Los expertos en Salud Pública José Martínez Olmos, Daniel López-Acuña y Alberto Infante Campos analizan las medidas clave para hacer frente a la pandemia de coronavirus.
Frente a la pandemia, el objetivo de la seguridad jurídica debe ser garantizar la seguridad sanitaria y no obstaculizarla
Desde el viernes 2 de octubre a las 22 horas han entrado en vigor en 10 municipios de la Comunidad de Madrid (CAM) las medidas aprobadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del miércoles 30 de septiembre, dirigidas a hacer frente a la intensa transmisión comunitaria sostenida del coronavirus que se viene constatando desde hace semanas en el territorio español, y muy especialmente en la CAM; una situación que ha llevado a elevadas tasas de incidencia, a altas proporciones de positividad en las pruebas PCR, a una importante saturación de la atención primaria y a un continuo crecimiento de la presión sobre los hospitales expresada en términos de ocupación de camas y de UCI. También a un incremento de la mortalidad en varios municipios y ciudades a nivel nacional.
Las medidas contenidas en la orden comunicada del ministro de Sanidad implican restricciones en la movilidad y limitaciones en los aforos y en los horarios de actividades sociales y comerciales, pero no establecen confinamientos ni cierres totales y están muy lejos de las aplicadas en toda España durante la explosión epidémica de la primavera.
Se refieren exclusivamente a las poblaciones de más de cien mil habitantes con una incidencia acumulada en los últimos 14 días que supere los 500 casos por cien mil habitantes (dos veces mayor que el umbral de preocupación establecido por la OMS y el Centro Europeo de Control de Enfermedades), con una positividad de las PCR realizadas mayor del 10% (el doble del umbral indicativo planteado por la OMS para considerar que la epidemia está controlada) y con una ocupación de las UCI superior al 35%. Su aplicación en las poblaciones de menos de cien mil habitantes ha quedado a discreción de las autoridades de salud de las comunidades autónomas.
Dada la situación epidemiológica de la mayor parte de la CAM, estas medidas han sido un paso importante y necesario, aunque tardío, que ha implicado, además, la definición explicita de umbrales a partir de los cuáles se desata una alerta sanitaria que conduce a la intervención del Gobierno de España, quien, en un claro ejercicio de co-gobernanza, ha puesto a discusión la situación con todas las CCAA en el Pleno del Consejo Interterritorial. Del resultado de esa discusión, se mandatan una serie de actuaciones contenidas en una orden ministerial que luego cada comunidad traspone a sus propias normas. Y esto se hace porque se considera que la situación sanitaria está descontrolada y requiere actuaciones enérgicas que no se han sabido o no se han querido emprender por las autoridades sanitarias correspondientes (en este caso las de la CAM), generando así un riesgo objetivo para la seguridad sanitaria autonómica y nacional.
Insistimos en que, como muchos expertos han señalado, estas medidas y los umbrales que las acompañan constituyen un acuerdo de mínimos que no da respuesta a todas las actuaciones que serían necesarias, pero cuando menos traza una línea roja que activa la alarma sanitaria e impide que prosiga la inacción, la indolencia o la resistencia de las autoridades (en este caso de la CAM) a la hora de tomar medidas indispensables para doblegar la curva epidémica.
En el caso de los diez municipios de la CAM estas medidas eran imperativas y tienen mucha mayor capacidad para proteger la salud de los madrileños que las medidas segmentadas, tardías e incompletas que puso en marcha el Gobierno de la comunidad días antes.
Aunque es pronto para especular sobre su impacto final (el cual, dada la polémica generada, va a depender sobre todo de su grado de seguimiento por los madrileños afectados), desde nuestro punto de vista es poco probable que sirvan para frenar sustancialmente la transmisión en los municipios más afectados de la CAM y menos aún, para doblegar la curva epidemiológica y situar la presión asistencial en niveles compatibles con el desarrollo de una asistencia sanitaria normal.
Contienen demasiadas excepciones a la restricción de movilidad y no van acompañadas de otras medidas tan necesarias como esa: un reforzamiento inmediato de la atención primaria, así como de la capacidad de diagnóstico precoz y de rastreo exhaustivo de contactos, un incremento bien dirigido de la realización de pruebas diagnósticas y del efectivo aislamiento de todos los positivos diagnosticados (medidas todas ellas continuamente prometidas por el gobierno de la CAM y escasamente realizadas).
Probablemente, habrá que sumar en el futuro algunas restricciones de movilidad y de actividad adicionales similares a las que se establecieron en la fase I de la desescalada, tal como hemos venido planteando en anteriores tribunas.
