El blog de Carlos Sosa, director de Canarias Ahora
¡Oh, la Fiscalía!
Primero. La Fiscalía no prevarica, ni por acción ni por omisión. Esto es muy importante que quede fijado para poder entender todo lo que viene a continuación. Prevaricar, según el ordenamiento jurídico español, requiere dictar una resolución injusta a sabiendas, y los fiscales españoles no resuelven: sugieren, informan, dictaminan… pero no resuelven, no deciden. Véanse los recientes autos del Supremo dando carpetazo a la querella contra el impagable Manuel Moix por negarse a investigar el escándalo del Canal de Isabel II. De este modo es comprensible que los miembros de la carrera fiscal, particularmente los que en estos momentos actúan adscritos al fiscal general del Estado en el conflicto de Catalunya, lo estén haciendo con absoluta tranquilidad, y por lo tanto, con total impunidad. Jamás ninguno de sus informes será objeto de un procesamiento penal, nadie los revisará en el hipotético caso de que no prosperen ninguna de las llamativas acciones que están emprendiendo. Ni siquiera conoceremos los nombres del fiscal o fiscales de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado que han redactado informes tan decisivos como el que avaló la competencia de la Audiencia Nacional para investigar por sedición a Jordi Sánchez y a Jordi Cuixart, a pesar de los abundantes antecedentes que operan en contra. Del mismo modo que jamás sabremos qué fiscal o qué fiscales han preparado los dictámenes previos para colocar en Madrid y no en Catalunya las muy anunciadas querellas contra Carles Puigdemont, Carme Forcadell, los miembros de la Mesa del Parlament y los ya destituidos consellers del Govern catalán.
Segundo. No, por mucho que pueda resultar atractivo sostenerlo en momentos tan convulsos, en España no hay presos políticos. Nadie está en la cárcel por sus ideas políticas. Ahora bien, sí hay al menos dos presos que en estos momentos están en prisión preventiva -en Soto del Real- por una decisión política, por una orden política ejecutada por la Fiscalía General del Estado. El brazo ejecutor de la política penal del Gobierno de España no ha escatimado en iniciativas de todo tipo, la mayoría muy discutibles, para que el ingreso en prisión de los Jordi fuera posible. La jueza Carmen Lamela, que tiene cogidos por los pelos su competencia en esta materia de sedición, solo podía tomar esa determinación si alguna de las partes lo solicitaba (artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), y la Fiscalía, la única acusación personada, lo solicitó. Era una decisión cantada y se conocía en los círculos políticos y periodísticos de Madrid con varios días de antelación, como se conocían sentencias -en una de las cuales participó el mismísimo José Manuel Maza en el Supremo- que concluyen que la Audiencia Nacional no es competente para instruir y juzgar el delito de sedición por el que están encarcelados los Jordi y muy probablemente pronto estén ex altos cargos de la Generalitat. En España está permitido criticar las resoluciones judiciales, y la decisión de la jueza Lamela de decretar prisión para Sánchez y Cuixart tiene todos los ingredientes de ser una resolución con una profunda carga política que ya llegaba con esa marca al despacho de la magistrada desde que se decidió que fuera la Audiencia Nacional la que investigara, y no el juzgado correspondiente de instrucción del lugar en el que presuntamente se produjeron los hechos, Barcelona.
Tercero. El Gobierno de España y la Fiscalía General del Estado han intentado por todos los medios alejar de los juzgados catalanes las investigaciones penales relacionadas con el proceso independentista. Sin embargo, les está resultando muy provechosa la actividad del juez Juan Antonio Ramírez, de Instrucción 13 de Barcelona, un veterano en trance de jubilación que lleva meses teniendo sobre su mesa una causa secreta que abrió a raíz de las indiscreciones del senador de Esquerra Republicana y exmagistrado Santiago Vidal, que contó en una charla pública que existía una base de datos preparada para el procés y que ya había una lista de jueces y fiscales catalogados por sus simpatías o antipatías al independentismo, entre otras ocurrencias. De esa causa secreta han salido rumbo a la Audiencia Nacional atestados de la Guardia Civil y conversaciones intervenidas para engordar el procesamiento de los Jordi y del major Josep Lluis Trapero, sin que hasta el momento se haya explicado pública y convincentemente cómo se produjo esa traslación.
Cuarto. Para alejar todos los procedimientos penales relacionados con el proceso independentista de los juzgados ordinarios y del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, los que legalmente corresponden a los sospechosos, la Fiscalía General del Estado se ha hecho otro traje a la medida: querellarse contra Puigdemont y sus consellers ante la Audiencia Nacional (acumulándolas en el juzgado de la jueza Lamela), y contra Carme Forcadell y la Mesa del Parlament ante el Tribunal Supremo, alegando que se trataría en todos los casos de delitos que trascienden la comunidad autónoma catalana por afectar a toda España. En la sala de admisiones del Tribunal Supremo espera tan magno acontecimiento el todopoderoso Manuel Marchena, presidente de ese órgano y de la Sala Segunda (de lo Penal) del alto tribunal. Se trata de un magistrado de incontestable preparación jurídica pero de más incontestable lealtad al Gobierno del Partido Popular, que lo elevó a ese puesto por encima del cual solo está Dios. La confluencia de Manuel Marchena con José Manuel Maza, el fiscal general que ya ejerció en esa Sección Segunda, dará lugar a una combinado de difícil digestión para el catalanismo.
