PALMA DE MALLORCA, 17 (EUROPA PRESS)
El ex presidente del Gobierno balear Jaume Matas niega haber cometido delito alguno en la adjudicación del anteproyecto del Palacio de la Ópera de Palma al arquitecto Santiago Calatrava, por lo que ha tachado de “infundios” las acusaciones de la Fiscalía y de la letrada de la Comunidad Autónoma, que sostienen que cometió los delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación y fraude a la Administración, por los cuales han solicitado al juez que le exija una fianza de responsabilidad civil de 1,6 millones de euros.
En un escrito de alegaciones enviado a través de sus abogados al juez del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, Matas se opone a la petición de la Fiscalía y de la acusación particular, por estimarla “no ajustada a hechos ni a derecho”, dado que “se apoya en indicios incriminatorios, que no son tales, sino sólo sospechas o conjeturas que en modo alguno pueden legitimar un procedimiento penal” contra él.
Así, Matas recalca que la decisión de adjudicar el anteproyecto del Palacio de la Ópera a Calatrava fue “política plenamente legítima”, por lo que niega que fuese un “montaje”, tal como sostienen la Fiscalía y la acusación particular.
En esta línea, detalla que este proyecto se encuadraba en el compromiso electoral del PP, recogido en su programa de 2003, dirigido a lograr la “desestacionalización del actual modelo productivo de Palma y promocionar la ciudad como destino turístico ligado a grandes acontecimientos deportivos, culturales y de otras clases”.
“La decisión política de llevar adelante el proyecto quedó encauzada a través del entonces consejero de Educación y Cultura, Francesc Fiol, no porque Jaume Matas quisiera ocultar su iniciativa y participación en el tema, como se dice erróneamente por parte de la Fiscalía y la acusación particular, sino porque las actividades ejecutivas propias del Gobierno balear se desenvuelven a través de los distintos consejeros”, ha explicado.
Además, también defiende la decisión de seleccionar y contratar sin ningún concurso previo a Calatrava para este proyecto, dado que, a su juicio, era la persona “más cualificada del mundo técnica y artísticamente para que cogiera las riendas del asunto”.
En esta línea, niega cualquier “irregularidad” en esta contratación, que se hizo efectiva, según reconoce, en un hotel en Roma, donde en febrero de 2007, Matas se entrevistó con el arquitecto valenciano para exponerle su proyecto, de forma que Calatrava “coincidió en la inquietud, dio su placet a la idea, que hizo propia, y asumió el encargo de concebir y llevar a la práctica el proyecto”.
Matas recalca que todo ello tiene una “cobertura legal, como no podía ser menos, en el tenor de la Ley de Contratos de la Administración Pública, que en su artículo 210 b permite la adjudicación de un contrato de consultoría o de servicios, a través de un procedimiento negociado sin publicidad cuando por razones técnicas o artísticas, tan sólo pueda encomendarse el objeto del contrato a un único empresario”.
CONTRATACIÓN DE RAFA NADAL
Así, el ex presidente, a través de sus letrados, Rafael y Salvador Perera, remarca que si el Gobierno balear quiere tener “por legítima decisión política una obra de marca Calatrava, ¿con quién habrá de contratar si no es con el propio Calatrava?”. “¿Es que alguien piensa que si interesare la contratación de Rafa Nadal habría que montar un concurso mediante el que se posibilitare la concurrencia y licitación de otros deportistas?”, se pregunta.
Además, indica que tras la “decisión política”, se tramitó el consiguiente expediente administrativo para llevar a cabo la correspondiente adjudicación y firma del contrato el 24 y el 27 de abril de 2007, “con arreglo a la citada Ley de Contratos de la Administración Pública y sin que en tal proceder se esconda ninguna simulación ni montaje”.
Por tanto, a través de sus abogados, Matas manifiesta que “cuantas irregularidades administrativas pudieron observarse en el expediente serán simples irregularidades administrativas que, por tanto, por sí mismas carecen de toda trascendencia penal”.
Por otro lado, los letrados aseveran que tampoco se puede deducir ningún indicio de criminalidad en el hecho de que no se expresara en el acuerdo del Consell de Gobierno balear del 30 de marzo de 2007 el nombre de Santiago Calatrava. Así, defienden que la falta de tal mención es “plenamente legítima y legal e incluso conveniente al interés público, por cuanto no estaba firmado todavía el contrato correspondiente, por lo que la filtración pública del nombre del afamado arquitecto-ingeniero pudiera haber originado algunos problemas”.
“No constituye, tampoco, indicio de delito el que un Gobierno que tiene incluido en su programa electoral el compromiso de llevar a cabo cierta obra pública, en interés general, la publicite y la divulgue. Tal es el caso del programa electoral de 2007 que lideraba Matas”, indican sus abogados.
ES “FALSO” QUE HUBIESE INTERESES PARTIDISTAS
Además, resaltan que es “rotundamente falsa” la afirmación contenida en el escrito del fiscal y de la letrada del Gobierno balear en la que se dice que Matas promovió el proyecto y la intervención de Calatrava con la única y exclusiva finalidad de favorecer intereses propios como candidato a la Presidencia del Gobierno balear y los del partido político al que representaba, a modo de golpe de efecto durante la campaña electoral“.
En el escrito de alegaciones, Matas afirma que “no es de recibo” que la Fiscalía y la acusación particular califiquen de “irrealizable o de imposible” el proyecto del Palacio de la Ópera “sin prueba, ni justificación alguna, por quienes carecen de conocimientos suficientes al respecto, máxime cuando se pretende deducir de tal irrealizabilidad la existencia de indicios de criminalidad”.
Asimismo, añade que estos calificativos resultan “altamente ofensivos” para el prestigio profesional y la honorabilidad del arquitecto valenciano.
Finalmente, tacha de “esperpéntico” que en el escrito de acusación se afirme que el proyecto del Palacio de la Ópera carezca de interés público, cuando, en su opinión, “pocas actuaciones urbanísticas pueden concebirse en Palma que revistan mayor interés público que la remodelación de esos 150.000 metros cuadrados de suelo urbano, hoy portuarios”.
Por todas estas razones, la defensa de Matas pide al Juzgado que acuerde el sobreseimiento y el archivo parcial de las actuaciones en la presente pieza número 3 del caso Palma Arena, por “no apreciarse en la conducta de Matas indicio incriminatorio alguno”.
Además, pide que antes de que sea resuelta la petición del fiscal y de la letrada de la Comunidad Autónoma, se tome declaración a Matas, quien, finalmente, comparecerá el próximo martes ante el juez Castro. Por otra parte, los abogados han solicitado que se incorporen como pruebas dos maquetas que forman parte del anteproyecto presentado en su día por Calatrava al Gobierno balear.