El Gobierno de Aragón ha presentado ya al Tribunal Superior de Justicia de Aragón el texto de una orden que modifica la modulación de medidas del nivel de alerta sanitaria 2 para su autorización previa. La orden argumenta que en determinadas actividades sociales que tienen riesgo elevado de transmisión cabe proceder a la reducción de restricciones, siempre que se reduzca la posibilidad de transmisión, permitiendo acceder sólo a personas con certificado Covid de los tipos establecidos.
Así, en dicha orden se establece la apertura del ocio nocturno conforme al horario que establece su licencia (hasta ahora tenían que cerrar a las 4 de la madrugada). Además, en salas de fiestas y discotecas se permite la apertura de las zonas de baile si los asistentes acreditan haber recibido la pauta completa de vacunación COVID-19, habiendo transcurrido 14 días desde la última dosis; haberse recuperado de la infección por SARS-CoV-2 diagnosticada y encontrarse en el periodo comprendido entre el día 11 y el 180, ambos inclusive; o disponer de una prueba diagnóstica de infección activa negativa realizada por profesionales sanitarios en centros o establecimientos autorizados (en las últimas 72 horas en caso de PCR o 48 horas en caso de test rápido de antígenos).
También se permite el uso de las zonas de baile en las celebraciones si los asistentes a las mismas cumplen estos mismos requisitos.