La Ley Audiovisual eximirá a Netflix y HBO de la cuota en lenguas cooficiales y ERC avanza enmiendas
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual, que establece que una cuota del 6% de contenido ofertado en las plataformas sea en lenguas cooficiales (catalán, euskera o gallego). Esta asignación ha sido fruto del anunciado pacto entre Esquerra Republicana de Cataluña (ERC) y el Gobierno, para conseguir su apoyo para aprobar los Presupuestos Generales de 2022. Aun así, el portavoz del partido catalán, Gabriel Rufián, ha indicado que no han quedado satisfechos y que presentarán enmiendas antes de que llegue al Congreso de los Diputados.
La regulación que hasta ahora existía para la radio y la televisión se extiende a los servicios y contenidos audiovisuales de internet, en especial las plataformas para compartir contenidos (redes sociales) y de vídeo a la carta, pero solo a las establecidas en España.
Según han confirmado fuentes gubernamentales a Europa Press, las plataformas internacionales como Netflix, HBO Max, Disney+ y Amazon Prime Video no tendrán que cumplir con la cuota del 6%, al aplicarse el principio de país de origen que establece la Directiva europea. Las que sí se verán afectadas serán las nacionales como Filmin, FlixOlé, Movistar+, Mitele y Atresplayer.
Previamente, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, no había aclarado la circunstancia preguntada por esta cuestión. Tampoco había descartado que se pudieran introducir “mejoras” y “ajustes” en la Ley durante el trámite parlamentario.
Multinacionales como Netflix “no deberían legislar”
Este es precisamente uno de los motivos por los que ERC no está satisfecho con el proyecto de Ley. Rufián ha insistido en que este tipo de multinacionales “no deberían poder legislar”. Y que por ello, harán “todo lo posible para mejorarlo, tenemos herramientas e intentaremos que así sea”. Del mismo modo, han recordado que su pacto con el Ejecutivo es “un acuerdo de mínimos” y que el texto debe mejorarse a su paso por las Cortes.
Mireia Vehí, diputada de la CUP, ha apoyado su postura, defendiendo que estas empresas “no son nadie para decidir qué políticas se pueden aplicar en un territorio concreto”. Asimismo, ha pedido al Gobierno “mano dura” para que paguen “muchos más” impuestos en España.
Producción independiente y financiación de obras europeas
Con la Ley, se incrementa también del 0,9% al 3,5% el porcentaje de catálogo correspondiente a productoras independientes. Aquellos que estén obligados deben cumplir dos obligaciones (los porcentajes no se suman entre sí): destinar el 3,5% a obra audiovisual en cualquier formato, que deberá realizarse en la lengua oficial del Estado o en alguna de las lenguas cooficiales, frente al 0,9% actual; y, por otro lado, destinar el 2% a la financiación de cine de productor independiente, que deberá realizarse también en la lengua oficial del Estado o en alguna de las cooficiales, frente al 1,8% vigente.
La actual Ley General de la Comunicación Audiovisual, que data de 2010, obliga a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual, a los operadores de telecomunicaciones que también difundan canales de televisión y a los prestadores de servicio de catálogo de programas, a destinar el 5% de sus ingresos de explotación a financiar obras audiovisuales europeas: películas para el cine y la televisión, series, documentales y películas y series de animación.
Con la nueva ley, que se ha sometido a dos audiencias públicas, las plataformas internacionales de vídeo en 'streaming' como Netflix, HBO Max, Prime Vídeo, también deberán cumplir esta previsión, así como deberán ayudar a financiar a RTVE. En cambio, la norma elimina la obligación de financiar a la televisión pública que tenían anteriormente los operadores de telecomunicaciones.
Otras novedades recogidas en el proyecto de Ley
La norma establece horarios de protección reforzada para los servicios de comunicación audiovisual televisivo lineal en abierto los días laborables entre las 7.30 horas y las 9.00 horas y entre las 17:00h y las 20:00h. Del mismo modo, sábados, domingos y festivos de ámbito nacional: entre las 7.30 horas y las 12.00 horas.
Las plataformas de intercambio de videos, a las que por primera vez se les exige estar inscritas en el registro estatal de prestadores del servicio de comunicación audiovisual, deberán también operar sistemas de verificación de edad y establecer mecanismos para calificar los contenidos en función de la edad. De igual manera, deberán incluir una funcionalidad para que los usuarios que suban vídeos declaren si dichos vídeos contienen publicidad.
Desde un punto de vista cualitativo, se prohíbe de manera absoluta la publicidad subliminal, la publicidad de tabaco y cigarrillos electrónicos, así como aquella que vulnere la dignidad humana o que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio.
La publicidad de bebidas alcohólicas se restringe a determinadas franjas horarias: la de bebidas de graduación superior a 20 grados solo se podrá emitir entre la 1:00 horas y las 5:00 horas. Esta limitación se extiende a los servicios radiofónicos y sonoros a petición y a los servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma. La publicidad de alcohol de menos de 20º se podrá emitir entre las 20:30-5:00 horas. La publicidad de esoterismo y paraciencias, juegos de azar y apuestas también se restringe a la franja horaria de 1:00 horas a 5:00 horas, aunque se establecen algunas excepciones como los juegos de lotería.
Desde un punto de vista cuantitativo, se flexibilizan los límites de la publicidad en los servicios de televisión lineal (en abierto y de pago) de acuerdo con lo marcado en la directiva europea. Así, se pasa de un límite de 12 minutos por hora a un límite máximo de 144 minutos entre las 6.00 horas de la mañana y las 18:00 horas, y a un límite máximo de 72 minutos entre las 18:00 y las 24:00 horas.
Por otro lado, se obliga a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal a reservar el 51% del tiempo de emisión a obras audiovisuales europeas. De ese porcentaje, el 50% se reservará a obras en la lengua oficial del Estado o en alguna de las lenguas oficiales de las comunidades autónomas. De esta subcuota, RTVE reservará un mínimo del 15% a obras audiovisuales en alguna de las lenguas oficiales de las CCAA.
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