Durante la última semana hemos asistido a un proceso político muy accidentado que se ha caracterizado por la falta de consenso y por la confrontación entre el Gobierno de España y el de la CAM. Las consecuencias han sido, entre otras, el retraso en la adopción de las medidas, el desconcierto de la ciudadanía, la división del Consejo Interterritorial y la judicialización de las decisiones.
Ha sido un proceso que ha carecido de las características imprescindibles para generar seguridad y confianza de la ciudadanía. El Gobierno de la CAM se ha enrocado en una especie de apología del liberalismo de conductas que le hace ver como un ataque a la libertad lo que para la mayoría de los científicos y de los organismos internacionales (e incluso para los gobiernos de otras CCAA) son medidas de protección de la salud de la población fácilmente comprensibles y generalmente aceptadas.
Nada parece más contraproducente para la salud de las personas que habitan en los diez municipios madrileños afectados que sentirse rehenes de trifulcas jurídicas y de un juego de tiras y aflojas, de avances y de frenos que, de producirse, se llevaría por delante la eficacia de las actuaciones de salud pública requeridas. Resulta un contrasentido que el Gobierno de la CAM, que se ha caracterizado por “arrastrar los pies” por detrás del virus durante la mayor parte de la pandemia, recurra ante los tribunales medidas dirigidas a proteger a su población.
En realidad, solo está disfrazando con argumentos jurídicos lo que ha sido el otro rasgo distintivo de su gestión de la pandemia: usar una institución que es de todos los madrileños para hacer oposición política al Gobierno central. En el momento de una seria crisis sanitaria en la CAM que amenaza la salud y la vida de las personas, la seguridad jurídica debería garantizar la seguridad sanitaria, no obstaculizarla.
También hay bastante acuerdo entre los expertos sobre que los umbrales acordados son sumamente altos. Otros países europeos actúan de forma enérgica en cuanto se sobrepasan umbrales mucho menores: Alemania, Francia y el Reino Unido, por ejemplo.
Los umbrales y el cuadro de mando de indicadores deberían ser mejor ajustados a criterios epidemiológicos más sensibles y de hecho se tiene ya una base para ello desde julio pasado en el anexo del Plan de Respuesta Temprana, al que no se ha dado la atención ni el peso que hubieran sido necesarios.
Con base en ese anexo y con algunos ajustes, podría establecerse un semáforo con niveles de umbrales que disparasen las actuaciones sanitarias y las restricciones en materia de aforos, actividades y movilidad en todo el territorio español según se “encendiera” la luz verde, amarilla, naranja o roja en virtud de un conjunto de indicadores relevantes. Se trataría de un enfoque similar al utilizado para la vigilancia meteorológica por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET). Además, se podría crear una correspondencia entre esos niveles, definidos con varios indicadores y umbrales diferenciados, y las medidas restrictivas a aplicar en cada uno de ellos, tomando como base las que se definieron en su día para las distintas fases de la desescalada.
Así, por ejemplo, los umbrales definidos en el BOE del viernes 2 de octubre, complementados y mejorados, constituirían la base para definir la luz roja del semáforo y deberían dar lugar a activar la fase I de la desescalada. Una serie de umbrales menores, como una incidencia acumulada mayor de 375 casos por cien mil habitantes, una positividad de PCR mayor al 8 por ciento y una ocupación de UCI superior al 25% darían lugar a la luz naranja y ello debería corresponderse con implantar medidas similares a las de la fase II; una incidencia mayor de 250 casos por cien mil habitantes, una positividad superior al 6% de las PCR realizadas y una ocupación de más del 15% de las UCI daría lugar a la luz amarilla correspondiente a las restricciones establecidas en la fase previa a la nueva normalidad.
Si esto se hubiera hecho entre junio y julio, probablemente nuestra situación ahora sería mejor, tanto desde el punto de vista del control de la pandemia como desde la comprensión de los distintos actores (administraciones, agentes económicos y ciudadanos) sobre el grado de concordancia entre las medidas necesarias y las propuestas por las autoridades en cada momento. Pero dado que la pandemia todavía durará, aún estamos a tiempo.
En resumen, avanzar en la seguridad sanitaria y epidemiológica requiere profundizar en la definición de un cuadro de mando válido para los distintos niveles territoriales (estatal, autonómico, provincial y por áreas y zonas de menor tamaño y nivel administrativo y sanitario) con indicadores específicos y umbrales concretos que permitan ofrecer transparencia y capacidad para la toma de decisiones.
