El Gobierno impondrá a Sogecable una serie de condiciones y obligaciones limitativas relacionadas con los derechos sobre el fútbol y el cine durante tres años, para poder emitir en abierto las 24 horas del día en analógico y digital, informaron fuentes del sector. Según la propuesta elaborada por el Ejecutivo, que ha sido remitida a Sogecable y al resto de operadores de televisión para que realicen las oportunas alegaciones, las obligaciones incluyen los derechos para la retransmisión en abierto de partidos de fútbol de Liga y de Copa del Rey, desde la temporada 2006/2007 hasta la 2008/2009. En este sentido, Sogecable estará obligada a garantizar la explotación de la emisión de un partido en abierto por jornada, en canales distintos a los que sean de su titularidad, siempre y cuando existan operadores interesados en su adquisición. Así, los canales de televisión de Sogecable difundidos en abierto sólo podrán hacer uso de los derechos sobre fútbol de los que sea titular este operador o alguna empresa participada en condiciones estrictamente equitativas, transparentes y no discriminatorias en relación con el resto de operadores de televisión en abierto. Derechos sobre el cine En cuanto a largometrajes cinematográficos y series producidas por grandes estudios sobre los que disponga de derechos en exclusiva en cualquier ventana de pago, el Gobierno establece que no podrá adquirir derechos de la primera ventana de explotación en abierto. Unicamente si pasan tres meses desde que los contenidos se encuentran disponibles para dicha ventana de difusión y ningún otro operador adquiere los derechos, la concesionaria podrá acceder a estos derechos para su difusión en abierto. Por otra parte, Sogecable estará obligada a separar contablemente el servicio de difusión de televisión de pago y en abierto, y a ofrecer una guía de programación interactiva en el canal digital. Además, la concesionaria deberá ofrecer en su canal digital al menos el 20% de programación diferente de la emitida en analógico, obligación que quedaría sin efectos en el caso de que dispusiera de canales digitales adicionales al que tiene en la actualidad, con lo que estaría obligada a no reemitir en los nuevos canales digitales ningún programa ya difundido en su canal analógico. Por último, la concesionaria deberá desarrollar una campaña publicitaria durante al menos un año, desde el comienzo de sus emisiones en abierto, en horarios de máxima audiencia, encaminada a informar al público, en su canal analógico, de su programación y servicios en el canal digital.
Dicha comunicación habrá de incluir una invitación a los espectadores a dotarse de los medios de acceso a la televisión digital terrestre, informando de la diferencia de la programación y del lanzamiento del canal digital.