MADRID, 2 (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de cuatro marineros del 'Alakrana' al entender que el secuestro del atunero vasco, retenido el 2 de octubre de 2009 frente a las costas de Somalia, no es un acto de terrorismo, según han explicado a Europa Press fuentes cercanas a la causa.
En un auto del que ha sido ponente el magistrado Alberto Jorge, el alto tribunal también rechaza los recursos interpuestos por los piratas somalíes Cabduwily, alias 'Abdu Willy', y Raageggesey Hassan Aji, a quienes la Audiencia Nacional condenó a penas que suman los 439 años de prisión a cada uno de ellos.
La Sala , presidida por Andrés Martínez Arrieta y completada por los magistrados Luciano Varela, Miguel Colmenero, Francisco Monterde y Alberto Jorge, celebró el pasado miércoles una vista a puerta cerrada para deliberar sobre los recursos de los somalíes y los tripulantes, quienes pedían ser considerados víctimas del terrorismo a tenor de las secuelas físicas y psicológicas sufridas durante los 47 días de secuestro.
El engrasador del buque Gaizka Iturbe, el jefe de máquinas Víctor Bilbao y los marineros Andoni Gotxi y Francisco Valadez solicitaron al Supremo que los asaltantes fueran condenados por delitos de terrorismo, integración en banda armada, lesiones y torturas.
La calificación de estos hechos como “actos de terrorismo perpetrados por banda armada” permitiría a los tripulantes ser considerados víctimas del terrorismo y así tener acceso a las ayudas e indemnizaciones que reconoce la Ley.
ORGANISMOS VINCULADOS AL GOBIERNO PAGARON EL RESCATE
La defensa de los marineros dio así por reproducida la petición que efectuó ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que finalmente condenó a los dos acusados a 396 años de cárcel por 36 delitos de detención ilegal (11 años por cada marinero retenido), a cinco por robo con violencia, a dos por la comisión de un delito de asociación ilícita y a uno más por 36 delitos contra la integridad moral.
Los magistrados impusieron a los dos piratas el pago de una indemnización de 100.000 euros a cada uno de los rehenes por los daños morales ocasionados y de otros 2.500 euros por el dinero y efectos de los que se apropiaron los somalíes. El tribunal reconoció el trato “hostil y despiadado” que sufrió la tripulación.
El pesquero, con 36 tripulantes a bordo, fue secuestrado el 2 de octubre de 2009 por un grupo de piratas somalíes en el Océano Índico. Dos días después, Cabdullahi Cabduwily, alias 'Abdu Willy', y Raageggesey Hassan Aji fueron detenidos por la fragata 'Canarias' y, finalmente, el 'Alakrana' fue liberado el 17 de noviembre de aquel año.
“El Alakrana navega libremente hacia aguas más seguras. Todos los miembros de la tripulación están sanos y salvos”, afirmó en su momento el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero.
La sentencia dictada el pasado mayo de la Audiencia Nacional aseguró además que “sin duda alguna” no fue “la empresa armadora sino organismos públicos vinculados al Gobierno español” quienes satisficieron “la cantidad que se abonó por la liberación de los tripulantes y el propio pesquero”.