Mercedes Alaya ha querido aclarar a través de un nuevo auto que no ha planteado “ni siquiera como hipótesis de estudio” la existencia de responsabilidad por parte del Parlamento de Andalucía en el caso de los ERE. La Fiscalía Anticorrupción había puesto en duda la necesidad de que los peritos de la Intervención General del Estado tuvieran que analizar la numerosa documentación solicitada por la jueza
En respuesta al escrito de la Fiscalía, Alaya, que había reclamado a la Junta los diarios de sesiones de los plenos en la que se aprobaron los presupuestos entre 2001 y 2010, y los diarios de sesiones de la Comisión de Economía y Hacienda de esos años, aclara que “acotó el objeto de examen a dicha comisión” y no a la totalidad de la Cámara andaluza.
El Ministerio Público había solicitado que se dejara sin efecto los requerimientos de la jueza de obtener información emanada del Parlamento, vía Junta de Andalucía, acerca del presunto mal uso de las transferencias de financiación para el pago de subvenciones sociolaborales y de si algún parlamentario llegó a levantar la voz en alguna sesión parlamentaria.
Ahora, Alaya corrige su decisión anterior y acuerda solicitar a la Secretaría General del Parlamento andaluz una serie de documentación que, en su auto anterior, había pedido a la Junta de Andalucía, ya que la primera “goza de autonomía administrativa”.
La instructora recuerda que, según se recoge en el informe ejecutivo de la Intervención General del Estado, “el Parlamento, al aprobar la partida de transferencia de financiación, actuó con estricto respeto a la legalidad, ya que el propio Parlamento con anterioridad había definido claramente la naturaleza y finalidad de las transferencias de financiación, ratificándola año tras año en las leyes de presupuestos del periodo 2000-2012”.
Según recuerda la juez, los peritos mantuvieron que “es obvio que el legislador andaluz no pretendió que, a través del uso de las transferencias de financiación a IFA-IDEA, se vulneraran las normas de concesión de subvenciones y de fiscalización de las mismas contenidas en el ordenamiento jurídico, tanto el aprobado por él, como el dictado con carácter básico para el conjunto del Estado”.
Alaya asevera que “congruentemente con tal planteamiento”, acordó por auto de 3 de marzo requerir informe de los peritos sobre “qué pudo conocer” la Comisión de Economía y Hacienda del Parlamento andaluz “sobre las irregularidades que se estaban cometiendo”, de manera que se “acotó” el objeto de examen a dicha comisión.
En este sentido, la juez explica que “teniendo en cuenta las anteriores consideraciones y que los presupuestos se encuentran publicados en la página web de la Consejería de Economía y Hacienda, siendo tal la documentación manejada por los peritos, así como del inmenso volumen que ocuparía, no ha lugar por ahora a requerir al Parlamento para que remita la totalidad de la documentación remitida por la Junta acompañando al Proyecto de Ley de Presupuestos”, todo ello “sin perjuicio de lo que resulte una vez se reciba la documentación relatada en relación a la comisión parlamentaria”.
Y es que la juez aprovecha el auto para aclarar una serie de cuestiones incluidas en el auto de 3 de marzo, de manera que acuerda solicitar a la Secretaría General del Parlamento andaluz documentación que había pedido a la Junta de Andalucía, ya que la primera “goza de autonomía administrativa”, y en concreto el diario de sesiones de la comisión parlamentaria de Economía y Hacienda desde 2001 hasta 2010 “donde se debata la aprobación del presupuesto anual” y el diario de sesiones del Parlamento, “en particular de la sesión plenaria en la que se aprueben los presupuestos anuales del periodo 2001-2010”.
En el mismo auto, la juez hace referencia a un escrito presentado por la defensa de dos exaltos cargos imputados en la causa para dejar claro que “el uso de las transferencias de financiación para otorgar subvenciones no es una afirmación” de la Intervención General “única y sorpresiva, sino un criterio compartido por los órganos de control contable de la Junta y en los que se basa una de las líneas de investigación de la presente causa”.
“Es decir, no se cuestiona por esta instructora el mecanismo presupuestario de las transferencias de financiación, sino el uso que se ha realizado de las mismas con fines totalmente ajenos a los que estaban destinadas y que han propiciado que los fondos públicos andaluces hayan sido repartidos con criterios totalmente arbitrarios”, asevera la magistrada.