El Gobierno de Aragón ha emitido una nueva orden en la que implanta como obligatoria la utilización del “Índice de riesgo por uso del fuego en Aragón”, que hasta el momento se ofrecía al ciudadano de manera orientativa. Esta será la estimación que, diariamente, determinará si las condiciones meteorológicas y del combustible son adecuadas para la realización de los usos del fuego en cada comarca para la que se calcula. Si el índice es de color verde, estará autorizado, el rojo supondrá prohibición.
La Orden DRS/1646/2017, de 30 de octubre prorrogó, por segunda vez, la época de peligro de incendios hasta el 19 de noviembre. Este lunes 20 de noviembre, por tanto, quedaba revocada. Sin embargo, la sequía producida durante el verano y el otoño del año en curso compelen al Ejecutivo a poner en marcha nuevas medidas y “adoptar una especial responsabilidad en la gestión del uso del fuego por parte de todos los agentes”.
De este modo, explican, se podrá “hacer uso del fuego de forma controlada y puntual, solo en aquéllos lugares en los que una prohibición universal podría causar determinados perjuicios socioeconómicos, pero garantizando que se realizan bajo una vigilancia y valoración suficiente de las condiciones meteorológicas previa y ajustada al riesgo local y diario”.
En estas condiciones, “la realización de determinadas actuaciones de uso del fuego para la eliminación de restos vegetales o con carácter recreativo o cultural implican una gran probabilidad de que se produzca un comportamiento del fuego más intenso y virulento del esperado, la pérdida de control del mismo, e incluso su escape y evolución a incendio forestal”.
Este índice puede consultarse diariamente a través de la página web del Gobierno de Aragón. Además, quien así lo desee lo recibirá diariamente por correo electrónico (a través de suscripción gratuita en el mismo enlace), y mediante consulta diaria en el tablón de anuncios de todas las oficinas comarcales agroambientales. El índice también se pone a disposición de todas las administraciones públicas en el mismo enlace, para su posible impresión y publicación en sus correspondientes tablones de anuncios.
Apuntan, de igual modo, que, como ya venía sucediendo, “se requiere de una autorización para quemar restos vegetales con continuidad fuera de la época de peligro, quemas de restos para prevenir daños por plagas y para realizar uso del fuego en instalaciones de carácter recreativo, cultural y similares”.
Es conveniente, continúan, seguir las siguientes recomendaciones: “Adecuar faja sin combustible alrededor de la zona a quemar, evitar días con viento, interrumpir la quema si empeoran las condiciones, vigilar la zona hasta que el fuego esté totalmente apagado, adoptar medidas oportunas para evitar la propagación y poseer y llevar la pertinente autorización”.