BRUSELAS, 8 (EUROPA PRESS)
España ha pedido al Tribunal de Justicia de la UE (TUE) durante una vista oral celebrada en Luxemburgo que anule la multa récord de 152 millones de euros que la Comisión Europea impuso a Telefónica en julio de 2007 por abuso de posición dominante en el mercado de la banda ancha.
El Gobierno se ha sumado así al recurso del operador español, que ya fue examinado en una vista oral celebrada el pasado 23 de mayo.
El Ejecutivo comunitario justificó la sanción alegando que, entre 2001 y 2006, Telefónica cobraba a sus rivales precios excesivos por el alquiler de su infraestructura de red y les dejaba un margen de beneficios insuficiente para competir.
El resultado de estas prácticas comerciales, según Bruselas, es que el operador español debilitaba a sus competidores, dificultando que mantuvieran su presencia y su crecimiento, y les obligaba a incurrir en pérdidas si querían igualar los precios minoristas de Telefónica. El resultado es que los consumidores españoles pagaban por el acceso a la banda ancha un 20% más que el promedio de la UE-15, mientras que su índice de penetración era un 20% inferior y su crecimiento un 30% más bajo, de acuerdo con los datos de la Comisión.
En su recurso ante el Tribunal de Justicia, el Gobierno español ha esgrimido como principal argumento que la sanción “obstaculiza la labor regulatoria desarrollada por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT)”, que ya había examinado la supuesta práctica anticompetitiva de Telefónica.
La multa a Telefónica “incide sobre el marco regulatorio de las comunicaciones electrónicas vigente en España, rompiendo el equilibro entre regulación ex ante y normativa de competencia”. Y viola el “principio de confianza legítima respecto del operador sancionado y respecto del resto de operadores en ese mercado al romper con el marco regulatorio en una materia que ya había sido regulada por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones”, según ha denunciado España.
Por su parte, la Comisión ha replicado que “ni la decisión impugnada implica crítica alguna de la CMT, ni el marco regulador de 2002 se encuentra en peligro como resultado de la misma”.