La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido incoar un expediente sancionador a la Corporación Radio Televisión Española (RTVE) por superar el límite de tiempo de emisión dedicado a autopromociones, el pasado mes de marzo en La 1 y La 2.
Así lo ha dado a conocer el organismo estatal, que ha recordado que el artículo 13.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), establece que “para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj y sus contenidos estarán sujetos a las obligaciones y prohibiciones establecidas con carácter general para la publicidad comercial”.
Finalmente, la CNMC ha puntualizado que la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación, de forma que ahora se abre un periodo máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y la resolución del expediente por parte de la CNMC. RTVE dispone de quince días para presentar alegaciones.