Canarias rechaza los nuevos criterios de fertilidad

Efe

La Consejería de Sanidad del Gobierno canario ha informado en un comunicado de que su titular, Brígida Mendoza, ha planteado el rechazo de esta comunidad a la propuesta del Ministerio de restringir el acceso a los tratamientos de reproducción asistida en los hospitales públicos.

Para Mendoza, “únicamente se deben tomar en consideración criterios clínicos para indicar los tratamientos y técnicas de reproducción asistida, ya que debemos aceptar que los modelos sociales han ido evolucionando”.

La consejera canaria ha destacado que la realidad social ha cambiado y está integrada por diversos modelos de familia y que, por tanto, el acceso a los tratamientos sanitarios debe adaptarse a esta realidad.

En este sentido, la consejera de Sanidad de Andalucía, María Jesús Montero, ha asegurado este miércoles que su comunidad, el País Vasco, Canarias y Asturias mantendrán los mismos criterios para las mujeres a la hora de aplicar tratamientos de fertilidad en la sanidad pública.

Tras finalizar el Consejo Interterritorial de Salud y en declaraciones a los periodistas, la consejera, que ya había mostrado su rechazo a la modificación de criterios para acceder a tratamientos de fertilidad, ha agregado que el Ministerio no ha aceptado la propuesta de estas comunidades de incorporar “la realidad social” de algunas mujeres, en referencia a las lesbianas y las mujeres sin pareja, a las técnicas de reproducción asistida.

Ha dicho que el argumento incorporado por el Ministerio es que el sistema sanitario “solo tiene que ser” para recuperar la salud de las personas.

La consejera ha recordado que actualmente se financian por el sistema de salud la anticoncepción, la implantación de dispositivos intrauterinos, la vasectomía o las interrupciones voluntarias del embarazo.

A su juicio, “la intervención de algún que otro consejero hace pensar” que estas técnicas, “en el futuro, podrían ser retiradas de la cartera de servicios”.

En su opinión, en los tratamientos de fertilidad, si el criterio es restrictivo y se necesita “un previo diagnóstico de enfermedad” para poder atender, se irá hacia una realidad, en la que las personas que quieran someterse a una u otra técnica que tengan dinero se la pondrán financiar, “con cargo al sector privado”.

Por el contrario, ha advertido, las personas que no dispongan de esa financiación no podrán optar a ese tipo de tratamientos y de atención por parte de los servicios públicos.

Montero ha negado que no se hayan producido modificaciones en la cartera de servicios, ya que hasta ahora una mujer soltera podría estar dentro de los criterios de esterilidad primarios, pero al plantearse “que conlleva coito vaginal”, quedan excluidas las mujeres solteras y las lesbianas.

Por todo ello, ha mostrado “el rechazo frontal” de Andalucía, territorio que mantendrá los criterios actuales para aplicar las técnicas de reproducción y no habrá otro para negarse que la contraindicación clínica de algún facultativo.

La consejera ha precisado que aún no cuentan con “la redacción última” de las modificaciones, aunque sí saben que se ha cambiado el concepto de pareja de hombre y mujer, “parece que por el concepto de mujer con diagnóstico de infertilidad, lo que excluye a personas cuyo problema no es orgánico de infertilidad, sino que no tienen una pareja masculina”.

“Estas personas quedan excluidas”, ha insistido la consejera, para quien “la intervención de algún consejero” hace prever que en el futuro se podrían retirar técnicas que no están directamente ligadas con un problema de enfermedad.

Tras la reunión y en declaraciones a los periodistas, el consejero de Sanidad de Asturias, Faustino Blanco, ha explicado que el Consejo “ha fijado una posición en torno a la cual hay posturas discrepantes, entre ellas la de Asturias”.

Blanco ha asegurado que la modificación de los criterios para acceder a los tratamientos de fertilidad aumentarán la litigiosidad “de forma muy llamativa” y que la nueva redacción de la ley restringe derechos a muchos colectivos.

“Nosotros creemos que las parejas legalmente constituidas y las personas solas tienen derecho a beneficiarse de la reproducción humana asistida, y por lo tanto son colectivos a considerar plenamente”.