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Claves de la polémica maniobra antipiratería de LaLiga: ¿puede saber Tebas quién ve partidos sin pagar?

LaLigaAntipiratería

Carlos del Castillo

13 de marzo de 2024 00:19 h

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La noticia saltó a finales de la pasada semana en la prensa deportiva: llegan las multas para los consumidores de fútbol pirata. Varios medios informaron de una supuesta sentencia que autorizaba a la patronal que organiza el fútbol profesional en España (LaLiga) a perseguir y sancionar a aquellos que vean los partidos sin pagar. La información corrió como la pólvora en los medios y las redes sociales, pero ha sufrido ya varios desmentidos y reinterpretaciones.

El primero tiene que ver con la propia resolución judicial y es sobre el que existe un mayor consenso. La decisión del juez Javier Ramos de la Peña, titular del Juzgado de lo Mercantil nº8 de Barcelona, no es una sentencia. Se trata de un auto, una diligencia preliminar ante una solicitud de LaLiga, y no de una decisión en firme sobre una demanda de piratería. En el auto, el juez ordena a los principales teleoperadores españoles (Telefónica, Vodafone, Orange, MásMovil y Digi) a enviar a LaLiga una lista de clientes que esta haya relacionado con las emisiones ilegales de fútbol.

¿De qué clientes se trata? Es aquí donde empiezan las desavenencias. Numerosos juristas, incluidos los consultados por elDiario.es, interpretan que el juez ha autorizado a LaLiga a acceder a los datos de aquellos que difunden a otros la señal de los partidos. La patronal del fútbol profesional asegura, en cambio, que han de enviársele también los datos de aquellos que se conectan con esas retransmisiones ilegales. Es decir, de los que ven partidos sin pagar.

Así lo reiteró el propio Javier Tebas, presidente de LaLiga, el sábado en Movistar+. “Los operadores de telecomunicaciones estarán obligados a darnos la lista de qué clientes suyos contactan con esas direcciones IP”, manifestó.

El presidente de la patronal reveló además la acción que pretende emprender contra los consumidores de fútbol pirata: “No es una multa, pero va a ser una reclamación de daños y perjuicios”. “LaLiga sabrá quienes son aquellos clientes que están viendo el fútbol ilegal y se podrá dirigir ante ellos con una demanda de reclamación de daños y perjuicios, porque evidentemente estarán robando un contenido que es de pago y que no puede verse gratis de la forma que esos clientes están viéndolo”, añadía Tebas.

El TSJ de Catalunya contradice a Tebas

La polémica aumentó aún más este lunes. A primera hora de la tarde, el departamento de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) publicó un comunicado haciendo una interpretación diferente a la que había realizado la patronal del fútbol del auto del juez Ramos de la Peña.

“El juzgado de lo Mercantil nº 8 de Barcelona ha admitido la diligencia preliminar solicitada por LaLiga de Fútbol Profesional y requiere a las teleoperadoras para que faciliten los datos personales de quienes comparten ilícitamente sus contenidos, es decir, únicamente de los cardsharers que re-difunden a terceros la señal y obtienen un lucro con ello y no, por tanto, de los que únicamente defraudan la cuota”, detalla el organismo judicial en su portal oficial.

“LaLiga presentó una petición de diligencia preliminar al juzgado para la persecución de un tipo concreto de piratería: el cardsharing”, explica el TSJC: “El cardsharing es una práctica por la cual usuarios legítimos re-difunden la señal a determinadas redes ”pirata“ en las que todos los partícipes, incluidos quienes únicamente defraudan la cuota, utilizan decodificadores”.

Las eventuales futuras demandas que derivasen de estas diligencias preliminares solo podrían ir dirigidas contra los 'cardsharers' que re-difunden señal para obtener un lucro

Tribunal Superior de Justicia de Catalunya

El comunicado del organismo judicial hace una interpretación del auto para los operadores e reincide por dos veces en que “únicamente” deben dar los datos de los cardsharers a LaLiga. “Las eventuales futuras demandas que derivasen de estas diligencias preliminares solo podrían ir dirigidas contra los cardsharers que re-difunden señal para obtener un lucro”, vuelve a aclarar.

Esta es también la interpretación de los abogados especialistas en propiedad intelectual contactados por elDiario.es. “El auto habla en un principio de la identidad de las direcciones IP de una serie de sospechosos que parecen estar relacionados con el compartido de tarjetas de decodificadores y menciona los bares y los cardsharers, es decir de aquellos que comparten la conexión”, dice David Maeztu.

