La Audiencia de Madrid ha condenado a Telecinco a pagar al presentador de televisión Pepe Navarro una indemnización de 270.000 euros, una de las más altas que se conocen, por la “campaña sistemática de descrédito” de que fue objeto “durante dos meses y en todas las franjas horarias”, según informa hoy El País.
Dicha campaña se concretó en continuas referencias a “paternidades clandestinas y no reconocidas, influencias en la causación de abortos, presiones con fines sexuales en el ámbito laboral, relaciones extramatrimoniales”, etcétera. “Esto puede ser una tónica habitual de la denominada telebasura, pero quien se ve afectado por ella no tiene el deber de soportarlo, aunque sea un profesional del medio e incluso en su trabajo anterior también pueda tener este calificativo”, señalan los magistrados.
La sentencia de la Sección 11 de la Audiencia de Madrid, de la que ha sido ponente el magistrado Sagrario Arroyo García, señala que los 11 soportes audiovisuales aportados por los abogados del Estudio Jurídico Ejaso, que ha representado a Navarro, referentes a programas como Aquí hay tomate, A tu lado, Salsa rosa express, Ana Rosa y TNT, emitidos en diferentes horarios entre el 2 de febrero y el 1 de marzo de 2006, vulneraron la intimidad personal y familiar del presentador.
En dichos programas, “con reiteración hasta el hastío”, se divulgaron hechos que afectaron a la intimidad de Navarro y de su familia, hasta realizar “una revisión de su vida privada en los últimos 10 años”.
La sentencia rechaza el argumento de Telecinco de que se trate de un “reportaje neutral”, por cuanto no se limita a “transmitir declaraciones, limitándose a narrarlas sin alterar la importancia que tengan”, sino que “se reelabora la noticia con continuos comentarios” y los presentadores “no son asépticos en cuanto a la información que transmiten”.
Tampoco admite el alegato de que los reportajes se ilustrasen con imágenes del presentador en lugares públicos, porque las imágenes “se completan con otras escenas de la vida privada”, como la de la de “ir a recoger a su hijo”. Una imagen que, según el tribunal, puede causar resultados contraproducentes en un programa que “trata de revelar relaciones sentimentales con diversas personas”.
Las informaciones de Telecinco sobre Navarro fueron, en definitiva, “expresión de un sensacionalismo morboso sobre la vida privada de una persona e incluso escabroso y fuera de todo rigor”. La sentencia no estima, sin embargo, la pretensión de elevar la indemnización de los 270.000 a 2,3 millones de euros, cantidad que el tribunal cree “desproporcionada”.