“La Fiscalía debería ilegalizar al PP por organización criminal”
Carles Mulet, senador de Compromís, pide tras la Operación Taula que la acusación pública inicie el procedimiento para disolver el partido presidido por Mariano Rajoy. Este es el texto que ha remitido a los medios de comunicación.
“Recuerdo cuando hace años, por las mañanas, de camino a la oficina pasaba ante un centro privado educativo, donde antes de que abrieran las puertas tenían esperándoles un fajo enorme de un solo diario, siempre pensaba qué uso le podían dar esos adolescentes a tanto de papel de diario continuo, y recuerdo que comentándolo conmás gente decían que era cosa del gobierno autonómico del Partido Popular, el repartir ese periódico en cantidades industriales por centros públicos, concertados o simplemente con aquellas entidades con las cuales se mantuviera un convenio, colaboración o estuviera en una base de datos.
¿Y cómo se pagaba esto?, pues ya te puedes hacer una idea. Empresarios afines al régimen podían montar con todo lujo de medianos ediciones locales, con un espectacular despliegue de recursos materiales y humanos. Y se hacía, no veas como, diarios, ediciones provinciales, televisiones nuevas, emisoras, periódicos gratuitos, panfletos. Entre ayudas de la administración autonómica, provincial o municipal se podía mantener esa ancha red de propaganda partidista que pagábamos entre todos, mientras a los medios de más audiencia y seguimiento público, si eran mínimamente críticos o contaban aquello que era noticia pero molestaba al poder, se le cortaba toda ayuda publicitaria.
Ahora, esta semana uno de esos medios propagandísticos que ha sobrevivido durante años gracias a la teta institucional, ha dedicado portadas de antología, para guardarlas y enmarcarlas, calificando al PP valenciano de organización criminal entre otras noticias, con fotos impactantes de la mano derecha de Rita Barberà acurrucada en el asiento de atrás de un coche de la policía.
Y esto es muy sintomático; algunos han entendido que no tienen que morder la mano que los da de comer, pero en el momento que se ha acabado la comida y sabes que ya no va a venir, quien ha estado durando décadas sobrealimentándote cpn todo lujo de productos groumet, la rábia se apodera y olvidas el pasado. Y por otra, tambien te demuestra que el régimen se hunde; decir las cosas por su nombre ya no genera ningún escándalo ni problema, decirle organización criminal al PP valenciano, es loque algunos llevamos años diciendo y ahora la policía y los juzgados nos dan la razón, y sus propios medios de propaganda, los que siempre nos han maltratado por decirle criminal al PP, ahora lo llevan en sus titulares .
El último episodio de esta larga semana, con Rus detenido, con el entorno directo de Rita Barberà también “ en el cuartelillo” o imputados, y con la justicia rodando la que los suyos calificaban a “la jefa”, después de todo el que ha caído sobre los cargos de ese partido, empezando por casos de los de Carlos Fabra o aquel Fernández Mateo que robaba a las monjitas, con los centenares de imputados, con Blasco ya en prisión, con todo lo que todavía espera ser juzgado de la Gürtel, Emarsa, Brugal, y el interminable etcétera, demuestra hasta qué punto ese partido era esto, una organización criminal, donde mientras algún concejal de pueblo se creía buenamente su papel de gestor público, buena parte se dedicaba a robar a los contribuyentes, al emplear todos los ilícitos posibles para perpetuarse en el poder para poder continuar robando.
Y sale ahora Alberto Fabra con lágrimas de cocodrilo a la tele queriendo escenificarse como víctima; justamente ese político gris que creció a la sombra de las empresas implicadas en la Gürtel, a la sombra de Carlos Fabra, o aplaudiendo a Barberà, Rus y el campsismo. Nadie se lo cree, y la sensación es que si no sabemos más, es porque lo han podido hacer de manera más profesional o porque todavía no se ha encontrado el hilo del cual estirar para descubrir un nuevo estercolero.
Estupefactos vemos como la ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos. Establece en su capítulo II De la organización, funcionamiento y actividades de los partidos políticos, en su artículo 6. “Principios democrático y de legalidad.” , dice que los partidos políticos se ajustarán en su organización, funcionamiento y actividad a los principios democráticos y al que se dispone en la Constitución y en las leyes.
Y en su capítulo III De la disolución o suspensión judicial de los partidos políticos. Artículo 10. Disolución o suspensión judicial. 1. Además de por decisión de sus miembros, acordada por las causas y por los procedimientos previstos en sus estatutos, sólo procederá la disolución de un partido político o, si procede, su suspensión, por decisión de la autoridad judicial competente y en los términos previstos en los apartados 2 y 3 del presente artículo. La disolución surtirá efectos desde su anotación en el Registro de Partidos Políticos, previa notificación del propio partido o del órgano judicial que decreto la disolución. 2. La disolución judicial de un partido político será acordada por el órgano jurisdiccional competente en los casos siguientes:
a) Cuando incurra en supuestos tipificados como asociación ilícita en el Código Penal. b) Cuando vulnere de forma continuada, reiterada y grave la exigencia de una estructura interna y un funcionamiento democráticos, conforme al previsto en los artículos 7 y 8 de la presente Ley Orgánica.
c) Cuando de forma reiterada y grave su actividad vulnero los principios democráticos o persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático. 3. La suspensión judicial de un partido político sólo procederá si así lo dispone el Código Penal. Podrá acordarse también como medida cautelar, en virtud del que se dispone en la Ley de Enjuiciamiento Criminal o en los términos del apartado 8 del artículo 11 de la presente Ley Orgánica. Artículo 11. Procedimiento.
1. Están legitimados para instar la declaración de ilegalidad de un partido político y su consecuente disolución, en virtud del que se dispone en los párrafos b) y c) del apartado 2 del artículo anterior de esta Ley Orgánica, el Gobierno y el Ministerio Fiscal. El Congreso de los Diputados o el Senado podrán instar en el Gobierno que solicite la ilegalización de un partido político, quedando obligado el Gobierno a formalizar la correspondiente solicitud de ilegalización, previa deliberación del Consejo de Ministros, por las causas recogidas en el artículo 9 de la presente Ley Orgánica. La tramitación de este acuerdo se ajustará al procedimiento establecido, respectivamente, por la Mesa del Congreso de los Diputados y del Senado.
¿Por qué no actúa entonces la Fiscalía General de la Estado si estamos ante una organización criminal?, seguro que por menos, se ha movido toda la maquinaria del Estado y la Fiscalía.“