Cuentan que fue un trabajador de Mercasevilla quien avisó al PP de que se habían encontrado en uno de los ERE de la sociedad a ciertas personas que no habían trabajado nunca allí. Los populares no perdieron la ocasión y la jueza Mercedes Alaya empezó a tirar del hilo de aquellos primeros 'intrusos'. El fallo del Tribunal Supremo que inhabilita a Chaves y manda a la cárcel Griñán, y que pone fin a aquel germen, origen sin duda del caso de los ERE, tiene muchas derivadas. Entre ellas, las que padecen 40 familias de personas que firmaron con la sociedad, perteneciente al Ayuntamiento de Sevilla y la empresa estatal Mercasa, acogerse voluntariamente a un plan de prejubilación en 2007 y que ahora tienen que hacer frente al pago de miles de euros al haber sido condenados a reintegrar a la empresa buena parte de aquel acuerdo económico, según ha acordado la empresa por primera vez a principios de este mes de julio. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía –TSJA– está revocando sentencias de los juzgados de lo Social que daban la razón a los extrabajadores, que lamentan que fueron “estafados” porque acordaron con la empresa una compensación para extinguir su relación laboral que, años más tarde, la propia empresa les reclama por vía judicial.
“Nos engañaron”, comenta a elDiario.es/Andalucía uno de aquellos 40 empleados que aceptaron la salida voluntaria de la empresa de los 56 que fueron incluidos en aquel ERE de 2007, que tuvo un coste de unos 9 millones de euros. “Mercasevilla nos estafó porque firmó con nosotros unas condiciones y ahora nos exigen los pagos”, insiste después de que no haya fraguado el intento de que la sociedad mixta retirara las demandas planteadas pese al apoyo de CCOO y UGT en ese sentido. La Comisión Ejecutiva de los Mercados Centrales de Abastecimiento de Sevilla ya ha adoptado un primer acuerdo con un exempleado para que abone “en un plazo de cinco años con recargo de intereses” la cantidad “indebidamente cobrada”, confirman fuentes municipales, en ese caso de unos 12.000 euros, si bien otros tendrán que hacer frente a mayores 'hipotecas'. Otra opción que se está manejando desde Mercasevilla es abonar la “indebida” cantidad acordada “en diez años previa aportación de garantía”.
Pese a que Mercasevilla ha aprobado exigir tal devolución para “proteger el patrimonio de la sociedad Mercasevilla pero también ofrecer facilidades de reintegro”, ese “indebidamente” que utiliza el Ayuntamiento enerva a estos extrabajadores afectados. También critican que digan que ese primer exempleado, según consta en ese primer acuerdo, suscrito este mismo mes de julio, se diga que “vio extinguida su relación laboral con Mercasevilla mediante Expediente de Regulación de Empleo en el año 2007”. “Fue un plan de prejubilación pactada y voluntaria”, insisten al trascender el documento.
Absueltos de malversación
De aquellos 40 extrabajadores, han perdido la vida 13 en estos años, tres de ellos de ataques repentinos al corazón. Otros tienen importantes problemas de salud. “El caso ERE mata”, dice uno de estos exempleados. Todos ellos se acogieron en 2007 a unas prejubilaciones acordadas con la empresa. En diciembre de 2019, precisamente un mes después de la primera sentencia de los ERE, la Justicia consideró que el sujeto obligado al “pago de lo debido” desde 2007 era y es Mercasevilla y que las cantidades percibidas hasta el momento debían ser computables como rentas.
La Sala de lo Social del TSJA se pronunció así respecto a los trabajadores que cobraron la ayuda familiar, solicitada según les indicó la empresa para acogerse al ERE, pero fue la misma Sala la que, en octubre de 2014, consideró que los trabajadores solamente debían percibir una indemnización por despido improcedente, en todo caso con Mercasevilla como responsable. Antes, en marzo de 2019, nueve de estos exempleados fueron absueltos de malversación tras reclamarles la empresa los “excesos” en la indemnización acordada. Mucho antes, en 2009, cuando estalló la macrocausa, la Junta se desligó de la financiación del ERE al descubrirse la presunta trama de prejubilaciones fraudulentas y subvenciones arbitrarias con cargo a fondos autonómicos, quedando sus rentas en el aire.
Aunque entre 2007 y 2008, el entonces director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, Francisco Javier Guerrero, fallecido en octubre de 2020, había firmado varios documentos mostrando la “conformidad” de su departamento para el libramiento de fondos para las prejubilaciones de los trabajadores de Mercasevilla acogidos al ERE de 2007, el posterior director general de Trabajo y Seguridad Social, Daniel Alberto Rivera, resolvió que estos actos fueron “meros actos de comunicación huérfanos del sustento de cualquier resolución o convenio”.
“Derecho al reembolso”
Desde finales de 2018 hasta la actualidad, distintos juzgados de lo Social vienen resolviendo los recursos de la empresa para el pago de sus prejubilaciones, con sentencias “contradictorias” en algunos casos, pero ha sido en los últimos meses cuando los fallos han adquirido firmeza y Mercasevilla ya está exigiendo el pago de las cantidades de acuerdo a lo que está dictaminando la Justicia. Una de ellas, que condena al exmpleado al pago de más de 44.000 euros, señala, por ejemplo, que “el ejercicio por la empresa de su derecho a obtener el reembolso de la cantidad abonada al trabajador por encima de la que legalmente le correspondía dimana del pronunciamiento realizado por esta sala en la resolución anteriormente referenciada –en alusión a la sentencia de 2014 que declaró fraudulento el ERE–, al igual que el derecho de los antiguos empleados que en ese proceso fueron parte a percibir la posible diferencia existente a su favor, lo que excluye la posibilidad de ignorar los derechos que derivan de esa sentencia en base a la actuación fraudulenta de los sujetos que representaron a la empresa y a los trabajadores en el período de consultas del expediente de regulación de empleo”.
Las fuentes municipales añaden que “existen dos sentencias firmes por parte del TSJA que establecen la obligación de devolver las cantidades indebidamente cobradas por parte de otros tantos antiguos trabajadores de Mercasevilla”. Tras el primer acuerdo, se está “pendiente de cerrar un acuerdo con el segundo”, teniendo también la opción de abonar la cantidad a la que ha sido condenado “en diez años previa aportación de garantía”. Desde el Ayuntamiento se indicó a este medio hace unos meses que la decisión de reclamar las cantidades a los prejubilados “se adoptó en el mandato del PP”.
El TSJA dijo en 2014 en la citada sentencia sentencia que “arrastra” a las demás, según lamentan los prejubilados, que en el ERE de 2007 “de lo pactado se deduce que lo que se abona es la indemnización por extinción de la relación laboral, que en este caso excede exageradamente (...) el Estatuto de los Trabajadores y la prevista para un despido improcedente (...), al incluir no sólo el complemento salarial, sino una cantidad para cubrir el convenio especial de la Seguridad Social y una renta vitalicia y constante, por lo que el acuerdo alcanzado por la representación de la empresa y el comité de empresa (...) constituye un auténtico abuso de derecho y un fraude de Ley”. Según el alto tribunal andaluz, esos trabajadores sólo “tenían derecho a percibir de la empresa la indemnización por la extinción de la relación laboral a razón de 45 días de salario por año de servicio con un máximo de 42 mensualidades, descontándose de la cantidad resultantes las sumas cobradas por la indemnización diferida”.