La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha rechazado un aplazamiento solicitado por Canal+ para cumplir con la tasa que, como cadena de televisión de pago, está obligado a pagar a RTVE, por un importe de 5,6 millones de euros. Asimismo, la CMT ha tumbado sendas solicitudes de Telefónica y Orange, que pedían la devolución de lo ingresado a la corporación en 2012 por considerar esta tasa inconstitucional y contraria al derecho comunitario.
En una resolución del Consejo de la CMT a la que ha tenido acceso Europa Press, Canal+ justificaba en febrero la petición de aplazamiento del pago de la tasa correspondiente al ejercicio 2012 “en una situación puntual, económico-financiera”, que le impedía “de forma transitoria efectuar en los plazos establecidos los pagos” y proponía abonar esa deuda en dos plazos: 2,7 millones de euros en mayo y los 2,9 millones de euros restantes en septiembre.
No obstante, la CMT, tras comprobar un informe de auditoría de las cuentas anuales de Canal+ del ejercicio 2012 y un avance de los estados financieros del primer trimestre consolidado del 2013, concluye que no está acreditado “que la situación económico-financiera de DTS --Canal+-- le impida de forma transitoria efectuar los ingresos de los documentos de pago a cuenta y autoliquidación formulados”, por lo que desestima la solicitud de aplazamiento.
Rechazadas las resoluciones de Telefónica y Orange
Asimismo, el Consejo de la CMT ha rechazado sendas resoluciones de Telefónica y Orange, que pedían la rectificación y devolución de los pagos a cuenta de octubre del 2012 y de las autoliquidaciones anuales correspondientes a ese ejercicio, al considerar que la tasa de RTVE a las empresas de telecomunicaciones es “inconstitucional”, al vulnerar los principios de capacidad económica, igualdad y reserva de ley, y vulneran asimismo la legislación europea.
A estas alegaciones, la CMT responde, como viene haciendo en cada uno de los recursos que han presentado las empresas de telecomunicaciones desde que se aprobó la Ley de Financiación de RTVE en 2009, que “tratándose de normas vigentes, deben ser observadas y cumplidas en tanto los supuestos vicios de inconstitucionalidad aducidos por la interesada no sean constatados por el órgano competente” y que “las administraciones públicas de un estado miembro no puede dejar de aplicar una norma de derecho interno por ser contraria a una comunitaria sin efecto directo”.
Por todo ello, la comisión desestima la pretensión de ambos operadores de devolver la tasa que aportaron para financiar RTVE en 2012. En el caso de Orange, la operadora abonó en 2012 un total de 7,3 millones de euros, en concepto de empresa de telecomunicaciones obligada a pagar el 0,9 por ciento de sus ingresos a la corporación, y 96,6 euros, en calidad de cadena de televisión de pago por cable, obligada a abonar el 1,5 por ciento de sus ingresos anuales. La resolución de la CMT no especifica a cuanto asciende lo abonado por Telefónica.
La Justicia europea avaló la tasa de las telecos a la TV pública francesa
El Tribunal de Justicia de la UE avaló la semana pasada la tasa que impone Francia a los operadores de telecomunicaciones para financiar la televisión pública y ha rechazado el recurso de la Comisión Europea, que alegaba que este impuesto constituye una carga administrativa incompatible con la legislación comunitaria.
A raíz de ese fallo, RTVE señaló la sentencia hace “razonablemente previsible el respaldo de la justicia comunitaria al modelo actual de financiación de RTVE”.