La Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias ha suspendido parcial y temporalmente el Plan Territorial Parcial de la Plataforma Logística del Sur, así como el Plan General de Ordenación del municipio tinerfeño de Granadilla con el fin de que la empresa Unelco-Endesa pueda construir y poner en marcha el segundo Ciclo Combinado de la Central Térmica en dicho municipio después de haberse parado la obra más de seis meses el proyecto que se inició sin contar con la obligatoria licencia municipal.
Así lo ha informado el Boletín Oficial de Canarias hoy justificando tal decisión en que “el sistema eléctrico de Tenerife se encuentra actualmente en una situación de riesgo de cobertura de la demanda eléctrica, por lo que, por parte de la Viceconsejería de Industria y Energía se ha solicitado tal suspensión, en el ámbito de suelo donde se ubica la Central Térmica de Granadilla, a fin de posibilitar la ejecución de un segundo ciclo combinado en dicha Central Térmica, previsto por la planificación energética de Canarias”.
Recoge, asimismo, que el ámbito total afectado es de unos 20.000 metros cuadrados en la posición central de dicha parcela que según el Plan Territorial debería desarrollarse en un planeamiento conjunto con la empresa DISA anexa e incluida dentro de la mencionada Plataforma Logística del Sur.
Asimismo, se obliga a la modificación del PGO de Granadilla en un plazo de seis meses en este ámbito y deja fuera cualquier determinación sobre las parcelas de las empresas energéticas “hasta que se apruebe el Plan Especial que mandata el Plan Territorial Parcial de la Plataforma Logística del Sur de Tenerife”.
Casi medio año en dique seco
El 8 de diciembre de 2008 los medios de comunicación de la provincia de Santa Cruz de Tenerife se hacían eco del precinto que el Ayuntamiento de Granadilla ponía a la obra de la Central Térmica por no contar con la licencia municipal.
La situación obedecía, sobre todo, y según el BOC de hoy --y cuyo dictamen entrará en vigor desde mañana-- a que, por un lado, en el Plan General de Ordenación de Granadilla el cual remite en dos fichas de áreas de suelo urbano (una, la de UNELCO, y otra, la de DISA), al desarrollo de las mismas a través de un Plan Especial.
Mientras que “por otro lado, el Plan Territorial Parcial de Ordenación de la Operación Singular Estructurante de la Plataforma Logística del Sur de Tenerife establece un desarrollo mediante un único Plan Especial que abarque dos parcelas, cuya finalidad es ordenar el conjunto del ámbito de suelo urbano no consolidado constituido por las parcelas de UNELCO-ENDESA, y de la compañía DISA. Por tanto, el Plan General de Ordenación entra en contradicción con el Plan Territorial Parcial, teniendo el primero que adaptarse a las determinaciones del segundo”, se concluye en el documento.