La historia se repite en el juzgado que instruye el caso de los ERE. La negativa de la jueza Mercedes Alaya a conceder la suspensión temporal de la toma de declaración de Buenaventura Aguilera, director general de Presupuestos de la Junta entre abril de 2009 y junio de 2012, para poder estudiar en profundidad los cargos que se le imputan ha motivado que se acoga a su derecho a no declarar. Lo mismo ocurrió el pasado jueves con su antecesor en el cargo, Antonio Lozano. A ambos se les acusa de delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos pero ni Aguilera ni su abogado han querido siquiera este martes firmar el acta al entender que no se refleja fielmente lo acontecido.
El abogado del hoy imputado, José María Mohedano, también ha pedido que declare la falta de validez de la declaración que prestó Aguilera ante la Guardia Civil el 28 de agosto de 2012, puesto que supondría una “contradicción” a la no prestada en el juzgado, si bien la jueza no se ha pronunciado al respecto. “Estamos ante una instrucción paralela”, ha denunciado Mohedano ante la prensa, quien ha señalado que su cliente no ha querido seguir declarando ya que la negativa de Alaya vulnera el derecho de asistencia letrada y el derecho de defensa porque no ha podido conocer las imputaciones de las que se debe defender en su declaración.
Alaya ha argumentado para no conceder el receso a Aguilera y a su letrado que el auto de 28 de junio de 2013 no era un auto de imputación sino un auto donde se le citaba como imputado y que es en el día de hoy cuando debe de hacérsele una exposición exhaustiva y detallada de los hechos que se le imputan, los cuales están y se deducen exclusivamente del contenido de las actuaciones y esclarecerse el imputado ha tenido tiempo mas que suficiente desde que fue citado para preparar su declaración respecto de los hechos que se produjeron en el ejercicio de su cargo.
Durante la comparecencia de medidas cautelares reales, ni Fiscalía ni Junta de Andalucía han solicitado más que se le recuerde al imputado de la obligación que tiene de comunicar al juzgado cualquier cambio aún temporal de domicilio y residencia. El PP, por su parte, ha solicitado que se adopte la prestación de fianza por el imputado en cuantía suficiente para cubrir la responsabilidad civil por el menoscabo de fondos públicos que ha de ser fijada por la jueza.
La Fiscalía obedece instrucciones políticas, según Manos Limpias
Quien se ha explayado en este punto ha sido el abogado de Manos Limpias, quien ha manifestado que Aguilera “ha perdido su oportunidad de aclarar, explicar y defender su inocencia, y en su lugar exclusivamente se ha limitado a cuestionar la legalidad de las actuaciones de la jueza, lo que supone una auténtica dilación o autoinculpación del imputado”.
Además ha dicho, “a efectos de clarificar los distintos comportamientos procesales”, que la “incompresible actuación” del Ministerio Público “obedece a razones de instrucciones políticas”, “compartidas”, entiende Manos Limpias, por el fiscal delegado presente en las declaraciones judiciales.
Asimismo ha señalado en relación a la acusación particular de la Junta de Andalucía que “incurre en fraude procesal toda vez que viene demostrando que su única finalidad no es otra que la defensa y protección de los altos cargos que están siendo imputados”, interesando la medida cautelar de carácter real a fin de garantizar las responsabilidades civiles por importe de 20.000.000 de euros con el incremento legal correspondiente.
El abogado de Aguilera ha planteado un incidente procesal por la “falta de legitimación de las dos acusaciones de la acción popular para solicitar cualquier tipo de responsabilidad civil”, instando a la jueza a que no aceptara sus peticiones si bien ella tiene capacidad para tomarla por sí misma. Alaya ha indicado que ella y las partes podrán pronunciar por espacio de tres días sobre las alegaciones del abogado.
Mohedano, quien ha llegado a calificar de “tragedia griega” lo vivido en el juzgado que investiga la causa de los ERE, ha resaltado que Buenaventura Aguilera ha colaborado en el sumario, incluso aportando un informe fechado el 20 de diciembre de 2011, calificando de “asombroso” ciertos hechos “gravísimos” ocurridos en la comparecencia judicial y que derivarán, de una forma u otras, en decisiones “contaminadas” por parte de la jueza.
Buenaventura Aguilera, quien también fue jefe del Servicio de Seguimiento, Evaluación y Política Presupuestaria de la Junta entre octubre de 2003 y abril de 2009, no trasladaría no trasladaría el “aparente” cambio en la gestión administrativa de las subvenciones, a raíz de la Instrucción 1/2009, a través del crédito presupuestario adecuado para ello, con carácter previo a la elaboración de los anteproyectos de 2010 y 2011, donde se analizaban como cada año la necesidad, eficacia de los programas y se realizaba una previsión de los mismos.
Según la jueza, la Consejería de Empleo continuó con el mismo sistema de no tramitar subvenciones y de no fiscalizar las mismas, a través de la Encomienda de Gestión de 27 de abril de 2010, que originó 101 expedientes en el año 2010 y 4 expedientes en el 2011. Lo mismo ocurrió en el Anteproyecto de Presupuesto de 2011, pues a pesar de existir la partida presupuestaria para concesión de subvenciones, el hoy inculpado permitió que en el mismo y referido al programa 31.L sólo se recogiera la referida Encomienda de Gestión, que ningún cambio suponía en la omisión de la tramitación de subvenciones sociolaborales.