Se trata de disponer de instrumentos de control y de un conjunto de medidas para actuar de manera similar ante situaciones similares en cualquier lugar de nuestro país, reforzando el enfoque de equidad que debe guiar las acciones en esta materia.
Decíamos que los indicadores aprobados por la mayoría de los miembros del Consejo Interterritorial y sus umbrales deberían ser vistos como un primer paso. Cabe incorporar nuevos indicadores y umbrales relativos, por ejemplo, a la capacidad de rastreo, a la eficacia de la aplicación de pruebas PCR, a la capacidad y el éxito de las medidas de aislamiento y al refuerzo de la atención primaria, entre otras. Ese cuadro de mando debería ser la base para un monitoreo semanal de las acciones sanitarias y de salud pública puestas en marcha por las CCAA, y al Ministerio de Sanidad y al Consejo Interterritorial les correspondería velar por su cumplimiento.
Por otra parte, y en lo referente a la seguridad jurídica, las medidas de control de la pandemia requieren todas las garantías necesarias para evitar los vaivenes que pueden causar los conflictos entre administraciones cuando estos se judicializan. En este sentido, el recurso de la CAM ante las medidas establecidas por el Ministerio de Sanidad abre un espacio de incertidumbre que ya está condicionando, por ejemplo, la vigilancia y sanción de los incumplimientos. Al momento de escribir este artículo estamos a la espera de su ratificación o de un eventual rechazo al procedimiento por parte de los tribunales competentes que tendría serias consecuencias para la salud pública de la CAM.
Dados los precedentes de otras situaciones, con fallos judiciales diversos y contradictorios ante situaciones similares y dado que los niveles de transmisión comunitaria en Madrid probablemente requerirán la adopción de medidas más contundentes que las actuales que implicarán restringir libertades esenciales, nos parece casi inevitable tener que recurrir a la declaración del estado de alarma.
Y ello porque, aun cuando se ralentizase en cierta medida el crecimiento de la curva epidemiológica en la CAM (y en alguna otra comunidad con elevada transmisión comunitaria) y se aliviase por esa vía en alguna medida la presión asistencial, el impacto puede no ser suficiente para doblegar la curva epidémica antes de que se instale la temporada de gripe estacional (con la sobrecarga adicional para los servicios de salud que ello puede suponer) y se produzca una posible nueva ola de COVID-19 más intensa y severa.
Sobre todo, si tenemos en cuenta el continuo crecimiento de la incidencia de casos positivos en la población de mayores de 65 años, en especial en las residencias asistidas. Todo lo cual augura una mayor presión sobre los servicios hospitalarios y una mayor mortalidad.
En definitiva, para salir adelante hay que volver al consenso político, garantizar la seguridad jurídica y la seguridad sanitaria reforzando la legitimidad científica de las decisiones con las aportaciones provenientes de un comité de expertos ligado al Consejo Interterritorial. Los criterios se deben basar en una serie de umbrales acordados y conocidos, tal como hemos propuesto de manera reiterada.
Las decisiones se deben tomar en un marco de co-gobernanza, con la anticipación y la contundencia necesarias. Y, por supuesto, se debería renunciar al uso partidista de las instituciones y superar las actitudes obstruccionistas y negacionistas. No hay contradicción entre salud y economía como algunos se empeñan en difundir. La economía no se recuperará si no se revierte de forma clara la marcha actual de la pandemia. Cuanto más tardemos en revertirla peor le irá a la salud de los madrileños y del resto de los españoles. Y también, sin duda alguna, a la economía.
Desde el viernes 2 de octubre a las 22 horas han entrado en vigor en 10 municipios de la Comunidad de Madrid (CAM) las medidas aprobadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del miércoles 30 de septiembre, dirigidas a hacer frente a la intensa transmisión comunitaria sostenida del coronavirus que se viene constatando desde hace semanas en el territorio español, y muy especialmente en la CAM; una situación que ha llevado a elevadas tasas de incidencia, a altas proporciones de positividad en las pruebas PCR, a una importante saturación de la atención primaria y a un continuo crecimiento de la presión sobre los hospitales expresada en términos de ocupación de camas y de UCI. También a un incremento de la mortalidad en varios municipios y ciudades a nivel nacional.
Las medidas contenidas en la orden comunicada del ministro de Sanidad implican restricciones en la movilidad y limitaciones en los aforos y en los horarios de actividades sociales y comerciales, pero no establecen confinamientos ni cierres totales y están muy lejos de las aplicadas en toda España durante la explosión epidémica de la primavera.