El letrado expone que la maniobra de averiguar qué usuarios se han conectado a retransmisiones pirata sería mucho más delicada para los derechos fundamentales de los afectados. “Para poder saber que yo me conecto a algo así, o bien es porque tú tienes un servidor y entonces ves mi dirección IP y ves que yo me estoy conectando; o bien se monitoriza absolutamente todo el tráfico y todos los paquetes de datos que mi ordenador solicita. Implicaría una monitorización masiva de todas las comunicaciones”, advierte.

“Imagino que para Tebas o para LaLiga, que el estado lo vea todo resultaría lo más eficiente para proteger su negocio”, ironiza Maeztu: “Pero para los derechos y las libertades individuales de ciudadanos no es lo más adecuado. Tendría que haber una proporcionalidad y esto sería complicado que lo superase”.

Maeztu fue el abogado defensor de uno de los pocos precedentes en España en los propietarios de derechos persiguieron a través de sus direcciones IP a los usuarios finales que violaron el copyright, el caso Euskaltel. El proceso llegó hasta el Tribunal de Justicia de la UE, que en 2021 dictaminó que es lícito utilizar las direcciones IP para identificar a ciudadanos individuales.

Están retorciendo la ley de forma torticera. LaLiga está llegando a unos niveles de agresividad que yo no había visto jamás

Carlos Sánchez Almeida abogado especialista en propiedad intelectual

El caso Euskaltel y la actual reclamación tienen una diferencia fundamental. Carlos Sánchez Almeida, abogado experto en copyright y derechos digitales, recuerda que la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha zanjado que los partidos de fútbol no pueden ser considerados “obras literarias, científicas o artísticas” y que por lo tanto su redifusión ilegal “no es un delito contra la propiedad intelectual”.

Al contrario, este solo estaría tipificado como “un delito leve relativo al mercado y a los consumidores”, que se castiga con penas de hasta dos años de prisión. “El fútbol no es un arte ni cultura, por muy bonitas que sean las piruetas que se hagan”, destaca Almeida: “Están retorciendo la ley de forma torticera. LaLiga está llegando a unos niveles de agresividad que yo no había visto jamás. Están forzando la máquina de la misma forma que en su momento la Coalición Antipiratería lo hizo para conseguir un cambio en la ley para penalizar los enlaces”.

LaLiga insiste en su interpretación

El comunicado del TSJC, en vez de allanar el debate, lo enturbió aún más. Ni LaLiga ni Tebas dieron por buena la aclaración e insistieron desde la tarde de este lunes en que el auto del juez Ramos de la Peñales permite pedir los datos de los usuarios que vean fútbol pirata. “LaLiga facilitará a los operadores las direcciones IP que transmiten contenido ilegal, sin importar ubicación y estas comunicaran, LaLiga los usuarios que acceden a estas IP”, dijo el mandatario en Twitter.

Este martes la patronal del fútbol ha mantenido su posición e incluso ha subido un punto la intensidad de sus reclamaciones, con Tebas calificando de “inspector Gadget” a un periodista que difundió el comunicado del TSJC. “Tan ladrón es el que emite la señal pirata como el que la ve o la compra a precios irrisorios”, insistía a primera hora.

“Lo que no tendría mucho sentido es que el auto diga que los operadores nos tienen que dar los nombres de los distribuidores de cardsharing, porque esos distribuidores ya los tenemos localizados nosotros y muchos de ellos están fuera de España y no tenemos herramientas legales para ir a por ellos”, explican fuentes de LaLiga a este medio. “El auto va un paso más allá”, recalcan.

elDiario.es ha contactado también con los operadores, pero ninguno de ellos ha aclarado en declaraciones oficiales cuál de las dos interpretaciones respaldan sus equipos legales. Aseguran que “cumplirán el mandato expresado en el auto judicial”, sin responder a la pregunta de si este será el que entiende el TSJC o el que defiende LaLiga.

El auto que ha desatado la polémica es uno de los primeros pasos de un proceso que se antoja largo. Las operadoras, sin ir más lejos, podrían negarse a proporcionar a LaLiga los datos que se les solicitan si cuentan con la adecuada justificación. En ese caso, el juez abriría vista oral.

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Consulta aquí el auto del Juzgado de auto de lo Mercantil nº8 de Barcelona que ha desatado la polémica.

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