Quinto. Desde que Rajoy anunciara el viernes el modo en el que el Gobierno de España intervenía la autonomía de Catalunya, disolvía su Parlament y destituía a su poder Ejecutivo, correspondía a las autoridades del Estado la aplicación prudente de todas las medidas que pudieran ser percibidas por los catalanes como una ofensa, incluso como una humillación. Ni siquiera la inesperada convocatoria de elecciones express, considerada por muchos una jugada maestra de Rajoy, va a ser interpretada como una solución ventajosa para los millones de personas que en Catalunya hubieran preferido un referéndum legal y pactado antes que la imposición del artículo 155 de la Constitución española en su versión más agria, la que el propio Rajoy definió con la palabra más repetida en su rueda de prensa tras el Consejo de Ministros del pasado viernes: “extinción”. Sin embargo, la Fiscalía General del Estado parece haber recibido instrucciones concretas del Gobierno de España para ejecutar penalmente a los responsables políticos de la Generalitat y el Parlamento que promovieron el referéndum del 1 de octubre y terminaron declarando el nacimiento de la República Catalana veintiséis días después. Lejos de practicar la prudencia tantas veces predicada, el Gobierno de Rajoy ha vuelto a activar a la Fiscalía para que promueva el paseíllo de Pugdemont, Forcadell, Junqueras, Romeva… por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, previo al envío de todos ellos a prisión. Nadie parece estar midiendo lo que esas acciones pueden provocar en la sociedad catalana, y lo que les resultaría más cercano, en las inminentes elecciones convocadas por Rajoy.
Las consecuencias de todos estos actos, acaben como acaben los procesos penales, no van a tener la más mínima repercusión en los miembros de la Fiscalía que activen querellas y peticiones de difícil encaje legal, tanto si lo hacen por encargo del Gobierno o si lo hacen por pura vocación represiva. Pagarán los justiciables, sea cual sea su grado de aforamiento, y pagará la credibilidad de la Justicia porque ningún fiscal tendrá que responder ni judicial ni socialmente del desenlace que pueda tener cualquiera de los atropellos que están proponiendo a los tribunales.
Primero. La Fiscalía no prevarica, ni por acción ni por omisión. Esto es muy importante que quede fijado para poder entender todo lo que viene a continuación. Prevaricar, según el ordenamiento jurídico español, requiere dictar una resolución injusta a sabiendas, y los fiscales españoles no resuelven: sugieren, informan, dictaminan… pero no resuelven, no deciden. Véanse los recientes autos del Supremo dando carpetazo a la querella contra el impagable Manuel Moix por negarse a investigar el escándalo del Canal de Isabel II. De este modo es comprensible que los miembros de la carrera fiscal, particularmente los que en estos momentos actúan adscritos al fiscal general del Estado en el conflicto de Catalunya, lo estén haciendo con absoluta tranquilidad, y por lo tanto, con total impunidad. Jamás ninguno de sus informes será objeto de un procesamiento penal, nadie los revisará en el hipotético caso de que no prosperen ninguna de las llamativas acciones que están emprendiendo. Ni siquiera conoceremos los nombres del fiscal o fiscales de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado que han redactado informes tan decisivos como el que avaló la competencia de la Audiencia Nacional para investigar por sedición a Jordi Sánchez y a Jordi Cuixart, a pesar de los abundantes antecedentes que operan en contra. Del mismo modo que jamás sabremos qué fiscal o qué fiscales han preparado los dictámenes previos para colocar en Madrid y no en Catalunya las muy anunciadas querellas contra Carles Puigdemont, Carme Forcadell, los miembros de la Mesa del Parlament y los ya destituidos consellers del Govern catalán.
Segundo. No, por mucho que pueda resultar atractivo sostenerlo en momentos tan convulsos, en España no hay presos políticos. Nadie está en la cárcel por sus ideas políticas. Ahora bien, sí hay al menos dos presos que en estos momentos están en prisión preventiva -en Soto del Real- por una decisión política, por una orden política ejecutada por la Fiscalía General del Estado. El brazo ejecutor de la política penal del Gobierno de España no ha escatimado en iniciativas de todo tipo, la mayoría muy discutibles, para que el ingreso en prisión de los Jordi fuera posible. La jueza Carmen Lamela, que tiene cogidos por los pelos su competencia en esta materia de sedición, solo podía tomar esa determinación si alguna de las partes lo solicitaba (artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), y la Fiscalía, la única acusación personada, lo solicitó. Era una decisión cantada y se conocía en los círculos políticos y periodísticos de Madrid con varios días de antelación, como se conocían sentencias -en una de las cuales participó el mismísimo José Manuel Maza en el Supremo- que concluyen que la Audiencia Nacional no es competente para instruir y juzgar el delito de sedición por el que están encarcelados los Jordi y muy probablemente pronto estén ex altos cargos de la Generalitat. En España está permitido criticar las resoluciones judiciales, y la decisión de la jueza Lamela de decretar prisión para Sánchez y Cuixart tiene todos los ingredientes de ser una resolución con una profunda carga política que ya llegaba con esa marca al despacho de la magistrada desde que se decidió que fuera la Audiencia Nacional la que investigara, y no el juzgado correspondiente de instrucción del lugar en el que presuntamente se produjeron los hechos, Barcelona.