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Miles de casos de violencia machista se resuelven en juzgados con magistrados y fiscales sin formación específica

Cartel de una protesta contra la violencia machista.

Marta Borraz

Juzgan el grueso de la violencia de género que se produce en España, pero solo unos pocos cuentan con personal formado específicamente para ello. De los 383 juzgados de lo Penal que dictaron 28.953 fallos sobre violencia machista el año pasado, solo 31 cuentan con magistrados y fiscales especializados. En el primer trimestre de 2018 han sido  7.748, según los datos del Consejo General del Poder Judicial.

14 años después de la aprobación de la Ley Integral contra la Violencia de Género todavía miles de casos se resuelven en órganos judiciales sin especializar a pesar de que la necesidad de formación en perspectiva de género ha tomado relevancia en los últimos tiempos.

A pesar de que la ley de 2004 – creadora de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer– introdujo en la Ley Orgánica del Poder Judicial una proposición que preveía la especialización de uno o varios Juzgados de lo Penal en cada provincia, a día de hoy solo 31 de 383 lo están, según datos actualizados del CGPJ. Sobre todo están presentes en Madrid, Catalunya o Andalucía. En algunas comunidades, como Castilla y León, no existe ninguno.

La ley contra la violencia machista tenía por objetivo garantizar que cuando una mujer denuncia maltrato por parte de su pareja o expareja sea atendida por magistrados y operadores jurídicos formados para ello, sin embargo, la especialización se rompe en muchos casos cuando tras la investigación del caso toca sentenciarlo.

Tal y como muestran los informes que elabora el CGPJ, los casos de violencia machista se pueden resolver en tres órganos judiciales diferentes dependiendo del nivel de gravedad de lo juzgado: los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, los Juzgados Penales y las secciones de violencia de las Audiencias Provinciales. De ellos, los primeros y las últimas están todos especializados. En cuanto al número de procedimientos que resuelven, los Juzgados de Violencia dictaron a lo largo de 2017 19.890 sentencias, los penales 28.953 y 322 las audiencias.

Quiebra de la especialización

¿Y de qué se encarga cada uno? Los de Violencia sobre la Mujer son juzgados de instrucción, es decir, se encargan de la investigación tras la denuncia y, en algunos casos, también sentencian. Lo hacen en dos situaciones: cuando hay conformidad entre las partes y cuando se trata de delitos leves como injurias o vejaciones. Los penales dictan sentencias cuando la pena es inferior a cinco años y las audiencias provinciales cuando es superior. 

Es decir, a los primeros va el grueso de la violencia machista, tal y como especificaron varias expertas en las comparecencias que se produjeron el año pasado en el Congreso y que dieron lugar al Pacto de Estado contra la violencia machista, que acabó incluyendo como una de sus medidas la especialización de lo que se llamó “el ámbito procesal intermedio”, es decir, los Juzgados de lo Penal.

“Con esto se quiebra el principio de especialización en materia de violencia de género y es igual de importante tanto que se instruya como que se sentencie con esta perspectiva”, explica la fiscal delegada de violencia sobre la mujer de Andalucía Flor de Torres. 

Revertir esta situación es el objetivo de una proposición de ley del PSOE cuya toma en consideración fue aprobada el pasado 12 de junio por el Congreso. La iniciativa, que pretende reforzar la formación en género de los jueces, también incluye un apartado destinado a dar la vuelta a la paralización del proceso de especialización de los Juzgados de lo Penal. La norma impulsada por los socialistas ha iniciado el trámite parlamentario y comienza ahora su periodo de enmiendas, en el que puede ser modificada. 

Más absoluciones

La situación actual, explica Flor de Torres, llega a producir “víctimas de primera y de segunda” dependiendo de la situación geográfica en la que se encuentren, lo que determinará si se enfrentan o no a juicios en juzgados especializados, en los que tanto el magistrado como el fiscal se han formado ad hoc para ello.

“Nos hemos volcado mucho en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y nos hemos olvidado de esta parte fundamental. En los penales, de hecho, se ven casos muy complejos porque no hay conformidad entre las partes y se confrontan versiones. Ahí es fundamental la formación en violencia y la perspectiva de género”, argumenta la magistrada y miembro de la Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE) Carla Vallejo. 

La formación no es la única diferencia entre unos juzgados y otros. Los penales absuelven a muchos más acusados de maltrato que los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y las Audiencias. Según las cifras aportadas por el CGPJ, en los tres primeros meses de 2018, estos dos últimos órganos dictaron un 84% y un 80% de sentencias condenatorias respectivamente y los primeros un 58%. Cifras que según las expertas se explican porque “en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer hay conformidad entre las partes”, argumenta Vallejo.

Lo mismo traslada la presidenta del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género del CGPJ Ángeles Carmona: “En los Juzgados de Violencia sobre la Mujer solo se pueden dictar sentencias en los casos por delito no leve cuando hay conformidad, de modo que necesariamente todas las sentencias por delito no leve son condenatorias. En la estadística se cuentan también las sentencias dictadas en los juicios por delito leve, por eso hay algunas sentencias absolutorias”. 

Para Flor de Torres es fundamental señalar las renuncias de las víctimas a continuar con el proceso tras denunciar, algo que “tiene más incidencia” en los procesos que se siguen en los Juzgados de lo Penal “porque es mucho más dilatado en el tiempo”. A esta circunstancia, prosigue, “se le puede sumar la falta de especialización, que contribuye al cuestionamiento de la mujer” y quizás conlleva un aumento de las renuncias. En el caso de las Audiencias Provinciales, completa Carmona, “normalmente la instrucción conlleva más pruebas de cargo y no suele haber renuncia a la acción o dispensas a no declarar. Por eso hay más condenas”.

El grado de formación de los jueces y juezas dependerá del órgano en el que estén, lo que divide las posibilidades en dos escenarios. Por un lado, los Juzgados de Violencia sobre la Mujer cuentan con una formación inicial para especializarse, que todas las organizaciones de juristas feministas tachan de insuficiente. A partir de ahí, el CGPJ ofrece cursos dentro del Plan de Formación Continuada, pero son opcionales. El resto de magistrados, destinados por ejemplo a los Juzgados Penales sin especializar, no cuentan con formación más allá de la ordinaria que se da a todo el alumnado en la Escuela Judicial.

“La especialización es fundamental porque es la garantía de que la víctima va a ser tratada por operarios judiciales especialistas en violencia de género. Esto influye a la hora de conocer en profundidad la materia, no cuestionar a las mujeres, conocer cómo actúa una víctima, alejarse de los estereotipos, tener en cuenta a los menores...Aspectos que si no se tiene una perspectiva de género es fácil que se pasen por alto”, detalla Flor de Torres.

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