de seguridad común sea, por este simple hecho, constitutiva de un delito de prevaricación imputable a la autoridad nacional que haya, en su caso, consentido esa infracción. Así, el auto expone que “las obligaciones derivadas de las decisiones PESC [Política Exterior y de Seguridad Común ]tienen una naturaleza esencialmente política. Su incumplimiento implica la vulneración de una obligación en el ámbito de la política exterior de la Unión Europea. El control de su vigencia y su fiscalización incumbe al propio Consejo”.

El auto también descarta que los hechos puedan ser calificados, como sostenía Vox, como constitutivos de un delito de omisión del deber de promover la persecución de los delitos, “pues ningún delito se habría cometido por el incumplimiento de la decisión PESC que prohibía la entrada en territorio europeo” de Rodríguez.

Escribe Elena Herrera.

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