La reserva mínima para cubrir un empleo público por personas discapacitadas pasa del 5% actual al 7%
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 23 (EUROPA PRESS)
El Consejo de Gobierno ha acordado, en su reunión de hoy, solicitar dictamen al Consejo Consultivo de Canarias sobre el Proyecto de Decreto por el que se regula el Acceso de las Personas con Discapacidad al Empleo Público, a la Provisión de Puestos de Trabajo y a la Formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
El citado Proyecto, en cuya elaboración se han recogido aportaciones presentadas por la ONCE y SERMI (Empresa de Servicios Generales de Minusválidos), tiene como objetivo principal promover las medidas necesarias para que las personas con discapacidad puedan acceder al empleo, a los puestos de trabajo y a la formación, en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes o empleados públicos.
Entre las novedades más significativas de este Proyecto, presentado por las Consejerías de Presidencia, Justicia y Seguridad y de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, hay que destacar el aumento porcentual de la reserva mínima para cubrir un empleo público por personas discapacitadas, que pasa del 5 por ciento actual al 7 por ciento en relación al número total de plazas anuales ofertadas. De éste último porcentaje, se reserva un mínimo del 5 por ciento para cubrir por personas con discapacidad física, sensorial o psíquica que no tenga su origen en un retraso mental leve, moderado o límite, y una reserva máxima del 2 por ciento para cubrir por personas con discapacidad intelectual leve, moderada o límite.
El Proyecto de Decreto establece, además, que el acceso a estos puestos por parte de personas con discapacidad se somete a los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad, igualdad de oportunidades, no discriminación, accesibilidad universal y compensación de las desventajas, al tiempo que advierte que las especiales condiciones de accesibilidad no podrán modificar los requisitos de titulación exigidos por la Ley.
El texto apuesta también por promover la participación de personas con discapacidad como miembros de Los Tribunales y Órganos de selección de convocatorias con turno para personas con discapacidad y, en el caso de empleo temporal, todos los aspirantes (también los discapacitados), con independencia del turno por el que hayan participado, serán integrados en una única lista de reserva para el nombramiento de funcionarios interinos y personal laboral temporal. En caso de empate, se dará preferencia al aspirante discapacitado.