Estafa en una agencia de viajes en La Rioja: una empleada se enfrenta a cinco años y medio de cárcel

Archivo - Tres viajeros con maletas en una estación de tren

Europa Press

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La Fiscalía solicita un total de cinco años y medio de prisión para una acusada de dos delitos, uno de apropiación indebida y otro de estafa continuada, después de que, durante tiempo, se fuera quedando con el dinero de la agencia de viajes en la que trabajaba, y que luego además simuló invertir en otra empresa.

El juicio está previsto que se celebre este lunes en la Audiencia Provincial de Logroño. Como figura en el escrito del fiscal, la acusada, S. P., nacida en Pakistán, fue contratada en junio de 2013 por la mercantil Huma Travel S.L., agencia de viajes propiedad de H.J.B. y su marido, con sucursal abierta en calle Logroño.

En el ejercicio de esa actividad, “esencialmente durante el año 2016 y hasta marzo de 2 017, la acusada, desde su puesto en la agencia de viajes, y con la intención de procurarse un beneficio que no le correspondía, se apoderó de importantes cantidades de dinero a través de diferentes medios”.

Así, el escrito cita “una cantidad era proveniente de los pagos que los clientes entregaban para la adquisición de billetes de transporte, generalmente billetes de avión”.

La acusada “bien se quedaba directamente el dinero en efectivo que le entregaban, o bien los clientes se lo ingresaban directamente en su cuenta corriente particular desde donde la acusada disponía para sí, a veces utilizando otras cuentas de ella o incluso de otros familiares. En ambos casos, ”la acusada no destinaba el dinero a la adquisición del billete“.

También “hizo suyas cantidades de dinero que estaban en la caja del establecimiento, provenientes de pagos de clientes a los que sí se les entregó el paquete turístico o billete pagado, quedándose la acusada con el dinero, sin ingresarlo o entregarlo a la empresa para la que trabajaba”.

En estos dos conceptos, la agencia de viajes 46.220 euros, a lo que se suman otros 7.070 euros que otros clientes -hasta 17- reclaman a la agencia, si bien ésta no los ha indemnizado por entender que no hay datos suficientes; y también que la propia agencia de viajes “es la perjudicada principal al haber indemnizado a muchas personas” -hasta 16- “y haber soportado además el perjuicio del dinero sustraído de su caja”.

En esta línea, destacar que en las tres cuentas de la acusada -dos de La Caixa y otra del Banco de Sabadell - “hay unos ingresos en el periodo octubre 2016-abril 2017 de 90.890 euros, sin contar ingresos por nómina, que esencialmente provienen de las cantidades sustraídas”.

Por otro lado, “de manera más puntual, pero en la misma época y bajo el mismo ánimo ilícito fraudulento, la acusada contactó con dos socios de la empresa Kebabash 2016”.

Con ellos, “y bajo el fraudulento señuelo de pedirles dinero para compartir y emprender negocios mercantiles -absolutamente falsos e inexistentes- logró que le transfirieran bancariamente unos 21.100 euros (parte en una transferencia de 15.000 euros remitida por el socio de éste desde Mälmoe, en Suecia), al margen de otras cantidades más entregadas por uno de los dos socios”.

En el escrito se especifica que “la acusada, a comienzos de marzo de 2017 fue sometida a tratamiento ansiolítico por problemas derivados de stress laboral y problemas personales que venía arrastrando desde tiempo atrás y que le habían llevado al juego y a la inversión en bolsa on line como modo de evasión de sus problemas hasta alcanzar un grado de adicción moderado, en el que llegó a invertir 61.000 euros”.

De este modo, “el 20 de marzo de 2017 precisó de ingreso psiquiátrico durante 20 días por episodio psicótico agudo, ingreso que se repitió el 5 de Julio siguiente por episodio depresivo postpsicótico”.

Todos estos hechos constituyen para la acusación un delito continuado de apropiación indebida (dinero entregado por los clientes de la agencia Huma Travel) y otro delito continuado de estafa (el dinero procedente de los socios de la empresa Kebabash 2016), de los que es autora la acusada, en la que concurre el atenuante de “anomalía o alteración psíquica”.

En este caso, se considera que procede imponer a la acusada pena de 3 años y seis meses de cárcel por el delito de apropiación indebida continuada, a los que se suman otros dos años de prisión por el delito de estafa continuada. De la misma manera, se determinan diversas indenmizaciones para los perjudicados que no las hayan recibido ya por parte de la agencia de viajes.

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