El Tribunal Supremo ha acordado la inadmisión de otros dos recursos interpuestos por el Ayuntamiento de Zaragoza contra FCC. De esta forma, ratifica las sentencias, de 25 de junio de 2018, del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en las que se obliga al Ayuntamiento de Zaragoza a pagar las revisiones de precios de la contrata de limpieza viaria, recogida y transporte de residuos urbanos.
Los motivos de la inadmisión son el “incumplimiento de exigencias” que impone la ley para el escrito de preparación y la “falta de fundamentación suficiente”.
En una nota de prensa, FCC apunta que estas dos providencias se sitúan en la misma línea de la dictada, también por el Tribunal Supremo, a mediados de marzo y “confirmarían una deuda del Ayuntamiento con FCC por un importe superior a los 50 millones de euros”.
¿De dónde sale esta cantidad? En las sentencias de 25 de junio se avalaban las revisiones de precios entre 2009 y 2013 (Zaragoza en Común llegó al Gobierno en 2015) por un importe de casi 17 millones de euros. FCC extiende esa obligación al periodo entre 2014 y 2019, lo que, a su entender, da un total de más de 50 millones de euros. Además, explican, el impago de esta deuda genera unos intereses diarios de cerca de 3.000 euros.
Sentencias contradictorias
Hace dos semanas, y tras hacer público que FCC había incluido los gastos de una comida en Madrid en la facturación por el mantenimiento de las zonas verdes de Zaragoza (algo que desde la empresa se negó posteriormente), el concejal de Servicios Públicos del Consistorio de la capital aragonesa, Alberto Cubero, señaló que el litigio sobre el que se ha pronunciado el TS es de 180.000 euros. Lo que hace FCC, dijo el edil, “es entender que en todas las revisiones de precios que faltan les va a seguir dando la razón el TS y que vamos a tener que abonarlas en las cantidades más favorables para ellos”.
Pero están todavía en litigio, apuntó en ese momento, “y vamos a seguir peleándolas”. Recordó, además, que hay sentencias contradictorias al respecto: por un lado, las que esgrime FCC y que les da la razón, por otro, una de 2015 –referente a la contrata del autobús urbano– que se pronunciaba en términos contrarios. Ante sentencias contradictorias, indicó, “el Tribunal debería pronunciarse y no, directamente, no admitirlo”.