Para los 22 procesados, el fiscal de la Audiencia Nacional Juan Moral pide 10 años de cárcel por integración en organización terrorista y para cuatro de ellos -Joseba Mikel Garmendia, Loren Arkotxa, Xabier Alegría y Xabier Iragorri- pide también penas de cinco años de prisión por el delito de malversación de caudales públicos. El fiscal Juan Moral hace esta petición en su escrito de calificación que este miércoles remitió a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que ahora debe señalar la fecha del juicio de esta causa, entre cuyos principales acusados destaca Xabier Alegría, juzgado en el macrojuicio de ETA (el sumario 18/98) por integración en organización terrorista y pendiente de conocer la sentencia.
Además de las penas de prisión, Moral solicita que se decrete la clausura definitiva de las entidades Udalbiltza-Kursaal, Udalbiltza Partzuergoa y Euskal Garapen Eta Cohesio Fondoa, “sus locales y establecimientos, la disolución de las mismas, y la prohibición de realizar actividades, operaciones mercantiles o negocios de la clase que fueren”. Estas sociedades fueron creadas para gestionar los fondos que se desviaban desde los 62 ayuntamientos que, al menos en 2002, pertenecían a Udalbiltza (que aportaban, bien el 1% de sus presupuestos anuales o bien el 1,4% de sus ingresos ordinarios) y para la captación de subvenciones públicas.
El fiscal hace referencia en su escrito de 37 folios a todos los indicios sobre el funcionamiento “alegal” de Udalbiltza-Kursaal recabados por el juez Baltasar Garzón en la causa que abrió en 2003. Así, relata como se creó Udalbiltza, el 24 de febrero de 2001, cuando se celebró en el Kursaal de San Sebastián la primera Asamblea de esta plataforma que, “en forma alegal, actuará bajo la única dirección de ETA-EKIN”.
En esa misma Asamblea, se aprueba el primer presupuesto correspondiente a 2001 que asciende a 991.670 euros para sufragar nueve comisiones de trabajo, y se decide también dar cauce a la plataforma Bai Euskal Herria (Sí a Euskal Herria) para que dinamice la Declaración de nacionalidad de Euskal Herria, consistente en la elaboración de un documentación de identidad vasco (EHNA).
Al amparo del pacto de Estella
El fiscal recuerda que esta plataforma surgió durante la tregua decretada por ETA entre septiembre de 1998 y noviembre de 1999, como fruto de los contactos entre miembros del PNV-EA y responsables de la banda terrorista, que dieron lugar a una serie de acuerdos, como el llamado pacto de Estella, bajo el que se amparó la constitución de la citada entidad. Sin embargo, la discrepancia de los representantes del PNV y EA sobre cuál era el modelo a seguir con Udalbiltza y, “en especial el carácter alternativo” que ETA había diseñado para Udalbiltza, “hace que la organización terrorista dé por finalizada la 'tregua' en noviembre de 1999”.
Tras esa ruptura, ETA-EKIN y la Izquierda Abertzale reactivan su proyecto de Udalbiltza, con el que pretenden no “sólo burlar las resoluciones judiciales” que desbarataron el entramado político, social y financiero de ETA (con las actuaciones contra EGIN, XAKI, EKIN, Gestoras Pro Amnistía-Askatasuna, Jarrai-Haika-Segi y Batasuna) sino “presentar candidaturas electorales locales” que aseguren “el control de ETA-EKIN” y que “constituyan el embrión del futuro partido” que sustituiría a Batasuna. El pilar de este proyecto son los ayuntamientos, cuya legalidad se aprovechará “para generar espacios de alegalidad como Udalbiltza que se financien, al menos en parte, con fondos públicos desviados por los propios responsables de las corporaciones que, a su vez, lo son de la estructura alegal ETA-EKIN”.
Todo ello, “con el fin de dotar a Udalbiltza-Kursaal de cierta capacidad jurídica que le permita su actuación en el tráfico jurídico-mercantil y así poder dar de alta a trabajadores en la Seguridad Social, contratar líneas telefónicas, abrir cuentas bancarias, alquilar o adquirir locales” y para ello constituyen las asociaciones cuya clausura definitiva pide ahora el fiscal.
Garzón pide a un juzgado de San Sebastián que se inhiba sobre Olano
Por otro lado, el juez Baltasar Garzón ha pedido al Juzgado número cuatro de San Sebastián que se inhiba en favor de la Audiencia Nacional para proseguir con la investigación del dirigente de Askatasuna Juan María Olano por el delito de provocación al terrorismo callejero durante la manifestación ilegal del domingo en apoyo de los presos de ETA.
Fuentes jurídicas señalaron que el titular del Juzgado Central de Instrucción número cinco de la Audiencia Nacional ha solicitado la inhibición a ese juzgado, en el que Olano, junto a otros ocho detenidos en la manifestación, fue acusado de desórdenes públicos. Por estas imputaciones todos fueron puestos en libertad con la obligación de comparecencias quincenales, pero Olano fue arrestado a continuación por orden de Garzón y ayer decretó su ingreso en prisión provisional y sin fianza por los delitos de integración en banda armada (por el que ya está procesado) e inducción al terrorismo callejero.
Las mismas fuentes explicaron que Olano incitó a participar en esta convocatoria ilegal unos días antes de que tuviera lugar y era consciente de que se podían producir altercados graves. La abogado del portavoz de Askatasuna, Jone Goirizelaia, planteó al juez una declinatoria de jurisdicción por dos motivos, uno de ellos porque el Juzgado de San Sebastián ya declaró su competencia en la causa que abrió a Olano por desórdenes públicos, el mismo delito que “aquí ha sido calificado como inducción al terrorismo callejero”, señaló.
La letrada tampoco considera competente a Garzón porque la causa Gestoras-Askatasuna en la que Olano está acusado de un delito de pertenencia a banda armada está ya en la Sala de lo Penal y a punto de celebrarse el juicio y, según dijo, es el “mismo delito” que se le imputó el martes. Olano, que fue conducido a última hora de la tarde a la prisión de Soto del Real, se encontraba en libertad bajo fianza por su pertenencia a Gestoras Pro Amnistía-Askatasuna, causa que será juzgada a partir de octubre y en la que se enfrenta a una solicitud del fiscal de diez años de cárcel.