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La encargada de explotar la mina de Aznalcóllar no cumplía “las exigencias mínimas” del concurso

La Junta de Andalucía indica que discrepancias en el concurso de Aznalcóllar se dirimirán en arbitraje

Javier Ramajo

Apenas unos días después de conmemorarse el 17º aniversario del desastre ecológico de Aznalcóllar y casi dos años más tarde de que la Junta anunciara un concurso internacional para explotar de nuevo el complejo minero de la localidad sevillana, adjudicado en febrero, un juzgado ha puesto en duda la forma en que se resolvió. Según advierte la jueza de instrucción número 3, la agrupación de empresas México-Minorbis pudiera haber incumplido “las exigencias mínimas, ni siquiera, para superar la primera fase del concurso de adjudicación” para proceder a la reapertura del complejo minero.

En un contudente auto, adelantado este miércoles por El Mundo, la jueza asegura que, de la información recabada hasta la fecha y, en particular del atestado elaborado por la Udef, se evidencian, al menos indiciariamente, las “irregularidades graves que vendrían a confirmar gran parte de los extremos expuestos por la parte denunciante”. El pasado marzo, la empresa Emérita Resources España SLU, que aspiraba a hacerse con la explotación, acusó de prevaricación, cohecho, fraude y tráfico de influencias a los responsables de la Mesa de Contratación, alegando que Minorbis es en realidad una filial de Magtel y carecería de los presupuestos mínimos necesarios para haber obtenido la adjudicación, denunciando trato de favor a esta entidad en otra serie de expedientes de subvenciones y ayudas concedidas por parte de la Junta de Andalucía.

La jueza sube en el escalafón de la Junta y oficia al Grupo X de Medios de pago de la UDEF para que cite a declarar, incluyendo a los técnicos y a la directora general de Industria, Energía y Minas de la Junta, María José Asencio Coto, como responsable de las decisiones adoptadas en el proceso de adjudicación, desde la revisión inicial de solicitudes hasta la conformación de las sucesivas fases administrativas, firmando incluso la resolución de adjudicación de 25 de febrero “pese al anuncio de un recurso con efectos suspensivos”.

En ese sentido, el auto considera que debe aclararse la “posible vulneración” del artículo 45 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y que prevé la suspensión del expediente de tramitación una vez interpuesto el recurso en materia de contratación. De ahí que resulte imprescindible, según la jueza, recibir declaración también a las personas responsables de que Minorbis no fuese excluída en la fase inicial pese a “no cumplir la exigencia de aportar informe expedido por la Oficina Consular de España en Méjico, respecto de la capacidad de obrar del Grupo México” o “no detallar tampoco el compromiso inversor de las partes asociadas”.

El acuerdo entre empresas, “una declaración de buenas intenciones”

Y señala la jueza que, frente a los principios que recoge el Decreto-ley 9/2013 por el que se articulan los procedimientos necesarios para la reapertura de la mina de Aznalcóllar, dirigidos a “la empresa minera que ofrezca las mejores condiciones científicas, técnicas, de seguridad y ambientales, y las mayores ventajas económicas y sociales”, “no se observa, en cambio, el más mínimo rigor en la actuación de la administración y ello pese a tratarse de la misma explotación minera donde se registró el desastre del vertido ecológico en el año 1998”.

A la jueza le resulta “cuanto menos cuestionable y llamativa” la naturaleza del acuerdo alcanzado entre Minorbis y Grupo México, una declaración conjunta de compromiso para aportar al consorcio, que en su caso lleguen a formar si resultara adjudicatario del concurso (como así fue) y que “no parece exceder de una declaración de buenas intenciones”.

Además, y según la resolución de 13 de enero de 2014, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas por la que se convocó el concurso público, era también imprescindible tener un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe mínimo de 1.500.000 euros (“la suscrita por Minorbis es sólo una póliza de responsabilidad civil general”). La jueza aprecia también “incumplimiento de la obligación de presentar las cuentas anuales en el Registro mercantil o declaración del volumen global de negocios”, detallando que “simples capturas de pantalla de las web de grupo México y referencias genéricas suplen el deber de acreditar el capital social suscrito , la experiencia de trabajos similares y el volumen de negocio análogo”.

También se recoge que el equipo técnico mínimo es puntuado con la nota máxima de 10 por la comisión técnica “pese a las evidentes carencias que presenta, con múltiples documentos no convalidados, siquiera y, evidentes deficiencias cuantitativas y cualitativas”. En el apartado de maquinarias, material y equipo técnico “no se observan tampoco cumplidas las exigencias” y la maquinaria “se encuentra además en América”, ecoge el escrito judicial en otros aspectos técnicos.

La cuestión medioambiental

En el aspecto medioambiental, advierte además el auto de “incongruencias en la valoración del proyecto de explotación” en cuanto a evacuación de residuos, preservación de espacios protegidos y valoraciones comparativa de Emeritas y Minorbis. La Junta de Andalucía vetó a Boliden y a empresas relacionadas directa o indirectamente en el concurso para reabrir la mina. Cabe recordar que era la multinacional que en 1998 explotaba la mina cuando se produjo el vertido tóxico, cuya reparación costó a la Junta de Andalucía 89,6 millones de euros que todavía se le reclaman.

La presuntamente perjudicada en el concurso, desde la denuncia inicial de marzo, amplió la misma exponiendo la intervención remunerada de Andrés Luque, antiguo delegado provincial de la Consejería de Empleo, a través de su sociedad Fisur, facilitando la obtención de ayudas por parte del Grupo Magtel. Asimismo, denunció un nuevo delito de fraude de suvenciones en relación a las energías renovables, nuevamente en relación con Magtel, el grupo Justina y la planta termosolar de La Africana. También denunció Emerita la concesión fraudulenta de un préstamo por parte de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Económica de Andalucía S.A. a Magtel Comunicaciones Avanzadas. En abril se resolvieron las personaciones interesadas por la Federación Ecologistas en Acción -Sevilla - en el ejercicio de la acción popular, y de la entidad SC Andalucía Mining SA como perjudicada.

Las sospechas de IU

En febrero, recién aprobada la adjudicación y en los desayunos del Fórum Europa Tribuna Andalucía, el coordinador general de IULV-CA y entonces candidato a la Presidencia de la Junta, Antonio Maíllo, denunció sin dar nombres que hay “antiguos altos cargos de la Junta”, en relación de “delegados territoriales de hace mucho tiempo”, que están trabajando en la empresa adjudicataria, la agrupación empresarial México-Minorbis.

Maíllo mostró entonces la preocupación de su formación porque haya habido una política “de puertas giratorias” en la adjudicación que, en su opinión, se produjo de una forma “precipitada” por parte del Gobierno andaluz. “Que la presidenta de la Junta diga que adelanta un mes esa concesión no es una virtud porque hay que hacer las cosas bien”, destacó Maíllo, que echaba en falta “una total transparencia” en el proceso. Tras apuntar, además, que la empresa adjudicataria está incursa en un desastre medioambiental en México, el dirigente de izquierdas advirtió de que las “prisas electorales” no son buenas y que podrían llevar a una “chapuza” en este asunto.

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