Me salto cualquier prolegómeno, y voy directamente a opinar sobre las consecuencias de este horrible fenómeno natural que nos está destrozando.
Como primera premisa, entiendo que todas las personas, afectadas o no, estamos colapsados mentalmente y podemos decir, pensar o manifestar ideas descabelladas, utópicas, fanáticas, etc., que se alejan de las correctas o mejores soluciones futuras, para nuestra Isla y muy especialmente, para los dañados, los que han perdido sus viviendas o fincas, amén de sus pertenencias, recuerdos, historia, animales de compañía, etc.
Voy a plasmar mis ideas referidas a la reconstrucción o recuperación de los hogares y barrios, en segundo lugar.
Oí, a una de las personas perjudicadas, profesional de la arquitectura, lanzar al aire, sus pensamientos al respecto. Hablaba de recuperar las viviendas y barrios en el mismo lugar donde estaban antes de ser arrasados por la lava de este volcán. Creo que se podría hacer, pero habrá de pasar muchos años para empezar dicha manipulación de las citadas coladas, por lo que esa idea, desde mi órbita personal, ha de desecharse. En cambio, en el apartado de la recuperación de los barrios, estoy totalmente de acuerdo. Tenemos, al día de hoy, incluso las herramientas legales para hacerlo. La vigente Ley Canaria del Suelo y Espacios Naturales, la 4/2017, de 13 de julio, establece en su artículo 168:
“Actuaciones excepcionales promovidas por el Gobierno autonómico”
1. Excepcionalmente, cuando concurran razones justificadas de interés público, social o económico relevante, el Gobierno de Canarias, de oficio, bien por iniciativa propia, bien por petición de otras administraciones o de particulares, podrá suspender motivadamente la vigencia de cualquier instrumento de ordenación para su modificación o adaptación, en todo o parte, tanto de su contenido como de su ámbito territorial.
2. El acuerdo de suspensión se adoptará a propuesta del titular de la consejería competente en materia de ordenación territorial y urbanística, previo cumplimiento de los trámites de información pública y de audiencia a las administraciones afectadas por plazo de veinte días desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.
3. El acuerdo de suspensión incluirá las normas sustantivas aplicables transitoriamente, debiéndose publicar en el Boletín Oficial de Canarias y en la sede electrónica de las administraciones cuyo planeamiento resulte afectado. La suspensión se anunciará también en, al menos, dos de los periódicos de mayor difusión de la isla.
4. Las normas sustantivas transitorias estarán excluidas de evaluación ambiental estratégica, sin perjuicio de la evaluación de impacto ambiental del proyecto técnico, si lo hubiere.
Es decir, que el Gobierno Canario puede impulsar dicha reconstrucción. Para ello debe ponerse de acuerdo, en este caso con los ayuntamientos afectados y pedirles:
-Suelo público, que pueda destinarse a dicha finalidad. Preferiblemente, anexo a calles o caminos, ya dotados de agua, luz y alcantarillado, pero no necesariamente.
-A falta de suelo público, suelo privado en los lugares indicados en el anterior apartado. Si este fuese el supuesto procedente, por falta de suelo público, negociar con los propietarios y, en muy último caso, ir a la expropiación forzosa, cuando no hubiese otra solución.
En ambos casos, en cantidad (volumen de metros cuadrados) suficiente para albergar un número de viviendas (unifamiliares a ser posible), una placita, una iglesia y otros equipamientos sociales necesarios para la configuración de un barrio o núcleo de población similar.
Y en este momento, pongo nombre y apellidos, Todoque y La Laguna. No me olvido de los diseminados de todos los caminos y parajes afectados: Tacande, El Paraíso, Campitos, Cumplido, Aniceto, etc., etc.
De esta forma, en un plazo medio-corto, se podrían reconstruir dichos barrios y diseminados, en unas condiciones, nunca iguales, pero sí dotadas de intimidad e idiosincrasia, para que los perjudicados vuelvan a esos lugares y casas percibiendo que regresan a su hogar perdido. Y evitando que se desperdiguen hacia otros municipios o islas. O el sentimiento de verse recluidos en Viviendas de Protección Oficial, como cualquier gueto de nuestra pasada historia.
Respecto a las viviendas a construir, su forma, superficies, etc., bien los ayuntamientos a través de sus Oficinas Técnicas, quizás a través de los Colegios de Arquitectos de Canarias, o empresas mixtas tipo Visocan, oídos los propios afectados, serían los encargados de configurar dicha tipificación.
Al Gobierno de España le correspondería cumplir las promesas que reiteradamente ha hecho en las múltiples visitas que ha realizado a la Isla. La exención de impuestos vinculados a dicha reconstrucción, sumada a las indemnizaciones prometidas, harían viable todo el proceso para que La Palma, y sobre todo el Valle de Aridane, renazca, nunca mejor dicho, de las cenizas y la lava.
Estas ideas hay que estudiarlas y plasmarlas en acuerdos, reglamentos, incluso alguna reforma legal, como por ejemplo la que afecta al justiprecio de las expropiaciones forzosas, a los efectos de la valoración de las viviendas y fincas sepultadas o dañadas por el Volcán. Para que se paguen a un precio justo que permita a quienes han perdido su patrimonio obtener una compensación económica para poder rehacer su vida.
Mientras tanto, y hasta que el volcán termine, que siga la solidaridad y que se aparte la burocracia de nuestra vida, por favor. Sigamos poniéndonos en la piel de los afectados.
Fuerza La Palma.
Juan Carlos Rodríguez Brito