El Defensor del Pueblo considera que las condiciones del nuevo centro de atención temporal de extranjeros (CATE) de Barranco Seco, en Las Palmas de Gran Canaria, no son adecuadas y advierte de que los inmigrantes son retenidos en él por un tiempo que excede “con creces” el máximo de 72 horas establecido.
Francisco Fernández Marugán hace estas consideraciones en una primera respuesta a la queja interpuesta en nombre del Secretariado de Migraciones de la Diócesis de Canaria por el abogado Daniel Arencibia, que se centraba precisamente en esos dos aspectos.
La queja del abogado refería que los tiempos de detención en Barranco Seco son superiores a tres días y que las condiciones del centro, a su juicio, pueden incurrir en “trato degradante”, entre las que citaba la falta de duchas, escasa ropa de abrigo, suelo embarrado, comida fría de forma constante y alojamiento en “carpas precarias”.
El Defensor del Pueblo intentó visitar personalmente en noviembre el campamento del muelle de Arguineguín, pero se vio obligado a suspender su viaje a Canarias para guardar cuarentena tras dar positivo en COVID-19 uno de sus colaboradores. El CATE de Barranco Seco sí lo conoce de forma directa, lo recorrió el 17 de diciembre.
El campamento de Arguineguín, que fue bautizado como el “muelle de la vergüenza”, ya no existe. El Ministerio del Interior lo cerró el 30 de noviembre tras recibir un requerimiento del propio Fernández Marugán, en el que se alertaba de una serie de vulneraciones de los derechos de los inmigrantes en ese campamento provisional que, a juicio de las ONG, se repiten ahora en Barranco Seco.
En su contestación al letrado de la Diócesis, el Defensor no expresa una opinión taxativa sobre el CATE, porque ha pedido más información a la Delegación del Gobierno en Canarias, si bien hace constar que no está conforme ni con lo que vio ni con lo que relatan las quejas.
Dice, por ejemplo, que la información que le dieron en su momento de que el alojamiento en tiendas de campaña se sustituiría de forma paulatina por “instalaciones más sólidas” no se ha cumplido, lo que ha agravado las consecuencias de la llegada del mal tiempo, subraya.
“Las inclemencias climatológicas y el alto número de llegadas han provocado un deterioro notable de las condiciones de vida que han de soportar las personas tras una dura travesía, en un contexto de emergencia sanitaria como el actual. La inadecuación de las instalaciones la han de padecer también los funcionarios de Policía que se encargan de la custodia de estas personas”, expone.
Pero, además, incide en que, como pasaba en Arguineguín, de nuevo en Barranco Seco se detiene a los inmigrantes durante más tiempo que las 72 horas que la ley fija como límite antes de que se les ponga en libertad, ya que no han cometido delito alguno, o se les entregue a un juez para que ordene su ingreso en un CIE y su deportación inmediata (proceso que debe completarse en no más de 60 días).
“Tal y como esta institución tuvo ocasión de comprobar en el muelle de Arguineguín, se vuelve a superar con creces el periodo de 72 horas legalmente previsto para mantener a estas personas bajo custodia policial”, resalta el Defensor del Pueblo.
La queja a la que responde exponía un caso concreto, un hombre de origen magrebí al que ayudó el abogado del Secretariado Pastoral de Migraciones a petición de su familia, porque ya llevaba diez días recluido en el CATE de Barranco Seco, cuando había dado negativo en las pruebas PCR, tenía documentos y prefería pagarse una pensión.
Fernández Marugán entiende que esos excesos en el tiempo de detención en Barranco Seco pueden tener que ver con los protocolos de prevención de la propagación de la covid-19, que obligan a guardar cuarentena de diez días también a los inmigrantes que han tenido contacto estrecho con un compañero que ha dado positivo.
En esos casos, señala, hay competencias compartidas entre el Estado (inmigración) y el Gobierno canario (sanidad), pero se ha comprobado que no son suficientes las plazas creadas para que los inmigrantes que debe someterse aislamiento lo hagan fuera del CATE.
“A la vista de las quejas recibidas, no parece que los centros de gestión compartida habilitados en Canarias sean suficientes para dar respuesta al número de personas que, tras las 72 horas de detención, deberían pasar de inmediato a los citados recursos en los casos de positivo o contactos estrechos”, advierte el Defensor del Pueblo.
Así mismo, llama la atención porque en “aquellos otros casos en los que no hay impedimentos sanitarios para su traslado, se detectan también significativas carencias en la derivación a recursos de acogida humanitaria o, en su caso, en la puesta a disposición judicial para autorizar su internamiento en el CIE”.