MADRID, 4 (EUROPA PRESS)
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha concedido al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón una prórroga para poder presentar un escrito en contra de su eventual suspensión cautelar mientras se sustancian las tres querellas criminales admitidas contra él en el Tribunal Supremo.
Fuentes del Consejo señalaron que el plazo para la presentación de este escrito de alegaciones concluía este jueves, aunque a petición del juez se prorrogará hasta el próximo jueves. Se trata de la primera ocasión en la que el órgano de gobierno de los jueces permite este trámite, previsto sólo para el fiscal, aunque también es el primer magistrado que lo solicita.
El pasado viernes presentó su escrito el teniente fiscal del Supremo, Juan José Martín- Casallo, defendiendo que “no procede la medida de suspensión provisional de funciones” de Garzón en relación con los dos primeros procedimientos penales admitidos a trámite contra él en el Tribunal Supremo (por investigar las desapariciones del franquismo por su gestión de unos cursos en Nueva York).
Entiende, entre otras razones, que la continuidad de Garzón en el Juzgado Central de Instrucción número 5 no produce daño a la Justicia ni quiebra la confianza ciudadana.
Sobre la tercera querella, por acordar las escuchas a los principales imputados del “caso Gürtel” y a sus abogados en prisión, el CGPJ no tiene que pronunciarse porque de momento no le ha llegado la documentación del Tribunal Supremo relativa a esta causa.
DECLARACIONES DE BRAVO
La portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo, se refiririó a este asunto tras inaugurar las jornadas “Justicia y Comunicación” que se celebran este jueves y viernes en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Defendió que el Consejo iniciara los trámites de suspensión del juez en base al artículo 383 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
“Estoy convencida de que la resolución que se adopte, será meditada, y se tendrá en cuenta y se valorarán todos los elementos y se adoptará en el momento oportuno -dijo-, No podemos hacer valoraciones ni prejuzgar, tiene que ser el pleno el que tiene que decidir”.
Preguntada si se puede prescindir de un juez como Garzón, Bravo respondió que la cuestión no es si el Consejo se pueda permitir o no prescindir de un magistrado. “Por supuesto que todos los magistrados de este país son esenciales para contribuir a la tutela de los derechos y libertades, pero el ciudadano tiene que entender que, como a cualquier ciudadano español, se les puede exigir responsabilidades en el ejercicio de sus funciones en el marco de un proceso con todas las garantías, aunque sea un proceso sancionador”.