Es “informativo” para ilustrar el “fenómeno”

El Supremo avala la biografía no autorizada de Belén Esteban

El Supremo avala la biografía no autorizada de Belén Esteban

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha desestimado una demanda interpuesta por Belén Esteban, conocida como “la princesa del pueblo”, contra la editorial A.C.A.D.A.P., responsable de la publicación del libro “Arriba la Esteban”, en el que se analizaba el fenómeno mediático del personaje.

Esteban había recurrido al alto tribunal después de que la Audiencia Provincial de Madrid revocara una sentencia dictada anteriormente por el Juzgado de Primera Instancia numero 4 de la capital que entendió que en este caso sí había intromisión ilegítima al derecho al honor de la demandante y condenó a la editorial a indemnizar al popular personaje televisivo con 30.000 euros.

El Supremo dice que es un libro “informativo” para “ilustrar el fenómeno”

En el análisis de la colisión entre el derecho al honor y el derecho a la libertad de expresión, el Tribunal Supremo entiende que debe prevalecer este último al haberse ejercitado la creación artística de forma legítima, “no sólo por el interés informativo del libro dentro del género de entretenimiento, sino también por la ausencia de expresiones de carácter ofensivo o insultante, siendo las utilizadas necesarias para el propósito del libro, que es ilustrar a los lectores sobre el fenómeno mediático del personaje”.

La Sala Primera del Supremo recuerda que Esteban, que inicialmente también había demandado a la autora de la obra, María JoséFernández, llegó finalmente a un acuerdo transaccional con ésta y continuó el procedimiento únicamente contra la editorial.

La sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala, José Antonio Xiol, desestima el recurso de casación interpuesto por Belén Esteban y confirma la decisión de la Audiencia Provincial en cuanto a los efectos del acuerdo transaccional, al entender que el resarcimiento moral que produjo la declaración de la autora del libro a la demandante hace perder efecto lesivo a la conducta de la editorial.

Pipi Estrada tendrá que indemnizar al ex novio de Terelu

La sala de lo civil del Tribunal Supremo también ha ratificado la sentencia de la Audiencia de A Coruña que condenó al periodista deportivo Pipi Estrada a indemnizar con 15.000 euros a Carlos Agrelo, exnovio de Terelu, informa la SER.

Estrada insinuó en el programa A tu lado de Telecinco que Agrelo consumía drogas. La noticia presenta un matiz “injurioso”, según los magistrados, ya que el demandado no ha podido probar la veracidad de lo afirmado. Más bien, concluyen, se presenta como noticia “lo que en realidad tiene apariencia de rumor”.

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