La Fiscalía Anticorrupción, por enésima vez, ha vuelto a pedir que el caso ERE se divida en piezas separadas, a ver si con el cambio de titular del juzgado tiene más suerte. En un escrito fechado este mismo jueves, el Ministerio Público reitera los argumentos esgrimidos en varias ocasiones y pide a María Núñez Bolaños lo que tantas veces le negó Mercedes Alaya, que se fue sin elevar a la Audiencia su último escrito solicitando la separación en piezas, cuando alertó de una instrucción 'sine die'. A tenor de una de las primeras decisiones de Núñez Bolaños, quien ha dejado sin efecto un auto de Alaya, quizá su criterio sea también diferente en este aspecto.
La Fiscalía recuerda el reciente auto que dictó el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el pasado 27 de abril un auto, cuando devolvía sin pronunciamiento la causa contra los cuatro aforados andaluces al juzgado, entonces de Alaya. Destaca la Fiscalía que el alto tribunal consideraba que el juzgado “con libertad de criterio, prosiga su tramitación, sin perjuicio de reiterar la conveniencia y razonabilidad de dividir la causa general en piezas separadas”.
Los argumentos contenidos en aquel auto “cobran de nuevo más fuerza si cabe” tras un dictado por el Tribunal Supremo, que resolvía un recurso de casación contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, donde se ofrece “una detallada exposición de la conveniencia de la formación de piezas separadas”, cuyo contenido reproduce porque considera el razonamiento “plenamente aplicable” al caso de los ERE, que suma 272 imputados y una instrucción de cuatro años en hasta tres tribunales.
La Fiscalía repite los argumentos que ya expuso en marzo y en abril de 2014. Según Anticorrupción, en su último escrito, ni siquiera elevado a la Audiencia, no proceder a la división de la causa en piezas “se traduce, primero, en demorar la conclusión de la instrucción a la investigación de todas y cada unas de las 'piezas' que han sido propuesta por esta Fiscalía, lo que supone una instrucción sine die (”sin plazo, sin fecha“) y, segundo, en admitir que algunas de estas piezas no van a poder ser enjuiciadas o por falta de recursos en la instrucción o por prescripción de los hechos”.