La portada de mañana
Acceder
Sánchez rearma la mayoría de Gobierno el día que Feijóo pide una moción de censura
Miguel esprinta para reabrir su inmobiliaria en Catarroja, Nacho cierra su panadería
Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera

Los argumentos que salvaron a Soria del caso Salmón fueron rechazados por el Supremo para los trajes de Camps

La suerte judicial del ex presidente valenciano Francisco Camps estuvo unida a la de José Manuel Soria en 2009 y 2010, pero apenas trascendió. Camps atravesaba los peores momentos de su carrera política por la ramificación levantina del caso Gürtel al haber aceptado diversos regalos, fundamentalmente trajes a la medida, de la empresa Orange Market, encargada de la organización de actos electorales de su partido, el PP. El escándalo nacional por las ramificaciones inmensas de Gürtel, aún en fase de instrucción, lograron tapar otro que sacudía por aquellas mismas fechas a la política canaria: el vicepredidente del Gobierno y presidente del PP en las islas, José Manuel Soria, era investigado por el Tribunal Superior de Justicia por un presunto delito de cohecho impropio, el mismo que sentó a Camps en el banquillo.

Los dos líderes conservadores tuvieron en común el auto que archivó la causa contra el canario porque uno de los argumentos de la magistrada instructora, Margarita Varona, la falta de causalidad entre el regalo y los contratos, fue utilizado por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJV) para decretar el sobreseimiento libre de la causa por los trajes de Camps. Aquel archivo, sin embargo, fue aparatosamente tumbado por el Tribunal Supremo, que ordenó la reapertura de la causa y la celebración del juicio en el que el acusado fue absuelto por un jurado popular. Soria tuvo la suerte de que ni la Fiscalía Anticorrupción ni la acusación particular recurrieran el archivo del caso salmón; de haberlo hecho, en aplicación de su propia doctrina, el Supremo lo habría reabierto.

El hoy ministro de Industria, Energía y Turismo, fue investigado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) a raíz de la denuncia formulada por este periodista por su actuación en la tramitación de un expediente de “interés general” para una urbanización turística de lujo en el sur de la isla de Gran Canaria.

Cuando ocurrieron los hechos, 2005, Soria era presidente del Cabildo de Gran Canaria, institución que debía evacuar un primer informe favorable a la urbanización, previo al que debían aprobar el Parlamento regional y luego el Gobierno de Canarias de modo que se pudiera levantar para esa urbanización turística de 5.000 camas la moratoria que pesaba sobre el sector desde 2001.

El promotor de la urbanización era el empresario noruego afincado en la isla Björn Lyng, ya fallecido, propietario de otras urbanizaciones de lujo explotadas en la modalidad de tiempo compartido en el municipio de Mogán, históricamente gobernado por el Partido Popular.

En una de esas urbanizaciones de lujo, Anfi del Mar, José Manuel Soria y su familia pasaban sus vacaciones veraniegas de un mes de duración desde 1997, según su versión, y así lo siguieron haciendo entre los años 2003 a 2007, justo el periodo en que el político fue presidente del Cabildo que debía pronunciarse sobre la nueva urbanización que pretendía Lyng en un barranco localizado a unos pocos kilómetros de allí.

Durante la fase de instrucción, la Policía investigó en profundidad a José Manuel Soria, incluidas las 27 cuentas corrientes que aparecían a su nombre o sobre las que tenía autorización. Y en ninguna de ellas apareció transferencia, cargo en tarjeta o reintegro de cajero automático que pudiera coincidir en el tiempo o en las cantidades con las facturas que el ministro aseguró haber abonado durante aquel periodo.

El viaje en jet privado

Pero, además de sus siempre extrañas vacaciones a precios “especiales” en un complejo turístico que se dedica al time-sharing, en agosto de 2005, Soria aceptó del empresario Björn Lyng una invitación muy especial: acudir al festival de música de Salzburgo (Austria) en compañía de las esposas de ambos para presenciar un concierto que iba a ser dirigido por el músico Justus Franz, también residente en Gran Canaria.

Soria aceptó la invitación del empresario que justo por aquellas fechas tramitaba en el Cabildo de Gran Canaria la declaración de interés general para su nueva urbanización.

Así que los dos matrimonios volaron en el jet privado del empresario rumbo a Salzburgo, donde presenciaron el concierto, hicieron noche y regresaron a Gran Canaria con la intención de dejar en la isla a la esposa de Lyng y recoger al hijo mayor del matrimonio Soria para, acto seguido, volar todos rumbo a la ciudad noruega de Trodheim con el fin de que los Soria pudieran conocerla mientras el acaudalado promotor se dedicaba a una de sus aficiones favoritas, la pesca del salmón. De ahí el nombre por el que fue conocida la causa en la que se vio implicado el ministro de Industria.

Durante aquella instrucción se produjeron algunas revelaciones bastante llamativas. La primera, que el que puso en contacto a Soria con Anfi del Mar fue el secretario general del PP canario, Manuel Fernández, a la sazón parlamentario regional de ese partido, que compatibilizaba de manera sospechosa esas tareas públicas con la de asesor urbanístico del grupo empresarial, como quedó acreditado. Un contrato aportado por el denunciante al TSJC obligó a imputarlo por negociaciones prohibidas a funcionario público, pero un informe muy favorable sobre compatibilidad emitido por el Parlamento le salvó de un auto de procesamiento. Manuel Fernández ya ha abandonado la política activa.

