El permiso de maternidad de la presidenta Susana Díaz reabre el debate sobre la posibilidad o no de los políticos y políticas de conciliar su vida política con la familiar. “El diputado o diputada que por razón de paternidad o maternidad con ocasión de embarazo, nacimiento o adopción no pueda cumplir con su deber de asistir a los debates y votaciones del Pleno podrá delegar el voto en otro miembro de la Cámara”. Lo dice el Artículo 85.5 del Reglamento del Parlamento de Andalucía y a él se acogieron en la anterior legislatura seis diputadas y un diputado.
La Cámara autonómica aprobó en 2009 una reforma reglamentaria al respecto de las bajas por paternidad o maternidad. En el Congreso de los Diputados, donde se organizó el voto telemático para aquellos parlamentarios que no pudieran acudir a las votaciones por cuestiones médicas o parentales, ningún diputado varón solicitó durante la presente legislatura el uso de esa prerrogativa tecnológica para atender a sus hijos. En Andalucía, son mayoritariamente las mujeres las que pidieron esta posibilidad.
En la IX legislatura andaluza, que concluyó el pasado mes de abril, hubo varias solicitudes de delegación de voto por maternidad. En concreto, la socialista Raquel Arenal y las populares María Francisca Carazo, Aránzazu Martín, Ana Mestre, Rafaela Obrero y Rosario Soto. La socialista Verónica Pérez dio a luz la pasada legislatura pero no está registrada ninguna solicitud de delegación de voto, ya que pudo coincidir con los meses de vacaciones parlamentarias. La única delegación de voto por paternidad correspondió a Adolfo Molina Rascón, del PP.
La delegación de voto debe realizarse mediante escrito dirigido por el diputado o diputada afectado a la Mesa del Parlamento, en el cual deberá constar el nombre del miembro de la Cámara que recibe la delegación, así como los debates y las votaciones donde habrá de ejercerse o, en su caso, el periodo de duración de aquella.