La Audiencia reactiva el caso Couso y ordena detener a los tres militares implicados

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz dictó hoy una providencia en la que ordena la detención vía Interpol, a efectos de extradición, de tres militares estadounidenses a quienes imputa las muertes por disparos efectuados desde un tanque del cámara de Tele 5 José Couso y del reportero de la Agencia Reuters Taras Protsyuk, ocurridas el 8 de abril de 2003 cuando ambos se encontraban alojados en el Hotel Palestina de Bagdad, que acogía a la prensa internacional que cubría la invasión de Irak.

Con esta decisión, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 reitera las órdenes de captura que ya acordó en octubre de 2005 contra el sargento Thomas Gibson, el capitán Philip Wolford y el teniente coronel Philip de Camp- quienes se encontraban en el tanque que disparó contra el hotel Palestina-. Las órdenes habían quedado en suspenso después de que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional archivara la causa en marzo del año pasado al considerar los hechos como un “acto de guerra” ajeno a la jurisdicción española.

Posteriormente, el pasado 5 de diciembre, el Tribunal Supremo revocó la decisión de la Sala de lo Penal y ordenó la reapertura de la investigación en la Audiencia Nacional, al considerar que esta instancia es competente para investigar los hechos. La decisión el alto tribunal respondía al recurso interpuesto por la madre del cámara, María Isabel Couso, y sus tres hermanos.

INFORME FISCAL

A petición de la viuda y de los hijos de Couso, representados en la causa por el ex fiscal general del Estado Leopoldo Torres, el juez Pedraz ha solicitado también hoy a la Fiscalía de la Audiencia Nacional que informe sobre la posibilidad de proceder al embargo de bienes de la Administración de los Estados Unidos, con el fin de hacer frente a la responsabilidad civil subsidiaria derivada de una eventual condena de los militares.

En su decisión de diciembre de 2006, la Sala del Supremo compuesta por los magistrados Miguel Colmenero, Julián Sánchez Melgar, Joaquín Giménez, Javier Delgado y Luis Román Puerta basó su resolución en la sentencia dictada en octubre de 2005 por el Constitucional (TC) que declaró que la Justicia española tiene competencia para investigar crímenes de lesa humanidad. En dicha resolución, el TC afirmó que el principio de jurisdicción universal prima sobre la existencia o no de intereses nacionales.

De este modo quedó revocado el auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia del 10 de marzo de 2006, que admitió el recurso presentado por el fiscal contra las órdenes de busca y captura de los militares por entender que la muerte de Couso y del cámara de Reuters no se trató de “un acto intencional doloso de causar la muerte”, sino de “un acto de guerra realizado contra un enemigo aparente, erróneamente identificado”.

Este procedimiento se inició a raíz de una querella presentada por la familia de Couso en la Audiencia Nacional en octubre de 2003 que fue admitida a trámite por el juez que ocupaba por entonces el Juzgado Central de Instrucción número 1, Guillermo Ruiz Polanco.