Condenan a prisión a un exconcejal por la muerte de un albañil de un plan de empleo que cayó de un tejado en Asturias

Una jueza de Oviedo ha condenado a una pena de dos años y tres meses de prisión a Pelayo Suárez Colunga, exconcejal de Urbanismo, Obras y Servicios del Ayuntamiento de Noreña, por el accidente laboral que costó la vida, en julio de 2022, a un albañil del Plan de Empleo Local al caer del tejado de un edificio municipal desde una altura de 5,30 metros.
La titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo, la magistrada-jueza María Paz González-Tascón, considera que es autor de un delito contra la vida y seguridad de los trabajadores en concurso ideal con un delito de homicidio por imprudencia grave al ejercer, en el momento del siniestro, como jefe directo del área de obras, al no existir ninguna figura intermedia como encargado.
Su abogado defensor, Sergio Herrero, ha confirmado a elDiario.es Asturias su intención de recurrir la sentencia en apelación ante la Audiencia Provincial de Asturias.
Nueve años de edil
Pelayo Suárez, de Independientes por Noreña (IPÑ), llevaba nueve años en el equipo de la alcaldesa Amparo Antuña cuando, en abril de 2024, presentó su dimisión como concejal delegado de Urbanismo, Obras y Servicios en el Ayuntamiento de Noreña.
Su dimisión coincidió con la apertura de una investigación a raíz de que, de forma anónima, se denunciara que desde el teléfono que tenía asignado en el consistorio se habán realizado llamadas a números de contactos sexuales. Las llamadas apenas superaban unos segundos de duración.
La comparecencia en el juzgado
En aquel momento su entorno atribuyó esta denuncia a una trampa tendida “para cazarle” ya que estaba siendo víctima de una campaña de acoso. Recibía insultos, le introducían cartas anónimas debajo de la puerta, su coche apareció rayado e incluso llegaron a lanzar basura a la finca de unos familiares.
Desde entonces, no había vuelto a la escena pública hasta que el pasado 21 de marzo compareció ante la titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo para responder de su presunta responsabilidad penal por el accidente laboral y los fotógrafos de prensa volvieron a captar su imagen accediendo a la sede judicial.

En julio de 2022, cuando aún estaba al frente de la concejalía, se produjo el siniestro en el que murió el albañil Ramón Baldomero Menéndez Pérez, que había sido contratado por el ayuntamiento dentro del Plan de Empleo Local.
El accidente
La víctima, conocida como “Mero”, era natural de Rioturbio y residía en un pequeño núcleo de El Campu, muy cerca del alto de Santo Emiliano. Estaba casado y tenía tres hijos que en el momento del siniestro tenían 17, 16 y 9 años.
Los hechos ocurrieron el 19 de julio de 2022. Ese día, el entonces concejal encargó a “Mero” y a los trabajadores Jesús B.M. y Juan Carlos S.G. que compraran una uralita de policarbonato y la reemplazaran por la existente para reparar las humedades detectadas en la cubierta del edificio “La Plaza”, de propiedad municipal, situado en la calle Ramona Rodríguez Bustelo.
La cubierta del edificio era transitable, si bien disponía de 16 lucernarios de tres por tres metros que, según consta en el fallo, “no son transitables al no disponer de resistencia estructural que permitan la circulación de personas por encima de ellos”.
Las placas
Mientras Juan Carlos se quedaba en la calle haciendo labores de apoyo, la víctima y Jesús subieron a la cubierta y cuando estaban realizando la sustitución de la uralita, “Mero” pisó “inadvertidamente” una placa traslúcida contigua a la ya retirada, que se rompió.
Según el relato de hechos probados, la víctima atravesó un falso techo interior y se precipitó desde una altura de 5,30 metros. Sufrió un traumatismo craneoencefálico severo a consecuencia del cual falleció.

La magistrada-jueza sostiene en la sentencia que el siniestro se registró por falta de medidas de seguridad de las que responsabiliza directamente al entonces concejal.
Falta de previsión y medidas de seguridad
“El accidente se produjo por no adoptar ninguna medida de seguridad en la realización de una tarea de alto riesgo, sin planificar la tarea, los riesgos a los que se exponían los trabajadores, las medidas de seguridad colectivas o individuales, sin ninguna supervisión de responsable o recurso preventivo y sin haberles suministrado ninguna formación específica de los riesgos concretos de la tarea a realizar”, señala la resolución judicial.
Esta obligación recaía, según la sentencia, en Pelayo Suárez en su condición de “jefe directo, al no existir ninguna figura intermedia como encargado de obras y jefe global o último del área de obras”.
La magistrada-jueza sigue así el criterio de la Fiscalía que interesaba una pena de dos años y tres meses de prisión para el exedil.
Las acusaciones particular y popular
La acusación particular, ejercitada en representación de los familiares, solicitó una pena de cuatro años y tres meses de cárcel.
El sindicato CSIF ejerció la acusación popular y calificó los hechos como constitutivos de un delito contra la seguridad e higiene en el trabajo y un delito de homicidio imprudente. Además, pidió la inhabilitación especial del exconcejal para el ejercicio de la profesión de administrador de empresas durante el tiempo de la condena.
El abogado defensor, Sergio Herrero, ha confirmado que va a interponer un recurso de apelación contra la sentencia condenatoria ante la Audiencia Provincial
Por su parte, el abogado defensor, Sergio Herrero, solicitó la libre absolución al alegar que Pelayo Suárez no había tenido participación alguna en los hechos presuntamente delictivos.
La resolución judicial no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Asturias. Un recurso que el abogado defensor ya ha confirmado a este periódico que va a presentar en los próximos días al mantener que su representado no tuvo participación alguna en el accidente que costó la vida al trabajador.
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