El Ayuntamiento de Mogán aprueba un reconocimiento extrajudicial de créditos en el que incluye 25.000 euros al despacho Jiménez Cisneros Abogados, S.L., después de que el interventor obligara al gobierno de Ciuca y PSOE a modificar el contrato con el mismo despacho al incumplir la normativa.
Fue en 2016 cuando se dictó un decreto de rectificación del pago de 18.000 euros al citado despacho al incumplir la ley. Aún a sabiendas del reparo del interventor, el concejal Mencey Navarro (Ciuca) propuso contratar únicamente al letrado titular del despacho, es decir, a Jiménez de Cisneros, por un importe de 5.000 euros.
“Ahora traen dos facturas por importe de 25.000 euros del mismo despacho colándola en el expediente” ha afirmado la portavoz de Nueva Canarias (NC) en Mogán Isabel Santiago durante el pleno celebrado este lunes en el que también se ha efectuado el pago del agua de consumo, la luz o las gruÌas. Según el Ayuntamiento, tener que usar el reconocimiento extrajudicial de créditos para seguir prestando servicios básicos obedece a “la necesidad de evitar la paralización y el enriquecimiento injusto de la administración”, dado que las facturas “no se ajustan a la actual normativa”.
Así, han incluido el pago al mismo despacho de abogados que, según NC, ha asesorado al Ayuntamiento de Mogán ante Costas sobre la Playa de Tauro a pesar de que también trabajó para Anfi sobre el mismo conflicto. La alcaldesa del municipio, Onalia Bueno, ha reiterado la importancia de contar con este despacho de abogados para defender los intereses del Consistorio y solucionar determinados pleitos. Esto lo corroboran la totalidad de los pagos que ha realizado, tanto al despacho como al propio Jiménez de Cisneros, que superan los 60.000 euros desde 2016 según Nueva Canarias.
Isabel Santiago considera que durante el pleno se ha utilizado como excusa la nueva ley de contratos para “colar” otras facturas que “nada tienen que ver con la nueva realidad que implanta dicho cuerpo normativo”, por ello presentó una enmienda a la propuesta basándose en los informes de la Audiencia de Cuentas, que establece que “a resolución administrativa de reconocimiento extrajudicial de créditos debía sujetarse a la exigencia de responsabilidades”, aunque fue rechazada.