30 meses de prisión para Francis Franco por delitos de atentado y conducción temeraria

La magistrada del juzgado de lo Penal de Teruel, encargada de enjuiciar la causa abierta contra Francisco de Asis Franco Martínez-Bordiu y Silviu Nicolae R., por varios delitos cometidos el 30 de abril de 2012 en la provincia de Teruel, ha absuelto a Silviu Nicolae de todos los cargos que se le imputaban. A su vez, condena a Francisco Franco, como autor criminalmente responsable de un delito de atentado contra agentes de la autoridad, un delito de daños, un delito de conducción temeraria y al pago de las tres cuartas partes de las costas del juicio, incluidas las devengadas por el Abogado del Estado.

Por ello, le impone una pena de 18 meses de prisión por el delito de atentado y 12 meses de prisión por el delito de conducción temeraria, privándole del derecho a conducir vehículos a motor durante dos años y seis meses. Además, por el delito de daños le impone una multa de 12 meses, con una cuota diaria de 40 euros y la obligación de indemnizar al agente de la Guardia Civil, perteneciente al Destacamento de Tráfico de Monreal del Campo (Teruel), con 1.500 euros y a la Dirección de la Guardia Civil en la cantidad de 2.720 euros por daños en los vehículos.

El episodio tuvo lugar el 30 de abril de 2012, cuando una patrulla descubrió a un coche que circulaba por una carretera de Calamocha pasadas las 7:30 de la mañana con las luces apagadas. Los agentes sospecharon de que se trataba de cazadores furtivos.

La sentencia recoge que Franco conducía el coche con su empleado como copiloto, y que ambos se dieron a la fuga a gran velocidad al ver a los agentes, sin respetar las señales de tráfico, comenzando así una persecución por caminos y pistas forestales.

Finalmente, la Guardia Civil consiguió dar el alto al vehículo en un camino entre las poblaciones de Collados y Lagueruela, momento en el que, según se recoge en la instrucción, uno de los agentes distinguió la culata de un arma larga en el interior del vehículo. Según indica la sentencia, es entonces cuando Francis Franco, “con ánimo de ofender el principio de autoridad, realiza de forma brusca la maniobra de marcha atrás”, colisionando con el vehículo de la Guardia Civil y arrastrándolo unos 9,80 metros, lo que provocó lesiones a un agente.

Tras el golpe, el todoterreno se dio nuevamente a la fuga por caminos forestales y se perdió la pista hasta que el coche fue localizado sobre las 12:00 horas por una patrulla de la Guardia Civil en la localidad de Bea (Teruel), abandonado y sin las llaves.

Frente a los delitos que se le imputaban, atentado agravado por el uso de medio peligroso, delito de daños agravado y la falta de lesiones, la jueza falla su absolución, al igual que para la compañía de seguros y reaseguros Axa Aurora Ibérica S.A. como responsable civil subsidiaria.

En sus razonamientos jurídicos, y tras una vasta argumentación, la jueza concluye que la “suficiencia y racionalidad” de las pruebas presentadas destruye “sin género de dudas, la presunción de inocencia que provisionalmente ampara al acusado Francisco Franco por estos hechos”.

Ante la controversia entre letrados por los hechos ocurridos, manifiesta la jueza que “los diferentes testimonios presentados por la Defensa no superan el juicio de verosimilitud por cuanto se califican de poco creíbles y no ajustados a la realidad”, pero que la declaración del agente de la Guardia Civil que resultó lesionado “se ha mantenido inalterable a lo largo de las diferentes fases procesales de la causa” sin que conste animadversión alguna hacia el acusado, y estando sus declaraciones corroboradas por datos objetivos externos.