Nuevos criterios de calificación

Las cadenas de televisión deberán etiquetar sus contenidos por edades a partir de enero

Las cadenas de televisión deberán etiquetar sus contenidos por edades a partir de enero con motivo de la entrega en vigor de los nuevos criterios de calificación de contenidos audiovisuales, siete en total, destinados a los prestadores de servicios de comunicación audiovisual televisiva, que aprobó la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) el pasado mes de julio.

Así lo ha recordado este jueves, 10 de diciembre, la subdirectora de Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, Julia López de Sa, en el marco de una jornada sobre 'La protección de la infancia y la adolescencia en el entorno audiovisual. Desafíos para una regulación eficaz' celebrada en la sede de la CNMC.

Siete categorías de edad y siete de contenidos perjudiciales

Los criterios orientadores han sido configurados para siete categorías de edad: 'Especialmente recomendado para la infancia', 'Apto para todos los públicos', 'No recomendado para menores de 7 años', 'No recomendado para menores de 12 años', 'No recomendado para menores de 16 años', 'No recomendado para menores de 18 años' y 'Contenidos X'. De esta manera, la CNMC ha optado por seguir la calificación por edades recogida en el Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia.

Para la elaboración de estos criterios de calificación se han identificado tanto criterios positivos para la infancia, como siete categorías de contenidos potencialmente perjudiciales: violencia, sexo, miedo o angustia, drogas y sustancias tóxicas, discriminación, conductas imitables y lenguaje (escrito, verbal o gestual).

Dentro de cada categoría de edad se han identificado una serie de contenidos específicos cuya presencia (verbal o visual) se debe analizar específicamente. De la misma forma, se han identificado una serie de moduladores en cada categoría que son los que determinarán el rango de edad correspondiente al contenido audiovisual (realismo, explicitud, detalle o frecuencia, entre otros).

La Resolución es de aplicación tanto a los prestadores de servicios de comunicación audiovisual lineal (tanto en abierto como codificado o prestados a través de plataformas de televisión) como a los servicios de comunicación audiovisual no lineales (a petición) y con independencia del medio de transmisión utilizado (IPTV, televisión online, páginas web o aplicaciones móviles).

“La intención es convencer a los medios de que proteger a los menores puede ser un buen negocio”

“Nuestro interés no ha estado en sancionar sino en concienciar y convencer a los medios de que proteger a los menores y darles un contenido de calidad puede ser un buen negocio”, ha declarado la subdirectora de Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, quien cree que “cuando la nueva señalización esté en vigor se habrá dado un gran paso para que el control parental sea efectivo”.

En este sentido, López de Sa ha defendido que la nueva normativa situará a España “en línea con los países más avanzados”. “El objetivo es que se extiendan a todos los contenidos y pantallas y que los padres los conozcan. Es una tarea difícil que hay que extender no solamente a los prestadores de contenidos sino también a la industria”, ha zanjado.