También quedó de manifiesto durante ese proceso la facilidad de Soria para encontrar facturas viejas en su casa o reclamárselas a sus proveedores: las correspondientes a sus vacaciones en Anfi del Mar. No así para demostrar de dónde salía el dinero para hacer frente a aquellas facturas porque, ante las preguntas de la magistrada, del fiscal y de la acusación particular, el hoy ministro se enrocó en su aversión por las tarjetas de crédito, aversión que parece haber superado ya a tenor de lo declarado por él tras sus recientes vacaciones en Punta Cana. Por aquel entonces, salvo en una ocasión que lo hizo con dinero plástico, el ministro pagaba sus deudas en metálico, y en ocasiones cantidades que superaban los 4.000 euros. Las nuevas leyes contra el blanqueo no se lo permitirían.

Otra revelación que arrojaron las dos declaraciones que hizo ante la magistrada Margarita Varona fue la referida al sobresueldo que el Grupo Parlamentario Popular en el Parlamento canario abona a sus diputados: unos 600 euros al mes “desde junio de 2003” en “talón o en efectivo”, como consta en el acta de su segunda comparecencia, el 4 de mayo de 2009.

Soria mintió en varias ocasiones a la magistrada instructora, estaba en su derecho a hacerlo por ser imputado. La mentira más llamativa fue su aseveración de que, después de la tramitación meteórica (menos de seis meses) del expediente de Lyng en el Cabildo que presidía, él no participó en la votación en el Parlamento, donde ejercía como presidente del Grupo Popular.

Tuvo que desdecirse en su segunda declaración al publicarse entre ambas un vídeo oficial del Parlamento de Canarias en el que se le podía ver levantarse de su escaño y pronunciar claramente la palabra “sí”.

En el auto de archivo de esta causa, la magistrada Margarita Varona dio por probado, entre otros extremos, los siguientes: que el proyecto de Anfi entra en el Cabildo de Gran Canaria en mayo de 2005; que salva con éxito todos los trámites; que el viaje a Austria y Noruega en el jet privado de su promotor se celebra en agosto de ese mismo año; que los parlamentarios del PP cobran un sobresueldo de 600 euros al mes, y que Soria hacía efectivos por ventanilla los talones con los que se le pagaban dietas de empresas públicas a las que pertenecía.

Pero la magistrada hace una salvedad muy singular: “Es importante resaltar a este respecto que no es que el Sr. Lyng pusiera a disposición del Sr. Soria su avión o acordara fletar el mismo para el uso exclusivo del matrimonio Soria-Benítez, sino que lo que hizo fue invitarles a que lo acompañaran pues, independientemente de la aceptación o no del Sr. Soria, D. Björn Lyng iba a acudir al concierto desplazándose en el referido avión”.

En definitiva, la magistrada considera que la invitación a viajar en jet privado a Austria y Salzburgo no puede considerarse una dádiva a un cargo público precisamente en consideración a esa condición o en pago previo o posterior a una gestión política, sencillamente porque el avión iba a volar con él o sin él.

Pero es en otro párrafo también elocuente cuando el auto de archivo del caso salmón enlaza con el que desde el TSJ de Valencia archivó inicialmente el de los trajes de Camps: “No se acredita la relación de causalidad que habría de existir para que hubiera delito entre el ofrecimiento de aquel viaje y la condición de presidente del Cabildo que entonces ostentaba don José Manuel Soria, puesto que la adopción legal del acuerdo por parte del Consejo de Gobierno del Cabildo no necesitaba ni de la presencia ni de la anuencia de su presidente y cuya sustitución está legalmente prevista”.

Efectivamente, en el auto de archivo de la causa de Camps, emitido menos de tres meses después, el 1 de agosto de 2009, utiliza ese argumento para decidir, con el voto particular de uno de los tres magistrados que formaron sala, el sobreseimiento de la causa contra el ex presidente de la Generalitat: “El Auto de sobreseimiento dictado en fase de instrucción por la Iltma. Sra. Instructora de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 21 de mayo de 2009, no estimando in concreto la necesaria relación de causalidad entre la aceptación de la invitación a un viaje y el cargo o condición de la autoridad imputada”.

Contra el auto de archivo del caso salmón no hubo recurso de ningún tipo. El Ministerio Fiscal se limitó a certificar que la causa ya estaba prescrita cuando se iniciaron las diligencias porque, pese a haber sido denunciado el caso en agosto de 2008, dentro del plazo legal, el TSJC incoó diligencias en septiembre y no fue hasta octubre cuando la Sala decidió admitir a trámite el informe incoado por la fiscalía ese mismo mes.

En el caso de Camps, sin embargo, el Ministerio Público y la acusación particular, encabezada por el Partido Socialista, sí interpusieron recurso ante el Supremo. La decisión unánime de la Sala de lo Penal, con su presidente al frente, fue obligar al TSJ de Valencia reabrir la causa de los trajes. Finalmente, un jurado popular declaró inocente al ex presidente Camps. Pero su carrera política ya había terminado.

Esa exigencia de relación de causalidad que salvó a José Manuel Soria de un auto de procesamiento y del correspondiente juicio por cohecho impropio ha desaparecido del nuevo Código Penal aprobado por su propio partido. De haber aceptado hoy el viaje y el trato de favor en los precios de Anfi del Mar podría enfrentarse a una condena de seis meses a un año de prisión y a inhabilitación por un periodo de tres años.