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Otro fondo de caldero

En vista de los acontecimientos hasta ahora protagonizados por este juez (lo de Amaral ha merecido comentarios nacionales para todos los gustos), a nadie debería extrañar que la administración concursal aporte mucha luz sobre algunos asuntos que, con tantas visicitudes, han quedado un poco aparcados. Pongamos un par de ejemplos, a ver: aunque la Ley Concursal permite investigar sólo los dos últimos años de gestión de la sociedad intervenida, nada impide que las indagaciones alcancen hasta 1996, la época de Gerencia Deportiva, lo que significaría que si algún consejero o ejecutivo con poderes hubiera o hubiese hecho alguna operación fraudulenta, habría de vérselas con una señora muy aseñorada que responde al nombre de Ley.

En vista de los acontecimientos hasta ahora protagonizados por este juez (lo de Amaral ha merecido comentarios nacionales para todos los gustos), a nadie debería extrañar que la administración concursal aporte mucha luz sobre algunos asuntos que, con tantas visicitudes, han quedado un poco aparcados. Pongamos un par de ejemplos, a ver: aunque la Ley Concursal permite investigar sólo los dos últimos años de gestión de la sociedad intervenida, nada impide que las indagaciones alcancen hasta 1996, la época de Gerencia Deportiva, lo que significaría que si algún consejero o ejecutivo con poderes hubiera o hubiese hecho alguna operación fraudulenta, habría de vérselas con una señora muy aseñorada que responde al nombre de Ley.