La CNMC multa a Mediaset y Atresmedia por emitir publicidad de bebidas alcohólicas en horario protegido
La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia) sanciona a Atresmedia (145.147 €) y a Mediaset (118.728 €) por la vulneración del artículo 18.3.d) de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) al haber emitido comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas de graduación inferior a veinte grados en una franja horaria protegida, según informa el organismo en un comunicado.
En este sentido, la LGCA indica que está prohibida “la comunicación comercial televisiva de bebidas alcohólicas con un nivel inferior a veinte grados cuando se emita fuera de la franja de tiempo entre las 20:30 horas y las 6 horas del día siguiente, salvo que esta publicidad forme parte indivisible de la adquisición de derechos y de la producción de la señal a difundir”.
Estas comunicaciones comerciales tuvieron lugar en los canales de televisión Antena 3 y Neox, de Atresmedia y Telecinco, de Mediaset, durante los meses de noviembre y diciembre de 2017, y ya se les abrió expediente por ello en marzo de 2018.
La CNMC recuerda que contra esta Resolución Atresmedia y Mediaset podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.