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Sobre este blog

Derecho y bienestar animal: justicia para los que sienten

Cuando propuse a eldiario.es la creación de un blog en el que abordáramos las novedades que se están produciendo en la aplicación del derecho a los animales, recuerdo la conversación corta pero intensa. No podía ser de otra manera.

Corta, porque es indispensable, necesario y de justicia, tanto para la sociedad como para los animales. E intensa, porque la creciente preocupación social de los derechos de los animales, su protección y bienestar han llevado a una serie de mejoras en las distintas normativas y a un cambio de percepción sobre la posición del hombre hacia los animales.

Empezamos éste novedoso blog con mucha ilusión, para todas aquéllas personas con sensibilidad, amor y respeto hacia los animales, como foro informativo y formativo, a través de expertos en la materia.

Es nuestro deseo el poder despertar conciencias, a través de un foro donde las distintas situaciones en la interrelación hombre-animal, nos lleven a profundos debates, sociales, jurídicos, éticos y científicos.

Sobre la base científica, mundialmente reconocida y aceptada, de que los animales son seres sensibles, que tienen capacidad de sufrimiento y de experimentar sensaciones de dolor, alegría, miedo, gratitud, amor, estrés, entre otras, analizaremos el amplio escenario donde los animales y sus derechos serán los protagonistas.

El derecho animal es la nueva rama del derecho con más auge en los últimos tiempos, y a la que se dedican de forma exclusiva cada vez más abogados y otros operadores jurídicos. Así, son cada vez más los colegios de abogados de España que han creado Secciones o Comisiones especializadas en derecho animal como herramienta para mejorar las normas de protección de los animales.

Por su parte, el bienestar animal, como concepto internacionalmente aceptado, que abarca el conjunto de actuaciones encaminadas a lograr la calidad de vida del animal conforme a sus necesidades etológicas, nos llevará a analizar un amplio campo de situaciones donde precisamente el bienestar de los animales no es respetado, a pesar de la amplia cobertura jurídica.

Las cada vez más asociaciones de defensa de los animales, la creación de unidades de policía especializadas en maltrato animal, las novedosas sentencias en la materia, los Congresos dedicados específicamente a tratar éste ámbito, la repulsa social a actos de crueldad hacia los animales, hacen que nos encontremos ante una realidad incuestionable: estamos ante el siglo de los derechos de los animales.

Era impensable hace unos años que una persona ingresara en prisión por maltratar a un perro (Caso Mix) o que se reconociera como sujeto de derecho no humano a un chimpancé a través de un Habeas Corpus (caso de la chimpancé Cecilia, Argentina y del oso Chuncho en Colombia).

En nuestro país, gracias a ésta emergente concienciación y sensibilización hacia los animales, los distintos colectivos defensores de sus derechos junto a la presión social, han llevado a grandes avances en la materia.

En el ámbito penal, la Reforma del Código Penal del año 2015, reformó el artículo 337 del delito de maltrato animal, ampliando los animales objeto de protección penal, tipificando como delito la explotación sexual de animales, agravando las penas de prisión e inhabilitación, e incorporando la pena de inhabilitación para la tenencia de animales. También, y se castiga como delito, por primera vez, el abandono del animal (Art. 337 Bis Código Penal).

Se han dado pasos importantes como la ratificación por España del Convenio Europeo de Animales de Compañía que, entre otras medidas, prohíbe el corte de la cola a los perros por razones estéticas. La reciente aprobación por unanimidad de una proposición no de ley que instaba al Gobierno a promover las reformas legales necesarias para crear una categoría especial en el Código Civil donde se les definía como “seres vivos dotados de sensibilidad”, ( y no “cosas”), así como para que no puedan ser objeto de embargo en ningún procedimiento judicial, se ha convertido en una proposición de ley que cambiará el régimen jurídico de los animales y modificará el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

A nivel autonómico, en el año 2017, han entrado en vigor tres nuevas leyes de protección de los animales, en Madrid, Galicia y Baleares. La ley madrileña aboga por el sacrificio cero, que debe ir precedido de medidas para evitar el abandono y fomentar la adopción y tenencia responsable.

A nivel local, muchos ayuntamientos han ido mejorando sus ordenanzas municipales de protección animal, adaptándose a las nuevas sensibilidades y al reconocimiento de los derechos de los animales, tales como la protección y reconocimiento del gato feral o callejero, el control ético de las colonias de gatos, la prohibición de animales en ferias, ola prohibición de la utilización de animales salvajes en los circos, entre otras.

Sin embargo, pese a las loables reformas, entendemos que queda mucho camino por recorrer para la efectiva protección y reconocimiento de los derechos de los animales.En cuanto al delito de maltrato animal, quién suscribe, junto al Colegio de Abogados de Málaga, con el informe del fiscal de Medio Ambiente de Málaga, hemos propuesto la reforma de dicho delito para crear un subtipo agravado, en casos de especial gravedad.

Igualmente, entendemos necesario la puesta en marcha de otras muchas medidas, destacando la elaboración de una Ley marco estatal de protección animal, la creación de un registro de maltratadores de animales, Unidades específicas de protección animal en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, y fomentar la educación en la empatía hacia los animales, para que las futuras generaciones puedan sentirse orgullosas de construir una sociedad ética y justa hacia los animales no humanos, en el reconocimiento de sus derechos, como seres vivos dotados de sensibilidad.

Cuando propuse a eldiario.es la creación de un blog en el que abordáramos las novedades que se están produciendo en la aplicación del derecho a los animales, recuerdo la conversación corta pero intensa. No podía ser de otra manera.

Corta, porque es indispensable, necesario y de justicia, tanto para la sociedad como para los animales. E intensa, porque la creciente preocupación social de los derechos de los animales, su protección y bienestar han llevado a una serie de mejoras en las distintas normativas y a un cambio de percepción sobre la posición del hombre hacia los animales.